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No consagra el veto
El Ministro de Cultura, Luis Peirano Falconí, anunció que se promulgará el Reglamento de la Ley N° 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u originarios reconocidos en el Convenio Nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), tras haber sido aprobado en Consejo de Ministros.
Informó que la norma –en cuya redacción se recogieron los aportes de diversas organizaciones nativas- precisa que la consulta no es general sino específica y dirigida a la comunidad directamente involucrada en los proyectos de desarrollo.
El Ministro de Cultura, Luis Peirano Falconí, anunció que se promulgará el Reglamento de la Ley N° 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u originarios reconocidos en el Convenio Nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), tras haber sido aprobado en Consejo de Ministros.
Informó que la norma –en cuya redacción se recogieron los aportes de diversas organizaciones nativas- precisa que la consulta no es general sino específica y dirigida a la comunidad directamente involucrada en los proyectos de desarrollo.
“Tal como establece la ley, la consulta previa es vinculante en el sentido que debe hacerse; el resultado de la consulta no es necesariamente vinculante”, precisó Peirano Falconí, al término de la sesión del Consejo de Ministros en Palacio de Gobierno.
La Ley de Consulta Previa establece las consultas previas a las comunidades nativas antes de realizar actividades extractivas o adoptar medidas administrativas en sus territorios. Además otorga el derecho de opinar sobre las medidas legislativas o administrativas que afecten a sus derechos, y también prevé que se les consulte sobre los planes, programas y proyectos de desarrollo nacional que los involucren.