LA OSCURA AGENDA DIGITAL DEL PERÚ: TRANSGREDIENDO EL PRINCIPIO DE PUBLICIDAD

LA OSCURA AGENDA DIGITAL DEL PERÚ: TRANSGREDIENDO EL PRINCIPIO DE PUBLICIDAD

No me equivoco si refiero que la digitalización es condición necesaria para el desarrollo del país, aun cuando los funcionarios a cargo en el Estado no parecen entenderlo así, consideran que adquiriendo hardware y software o ejecutando programas de 0 papel, se cumplió suficientemente y esto, si es que se ejecuta con eficiencia. Nada más equívoco, por cuanto, el proceso de transformación digital tiene como meta no sólo un gobierno digital sino un Estado Digital o más aún un país digital, lo que se promueve o alcanza, principalmente “tecnologizando” la gestión pública, tan venida a menos, como lo demuestra el reciente fracaso ante sus fines de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, la ejecución de proyectos de obras e infraestructura de los Ministerios tales como MTC, VIVIENDA, MINEDU, MINSA, entre otros.

En el entendido que éste es un problema de gobernanza, propuesto así por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), el 22 de marzo de 2018 se crea la Plataforma Digital Única del Estado Peruano y disposiciones adicionales para el desarrollo del Gobierno Digital, creando el rol de Líder Digital[1] para las entidades de la administración pública a nivel de Alta Dirección y que tiene como objetivos la transformación y el gobierno digital. Institucionalizando más ello, el 8 de mayo de 2018 se crea el Comité de Gobierno Digital[2] en cada entidad pública con el objeto de hacer más eficaz la gobernanza digital al comprometer al titular de la entidad pública, al líder digital y a otros órganos de apoyo para asegurar su gestión, dado que debe gestionar la asignación de personal y recursos para la implementación del Plan de Gobierno Digital (PGD) en sus Planes Operativos Institucionales (POI), de contrataciones (PAC) entre otros (PESEM, PEI).

En esa dirección, el 13 de diciembre del 2018 aprueban los Lineamientos para la formulación del Plan de Gobierno Digital, que es el único instrumento para la gestión y planificación del Gobierno Digital de las entidades públicas y para un periodo mínimo de 3 años sujeto a revisión anual[3]. En dichos lineamientos publicados como Anexo I, en la parte dedicada a las “Etapas para la formulación del PGD”, en su numeral 1. Identificar el enfoque estratégico de la entidad, establece entre otras a la AGENDA DIGITAL PERUANA, como una de las 6 políticas del entorno que tienen influencia directa en el despliegue del Gobierno Digital.

Según la UNESCO, que la define para el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación de Paraguay:

“La Agenda Digital es la hoja de ruta que nos permitirá dar grandes saltos con el aprovechamiento de tecnologías de información y comunicación (TIC) en la relación del Estado con la ciudadanía y las empresas, la Economía Digital, y el avance de la conectividad del país.

La Agenda Digital es, por tanto, el Plan de Acción de la Estrategia de Transformación Digital.” (Subrayado y negritas nuestro)

En el Perú la Agenda Digital es un instrumento de política que se originó con el objeto de desarrollar la Sociedad de la Información[4], formulándose así la primera agenda digital con un horizonte de 5 años para alcanzar 5 objetivos estratégicos en infraestructura de telecomunicaciones, desarrollo de competencias, inclusión social, competitividad, y administración pública; luego vino la Agenda Digital 2.0[5] cuyo seguimiento fue encomendado a la Comisión Multisectorial CODESI, hasta que a partir del año 2019, la Secretaria de Gobierno Digital (SEGDI) hoy Secretaría de Gobierno y Transformación Digital (SGTD), empezó a promover, lo que ellos denominan, una agenda viva, que primero denominaron Agenda Digital 2021 y que también vinieron en denominar como la Agenda Digital del Bicentenario. Lo que supondría la subsistencia de agendas digitales paralelas.

Resumidamente podemos señalar que la Agenda Digital 2.0 en articulación con el Plan Nacional de Competitividad, Plan Bicentenario: Perú al 2021 y Plan Nacional de Ciencia y Tecnología para el 2006 – 2021, contenía 8 objetivos dirigidos a desarrollar la Sociedad de la Información referidos a inclusión digital, competencias digitales, desarrollo humano, i+d+I, competitividad, industria TIC, administración pública y políticas públicas. Y casualmente, es esta agenda digital la que en su objetivo de inclusión social consideró contar con una Red Dorsal de Fibra Óptica; la famosa menoscabada y conocida hoy con el acrónimo de RDNFO (RED DORSAL NACIONAL DE FIBRA ÓPTICA).

Pero hagamos un alto aquí, a enero del 2020 la SEGDI anunciaba una agenda digital vigente y paralela a la Agenda Digital Peruana 2.0 de la CODESI, también vigente y que habría sido desarrollada durante el año 2019; gran confusión para la formulación del PGD de las entidades públicas, a efectos de que agenda priorizar o con cuál trabajar los PGDs, máxime si dicha propuesta de la SEGDI no constaba documentalmente, no conocemos a la fecha con qué acto fue aprobada y cuál era su contenido como el respaldo oficial que otorga el acto administrativo o la resolución administrativa de su aprobación respectiva. Y esta incertidumbre y paralelismo se mantendría desde el año 2019 hasta el 19 de febrero del 2021, durante algo más de dos años, y no tenemos como precisar porque no contamos con fecha cierta de aprobación y publicación, no basta decir que es un documento “vivo”, porque los vivos tienen fecha de nacimiento.

Empero, el 27 de febrero del año 2020, la SEGDI en el diario Gestión describía como un documento acabado en menos de 2 meses, la Agenda Digital 2021 (se refería a la que denominó inicialmente como Agenda Digital al Bicentenario) que cuenta con 5 aspiraciones cada una de las cuales se distribuye en 21 compromisos, a saber:

Perú íntegro

  • Desplegar la Plataforma Digital de la Declaración Jurada de Intereses.
  • Impulsar la Estrategia Digital para Compras Públicas.
  • Sustentar el Proyecto de Inversión Pública para la creación del Centro Nacional de Datos.
  • Implementar la Plataforma Digital de Única de Denuncias del Ciudadano a nivel nacional.
  • Implementar la Plataforma Digital Única de Transparencia y Acceso a la información pública.

Perú competitivo

  • Implementar la Plataforma Nacional de Gobierno Digital.
  • Impulsar la identidad digital para los ciudadanos.
  • Impulsar la transformación de determinadas entidades públicas estratégicas.
  • Impulsar el Plan Nacional de Conectividad con prioridad en las zonas mayor necesidad económica.

Perú cercano

  • Digitalizar los 100 servicios públicos que concentran el 80% de la demanda de ciudadanos.
  • Impulsar la Estrategia Digital en salud.
  • Desplegar la Plataforma Digital Georeferencial.
  • Impulsar el uso y aprovechamiento de las plataformas digitales para incorporar a los ciudadanos.

Perú confiable

  • Priorizar el ordenamiento y el cumplimiento del marco regulatorio en Materia Digital.
  • Implementar el Centro Nacional de Seguridad Digital y la Plataforma Nacional de Gobierno de Datos.
  • Impulsar la Estrategia Digital del Sistema de Justicia con prioridad en prevención de la violencia contra la mujer y los niños.
  • Diseñar la Política y Estrategia Nacional en transformación digital.

Perú innovador

  • Desplegar el Programa de Voluntariado Digital.
  • Impulsar la implementación de la Hoja de Ruta para la Economía Digital.
  • Impulsar el Laboratorio de Gobierno y Transformación Digital con prioridad en competencias digitales para los servidores públicos.

Definida, así las cosas, conocedores de la historia de las Agendas Digitales, la última agenda revisada casualmente fue la Agenda Digital Peruana 2.0, la misma que fuera derogada[6] recientemente, por lo que no rige desde el 20 de febrero del 2021, lo que implica que hasta esa fecha los PGDs de las entidades públicas tenían un documento oficialmente conocido que le aportaba al análisis y formulación de dicho plan, debiendo tener que recurrir a otra conforme a los lineamientos de los PGD, máxime si la SEGDI había anunciado públicamente en diciembre de 2019, el diseño de la Agenda Digital al Bicentenario para recibir aportes de los actores de la sociedad digital.

Hecha la reflexión, tenemos que el 28 de julio del 2021 la Secretaria de Gobierno y Transformación Digital – SGTD antes SEGDI emite un Reporte de Cumplimiento de la Agenda Digital al Bicentenario, la misma que al día siguiente anunciaba a través de Agencia Andina y en otros medios de comunicación, que luego de un año y cinco meses durante el primer año duro de pandemia COVID-19 en la que el Estado redujo la atención de todos sus servicios, esa agenda, también denominada Agenda Digital Peruana 2021 al Bicentenario, ya se encontraba al 95% de su cumplimiento; irremediablemente nos preguntamos ¿cómo eran esas metas y sus indicadores? ¿Faltando sólo 5% para terminar de cumplir era una agenda que había sido formulada para un horizonte de año y medio? La anterior duró 10 años y la primera 5. ¿Es entonces un instrumento de política pública? o un mero catálogo de las actividades realizadas en materia de Hardware, Software (Sistemas informáticos o digitales) o Programa de 0 papel, tal como describimos al inicio del presente artículo.

Para hacerlo más complejo aún, el 28 de abril del 2022, el mismo Presidente del Consejo de Ministros en conjunción con el Viceministro de Comunicaciones del MTC, suscriben por el gobierno peruano la DECLARACIÓN DE LAS AUTORIDADES DE TELECOMUNICACIONES, TIC, GOBIERNO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL SOBRE LOS TRABAJOS PARA LA AGENDA DIGITAL ANDINA, en el marco de la XXIX Reunión Ordinaria del Comité Andino de Autoridades de Telecomunicaciones (CAATEL), celebrada en el Distrito Metropolitano de Quito – Ecuador: documento por el que aprueban la Agenda Digital Andina con el compromiso de los países miembros de implementarla. Con ello lo que tenemos es un acuerdo internacional que debe en teoría orientar las Agendas Digitales nacionales, por lo que se vuelve en un referente de política pública para la formulación de los PGDs, ante la ausencia de una agenda nacional oficialmente aprobada.

Así las cosas, el 04 de junio del 2022 se publica en el diario oficial El Peruano, la declaración de la Secretaria de la SGTD ante el Foro de la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información (CMSI) 2022, coorganizado por la Unión Internacional de Telecomunicaciones – UIT, Unesco, PNUD y UNCTAD, que se llevó a cabo del 15 de marzo al 3 de junio en formato híbrido en la sede de la UIT, Ginebra – Suiza, con el tema ‘Las TIC para el bienestar, la inclusión y la resiliencia: la cooperación de la CMSI para acelerar el progreso de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS); sobre el propósito de la agenda digital peruana:

“Desde la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital del Perú venimos trabajando con el propósito de garantizar un acceso inclusivo, seguro y de calidad al entorno digital en todas las regiones del país, tal como lo establece el eje 8 de Política General de Gobierno.  Por eso hoy, el Perú se convierte en el primer país de Latinoamérica en ser incluido en la iniciativa GovStack de la ITU para acelerar el proceso nacional de transformación digital en favor de la ciudadanía”

Seguidamente el 18 de noviembre del 2022, los Delegados de los países presentes en la Octava Conferencia Ministerial sobre la Sociedad de la Información de América Latina y el Caribe aprobaron en Montevideo, Uruguay, la Agenda Digital para América Latina y el Caribe (eLAC2024) que establece un conjunto de prioridades de política y acciones a nivel regional para los próximos dos años. La Conferencia fue organizada por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) como Secretaría Técnica, en conjunto con el Gobierno de la República Oriental del Uruguay a través de su Agencia de Gobierno Electrónico y Sociedad de la Información (Agesic).

Dicho esto, parecería no caber duda de la formalización del documento de la Agenda Digital al Bicentenario o la Agenda Digital 2021 o la Agenda Digital Peruana 2021 al Bicentenario o Agenda Digital al Bicentenario[7], para revisar su contenido con supuestamente más de 3 años de existencia, por lo que nos echamos a buscar la tan mentada Agenda Digital en la página web de la SGTD de la PCM, con todos estos nombres y sus variaciones, dado que como se sabe al buscar documentos estos precisan una única denominación, pero no lo encontramos hasta la fecha de publicación de éste artículo.

Nuestra presunción de buscarla y encontrarla es legítima, garantizada en el artículo 3° numeral 1 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806[8], Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública[9]; pues la ley es clara, en temas de transparencia y acceso a la información pública, prima el Principio de Publicidad de las actividades y disposiciones de las entidades públicas, ergo, como es posible que durante más de 3 años se publicite y hasta evalúe el cumplimiento de un documento que no tiene aprobación oficial pero cuyo contenido de ser como tal, se pretenda aceptar como oficial para las entidades estatales en los medios digitales del Estado. Máxime, si el 24 de marzo del 2023 la Presidenta de la República Dina Boluarte en el marco de la recepción de la Presidencia de la Red Interamericana de Gobierno y Trasformación Digital anuncia acelerar la implementación de un Estado Digital; que la SGTD postea y anuncia a través de la red Linkedln #agendadigital2030. ¿Será una nueva agenda digital viva aún no oficializada?

En conclusión, el Perú no cuenta con una Agenda Digital desde el 20 de febrero del 2021, si bien la SGTD señala que dicho documento está “vivo” y comprende 5 aspiraciones, éstas por mucho constituyen un documento de trabajo de la SGTD. Por consiguiente, las entidades públicas no cuentan con la política orientadora de la Agenda Digital desde hace más de 2 años y 2 meses, como se lo requiere la misma SGTD vía los lineamientos para formular el PGD; pero aún más en total son más de 4 años (2019 – 2023) desde el Presidente Martín Vizcarra, que las entidades públicas no tienen clara la agenda digital del Perú que les debió servir para la formulación de sus PGD´s, por lo que es poco plausible creer en el 89% de avance de los PGD´s del Estado Peruano, según el reporte estadístico del gobierno. Así por ejemplo, al consultar a los funcionarios del Ministerio de Transportes y Comunicaciones sobre los objetivos de la agenda digital, señalan desconocer documento oficial alguno que se haya sometido a su consideración como instrumento de política para la formulación de su PGD; a pesar que son el Viceministerio de Comunicaciones y Programa Nacional de Telecomunicaciones los que regulan y gestionan los más de 13 640 kilómetros de fibra óptica nacional tendida en todo el territorio nacional a un costo de US$. 333 000 000,00, que debería servir de sustento para la RED NACIONAL DEL ESTADO – REDNACE (la intranet del Estado), que es la carretera y banda ancha que permite la digitalización del Estado, el mismo que promueve desde el año 2005[10], cuya RDNFO fue concebida como política de estado desde el año 2011 en la AGENDA DIGITAL 2.0. Ergo, ¿cómo entonces estas importantes instituciones públicas no tendrían claro un instrumento de política pública intrínsecamente asociada al despliegue de infraestructura de telecomunicaciones base de la transformación y gobierno digital?. Máxime si el mundo hoy en día trata la banda ancha desde el año 2010 como base del desarrollo sostenible, siendo incluso uno de los hombres más ricos del mundo Carlos Slim Helú miembro de la Broadband Commission for Sustainable Develoment.

Como una segunda conclusión señalamos que todas las instituciones públicas del Perú que tengan a su cargo la formulación de los PGDs, deben observar la Agenda Digital Andina y la Agenda Digital para América Latina y el Caribe – eLAC2024 ante la ausencia oficial de una agenda nacional, como insumos orientadores de sus planes, debido a que estos han sido formalmente aprobados por el Perú como país miembro de la CAN y LAC, y que al suscribirlos tienen el compromiso de implementarlos.

Finalmente, es recomendable emitir y publicar un acto administrativo, así sea en formato digital, a nivel del Comité de Alto Nivel por un Perú Digital, Innovador y Competitivo[11], que integra un representante del despacho del Presidente de la República, que apruebe con su exposición de motivos o antecedentes de trabajo y metodología la Agenda Digital Peruana, que están viniendo en denominar Agenda Digital 2030, en tanto es una hoja de ruta política muy importante para la implementación del Estado Digital de un país que necesita más que nunca prospectiva y gestionarse en forma eficiente.

NOTAS:

[1]Artículos 1°, 8° y 9° del Decreto Supremo N° 033-2018-PCM, publicado el 23 de marzo del 2018 en el diario oficial El Peruano.
[2] Mediante Resolución Ministerial N° 119-2018-PCM, publicada el 10 de mayo de 2018 en el diario oficial El Peruano.
[3] Artículo 3° de la Resolución de Secretaría de Gobierno Digital N° 005-2018-PCM/SEGDI, publicada el 22 de diciembre de 2018 en el diario Oficial El Peruano.
[4] El “Plan de Desarrollo de la Sociedad de la información en el Perú – La Agenda Digital Peruana”, aprobada por Decreto Supremo N° 031-2006-PCM, publicado el 21 de junio del 2006 en el diario oficial El Peruano.
[5] Aprobada mediante Decreto Supremo N° 066-2011-PCM, publicado el 27 de julio del 2011 en el diario oficial El Peruano.
[6] Única Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Supremo N° 029-2021-PCM, publicado el 19 de febrero del 2021 en el diario oficial El Peruano.
[7] Disculpen sino sabemos cómo denominarla, y es que aun cuando estas se encuentran en las páginas web oficiales del Gobierno, no tenemos el acto administrativo que precise dicha denominación.
[8] Aprobado por el Decreto Supremo N° 021-2019-JUS, publicada el 11 de diciembre del 2019 en el diario oficial El Peruano.
[9] Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública – Ley N° 27806, publicada el 03 de agosto del 2002, en el diario oficial El Peruano.
[10] Pag. 59 del Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú – La Agenda Digital Peruana.                                                                                                          [11] Creado mediante el artículo 2° del Decreto Supremo N° 118-2018-PCM, publicado el 30 de noviembre del 2018 en el diario oficial El Peruano.

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VICTOR OMAR ALVAREZ HERRERA

Abogado egresado de la PUCP; habiendo obtenido el título con mención de Muy Bueno, en la sustentación de la investigación denominada: Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones. Conciliador Extrajudicial egresado del Centro de Capacitación de la Cámara de Comercio de Lima y registrado ante el Ministerio de Justicia, así como, certificado como conciliador especializado en lo laboral por el Ministerio de Justicia. Estudios de maestría en políticas públicas y gestión pública en la PUCP. Fue Viceministro de Comunicaciones, Viceministro de Transportes(e) y Director Ejecutivo de PRONATEL, asesor en la Agencia Espacial del Perú CONIDA, MINEDU, Defensoría del Pueblo, MINTRA, Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú - PCM, MTC entre otras entidades del sector público. Fue Gerente General en Perú Investor S.A.C. especializada en asesoría legal en telecomunicaciones y TIC´s. Docente universitario 12 años en la PUCP en la sección de telecomunicaciones y 2 años en la Facultad de Derecho de la UNMSM. Estudios de gestión ambiental en el Instituto de Ecología Política de Chile. Diplomado en Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías por la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas – UPC, y Certificado en Corea del Sur sobre Políticas en Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (2005). Miembro de la Comisión Consultiva de Informática y Telecomunicaciones del Ilustre Colegio de Abogados de Lima 2007 y 2011. Actualmente, Asesor I de la Rectora de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos e investigando para tesis de maestría en Políticas Públicas de Telecomunicaciones ante la PUCP.

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