tasa de interés
Mediante Resolución de Superintendencia Nº 053-2010/SUNAT, publicada el día 17 de febrero de 2010, se ha dispuesto que a partir del 01 de marzo próximo, entrarán en vigencia las nuevas Tasas de Interés Moratorio (TIM), que son las siguientes:

– 1.2% mensual la TIM aplicable a las deudas tributarias en moneda nacional. Cabe recordar que la tasa actual es de 1.5% mensual.

– 0.60% mensual la TIM aplicable a las deudas tributarias en moneda extranjera. Cabe recordar que la tasa actual es de 0.75% mensual.

El texto expreso de la Resolución es el siguiente:

Resolución de Superintendencia Nº 053-2010/SUNAT

Artículo 1°.- TASA DE INTERÉS MORATORIO – MONEDA NACIONAL
Fíjese en uno y dos décimas por ciento (1.2%) mensual, la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a las deudas tributarias en moneda nacional, correspondientes a tributos administrados y/o recaudados por la SUNAT.

Artículo 2°.- TASA DE INTERÉS MORATORIO – MONEDA EXTRANJERA
Fíjese en sesenta centésimos por ciento (0.60%) mensual, la TIM aplicable a las deudas tributarias en moneda extranjera, correspondientes a tributos administrados y/o recaudados por la SUNAT.

Artículo 3°.- APLICACIÓN DE LAS TASAS DE INTERÉS MORATORIO
Las tasas establecidas en los artículos 1° y 2° de la presente resolución rigen a partir del día 01 de marzo del 2010

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