Perú: Racismo virulento y racismo agazapado

Bartolomé Clavero, jurista español, comenta la reciente publicación del diario Correo con fuertes críticas a la congresista quechua hablante Hilaria Supa y advierte la existencia de un vacío en la Constitución Política del Perú, que no protege explícitamente el derecho a la identidad frente a la discriminación.

Racismo virulento y racismo agazapado

Por Bartolomé Clavero*

“El Congreso de la República expresa su más enérgico rechazo y condena, en todos sus términos, respecto del contenido de la agraviante información publicada hoy en el diario Correo en contra de la legisladora Hilaria Supa Huamán, en la cual se trasluce una actitud discriminatoria en perjuicio de la condición de quechuahablante de la mencionada representante del Cusco”, así comienza el enérgico Comunicado que se ha hecho público por el Congreso peruano el jueves veintitrés de abril.

No es para menos. Ese mismo días el citado diario dedica la portada (con la leyenda: “Urge coquito para congresista Supa ¡Qué nivel!”), un amplio espacio entre las noticias (con el títular: “La congresista no tiene quien le escriba”) y la columna del editor (con el encabezamiento: “Supa no supo”) a descalificar hirientemente a Hilaria Supa como congresista por la sencilla razón de que no domina el castellano, siendo como es su lengua el quechua. No creo que sea impertinente el dato del trabajo que ha tenido que desempeñar Hilaria Supa antes de ser congresista: el de empleada de hogar.

Ya desde la portada la noticia se sazona con muestras de la heterografía castellana que se entiende descalificatoria. Ahorro la cita de pasajes de la noticia y del comentario editorial que se creen ocurrentes y resultan ofensivos hasta el delito. Tampoco voy a ocuparme de la burda tergiversación por parte del Correo en la presentación de posiciones que exigen cualificación sin caer en la discriminación. Lo que más importa y debe preocupar es la actitud y el mensaje de tal médium de manipulación y desinformación. La actitud es de abierto desprecio hacia quien no tiene como idioma propio el castellano y no se inhibe de la vida pública por la sencilla razón de no dominarlo por completo.

El mensaje ya está prácticamente dicho. Se trata de que, si no se da la inhibición, habrán de tomarse medidas para la disuasión. De una forma o de otra, se lanza la especie de que debe evitarse la actuación pública en general y el ejercicio de la representación política en particular de quienes muestren deficiencias en el uso del castellano. Con todo esto no se está defendiendo una lengua digamos que nacional ante lenguas foráneas. Está intentándose mantener en el ostracismo lenguas indígenas del propio territorio peruano, lenguas anteriores a la llegada colonial del castellano.

El Comunicado del Congreso concluye también con firmeza “Reiteramos nuestro respeto a la libertad de prensa y de expresión, pero solicitamos responsabilidad y respeto hacia los derechos fundamentales de las personas, consagrados en la Constitución Política del Perú”. La Constitución peruana reconoce el derecho de toda persona “a su identidad (y) a su integridad moral, psíquica y física”, añadiendo de seguido que “nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole”. El Comunicado del Congreso no hace referencia específica a esos concretos derechos realmente fundamentales, lo cual hubiera implicado entender el derecho a la identidad como derecho a la propia cultura, esto es por ejemplo a la educación y expresión en quechua.

Sobre lenguas la Constitución establece que “son idiomas oficiales el castellano y, en las zonas donde predominen, también lo son el quechua, el aimara y las demás lenguas aborígenes, según la ley”. Así se entiende que en las instituciones políticas centrales, como lo sea el Congreso, la lengua única es el castellano y esto además conforme a Constitución, mientras que el uso oficial de las lenguas indígenas en las zonas donde predominen queda sujeto a la disposición de la ley, con cuya sujeción no cabe reconocer dicho uso como un derecho de rango constitucional. Éste es el contexto de Constitución en el que puede manifestarse el racismo virulento del Correo y la reacción consiguiente del Congreso.

Es una reacción la del Congreso primariamente antirracista conforme al principio constitucional de no discriminación, pero en el contexto solapadamente racista de la Constitución. ¿No era ésta una estupenda ocasión para replantearse el status constitucional de las lenguas indígenas en conformidad con dicho principio, algo que la misma Hilaria Supa ha propuesto como congresista? Todavía se está a tiempo.

En suma, Hilaria Supa está sufriendo, igual que toda su gente, no sólo de forma ocasional el racismo virulento de algún órgano de prensa, sino también de modo permanente el racismo agazapado de la Constitución de la República del Perú.

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Fuente: Publicado originalmente en el blog de Bartolomé Clavero: http://clavero.derechosindigenas.org

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* Bartolomé Clavero es jurista e historiador español, especialista en historia del Derecho. Es catedrático de la Universidad de Sevilla y miembro del Foro Permanente de las Naciones Unidas para las Cuestiones Indígenas en representación de los estados de la Unión Europea.

Fuente: Servindi

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