El Informe Ejecutivo Semestral de Gestión (Julio-Diciembre, 2019), publicado por la Contraloría General de la República del Perú, el mes de febrero pasado; determinó que según los servicios de control concluidos, a nivel nacional, por tipo de servicio y tipo de órgano auditor entre los meses de enero a diciembre del 2019, el 75% del control realizado de forma simultánea o concurrente, fue el efectuado por los Órganos de Control Interno (OCI) y sólo el 25% por la Contraloría General (CGR).  Según el mismo Informe Ejecutivo, de un total de 22,742 entidades públicas en las que se realizó discrecionalmente el control concurrente, 17,026 (75%) fueron realizadas por los OCI y 5,716 (25%), los realizó la CGR.

Llama la atención que en su mayoría, los servicios de control concurrente realizados, están concentrados en Lima (32.6%) mínimamente seguidos por las regiones de Ancash (6.2%), Cusco (5.2%), Arequipa (4.6%) y La Libertad (4.5%); realizándose el mismo control concurrente en mínimo porcentaje aún (entre el 1.0% y 1.5%), a las entidades públicas sujetas a control, en regiones como Amazonas, Tumbes, Moquegua, Pasco o Madre de Dios.

En este contexto la autorización que excepcionalmente faculta el Decreto de Urgencia 033-2020, a los 1874 Gobiernos Locales del país, la adquisición y distribución de bienes de primera necesidad de la Canasta Básica Familiar, a favor de la población en situación de vulnerabilidad, en el marco de la emergencia sanitaria declarada por el COVID-19; requiere un marco normativo por igual -excepcional- para asegurar el ejercicio oportuno, efectivo y eficiente del control gubernamental concurrente obligatorio y no discrecional, que contribuya con efectividad al buen uso de los recursos públicos y a la transparencia en su administración, tratándose de más de 213 millones de soles los que se esta transfiriendo a la municipalidades del país; es decir, no podría discrecionalmente concentrarse un control concurrente sólo en Lima y 3 o 4 regiones. Independientemente, que la misma norma expresa de control concurrente o simultáneo obligatorio, serviría también -y esa es la finalidad principal- para realizar el control concurrente al mismo Poder Ejecutivo, que tanto el Ministerio de Salud, Defensa, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Ministerio de Desarrollo de Inclusión Social y otros Sectores, han recibido ya ingentes cantidades de presupuesto para paliar esta tragedia social. Por ejemplo, el Ministerio de Agricultura y Riego, es el encargado de financiar por medio de AGRORURAL, la organización de mercados itinerantes a nivel nacional, con el fin de asegurar el abastecimiento de productos agropecuarios y afrontar la emergencia sanitaria; sin cuyo uso probo de los recursos presupuestales, la inseguridad alimentaria, generaría un caos social mayor al que ya estamos viviendo.

Durante el 2019, hemos testificado la lucha contra la corrupción y los grandes casos de atención mediática como “Lava Jato”, “Club de la Construcción”, “Cuellos Blancos” entre otros; donde las Fiscalías Anticorrupción, de Crimen Organizado, de Prevención del Delito, como las Procuradurías Anticorrupción, han realizado su labor funcional; sin embargo, nuestro aparato estatal anticorrupción también esta sujeto a la inmovilización social de la emergencia sanitaria nacional que restringe por completo su actuación.

Estamos en una situación de emergencia, en la que tampoco hay participación ciudadana ni control social, por medio de Juntas Vecinales; y, las decisiones de compra y distribución de las canastas básicas, pueden caer al albedrío único de la gestión de los gobernantes locales en las 1874 municipalidades. 

En estas circunstancias que vive la Nación, no podemos olvidar que la corrupción se hizo cancerígeno en el país, como un problema cultural arraigado en todos los niveles del Estado, que requiere confrontarlo de forma transversal, desde la prevención concurrente, como la sanción inmediata por parte del Sistema de Control Gubernamental; todo lo cual, de manera urgente demanda un marco normativo especial.

La amarga experiencia de los tentáculos de la corrupción en los Gobiernos Locales y Regionales del país, ocurrida en las últimas décadas, con honrosas excepciones, nos dejan la suspicacia y el escrúpulo permanente del uso no probo, de los recursos públicos; por lo que dejar que el Sistema de Control Gubernamental, actúe con discrecionalidad o de forma posterior, sería promover la reactivación de esos tentáculos y el latrocinio más grande que agravie a la Nación. Se requiere el inmediato debate del Proyecto de Ley 4947/2020-PE presentado por el Poder Ejecutivo al Congreso de la República, y se integre por mandato de norma expresa, un Sistema de Control Gubernamental concurrente o simultáneo, no discrecional, en todas -sin distinción- las inversiones y contrataciones de bienes, servicios, obras y consultorías que se realicen en el marco de la emergencia sanitaria declarada por el COVID-19; pero además, la facultad que la Contraloría General de la República, pueda sancionar inmediatamente a los representantes ediles que, con el mismo prejuicio, pensamos que existen algunos esperando con ansia el botín del erario nacional, para hacer de esta emergencia nacional, un festín personal y familiar, cuando no político.

Obviamente, implementar la nueva norma, requiere también que la CGR reciba las transferencias de recursos presupuestales que asegure para sus técnicos, profesionales y funcionarios, una participación concurrente por medio de equipos especializados con protocolos de bioseguridad, preservando el bienestar de los colaboradores de la entidad; puesto que, si bien la CGR sigue laborando, sus funciones son restringidas a un equipo reducido y demandará el inmediato concurso de cientos de colaboradores.

(*)   Director Ejecutivo de la Fundación Internacional para la Sostenibilidad Ambiental y Territorial FISAT – Socio Director del Estudio Fernández Jeri Asociados.

(*) Publicado también en el Diario La República (Lima-Perú):  https://bit.ly/2Wo6wE5

(*) Publicado también por FISAT (Cáceres-España / Lima-Perú): https://bit.ly/35wCClh

 

Puntuación: 0 / Votos: 0