Ud. Ciudadano debe conocer las exigencias legales para que un local comercial No genere perjuicio al vecindario

Debe tener:

  1. Licencia de funcionamiento.
  2. Certificado de defensa civil.
  3. Certificación sanitaria emitida por la municipalidad y /o contar con el acta de inspección sanitaria de la Gerencia de medio ambiente y salubridad.
  4. Certificado de desratización y desinfección emitidas por empresas debidamente acreditadas y autorizadas por DIRESA.
  5. Licencia de anuncios y/o avisos publicitarios, de ser el caso.
  6. Plan de emergencias, evaluación de todo tipo de riesgos que pueda generar la actividad comercial.
  7. Cumplir con entregar los residuos debidamente segregados en la fuente a los operadores de residuos sólidos debidamente autorizados.
  8. Cumplimiento de los protocolos sanitarios exigidos por PRODUCE para la regulación en el funcionamiento del comercio de alimentos, debiendo cumplir con las características establecidas por las normas sanitarias y de calidad aprobadas por la autoridad de salud a nivel nacional, los cuales están sujetos a vigilancia higiénica y sanitaria, en protección de la salud.
  9. Cumplimiento del aforo designado para establecimientos todo local comercial.
  10. Solo puede funcionar un negocio bajo el giro autorizado, cualquier local que funcione con giro comercial distinto o lo amplíe de manera clandestina es función de la autoridad municipal imponer las sanciones que correspondan.
  11. Cumplir con tener un área determinada por fumadores, separada físicamente del área donde se prohíbe fumar
  12. Cumplimiento con la restricción del horario en el funcionamiento de los locales comerciales
  13. No permitir el expendio de bebidas alcohólicas a menores de edad
  14. No generar carga odorífera (malos olores)
  15. Cumplimiento del acondicionamiento acústico al interior del establecimiento comercial a efectos de evitar un ambiente de ruidos o vibraciones que originen molestias a los vecinos, riesgo o daño para las personas, debiendo la autoridad municipal realizar labores de fiscalización y control, bajo responsabilidad de ser denunciado por el delito de contaminación sonora contra el dueño del negocio.
  16. Acta de inspección expedida por SUNAFIL, a efectos de verificar el cumplimiento de las medidas para prevenir accidentes y enfermedad en el trabajo
  17. Si el establecimiento comercial ejerce actividades promocionándose como local turístico, debe contar con la certificación de DIRCETUR, conforme a la categorización y calificación turística
  18. La actividad a realizarse dentro del establecimiento comercial, la autoridad municipal debe verificar en caso corresponda si la Prefectura ha otorgado las garantías inherentes al orden público correspondientes.
  19. cumplir con las practicas saludables contra el Covid; vigente la emergencia sanitaria hasta el 25 de febrero del 2023 según D.S 015-2022-SA
  20. El dueño del negocio debe supervisar a todas las áreas de su actividad comercial, neutralizando toda influencia ilegal