El 07 de julio se publico el DECRETO SUPREMO N° 014-2019-EM el Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades Eléctricas

Objeto

promover y regular la gestión ambiental de las actividades de

generación, transmisión y distribución de energía eléctrica,

con la finalidad de PREVENIR, minimizar, rehabilitar y/o

compensar los impactos ambientales negativos derivados

de tales actividades, en un marco de desarrollo sostenible.


Compensación ambiental

Medidas y acciones generadoras de beneficios ambientales

proporcionales a los daños o perjuicios ambientales

causados por el desarrollo de los proyectos;

siempre que no se puedan adoptar

medidas de prevención, mitigación, y rehabilitación, eficaces.


Lineamientos para la gestión ambiental sectorial

1. Impulsar el desarrollo y uso de energías limpias.

2. Priorizar la aplicación de medidas destinadas a

PREVENIR O EVITAR impactos ambientales

en aplicación de la Jerarquía de Mitigación.


Jerarquía de mitigación en el ámbito de

la evaluación de impacto ambiental

El Titular debe establecer en su Estudio Ambiental

e Instrumento de Gestión Ambiental complementario las

medidas aplicables bajo el siguiente orden de prelación:

a) Medidas de prevención: Dirigidas a evitar o

prevenir los impactos ambientales negativos de un

proyecto.

b) Medidas de minimización: Dirigidas a reducir,

mitigar o corregir la duración, intensidad y/o grado de

los impactos ambientales negativos que no pueden ser

prevenidos o evitados.

c) Medidas de rehabilitación: Dirigidas a recuperar

uno o varios elementos o funciones del ecosistema que

fueron alterados por las actividades del proyecto y que no

pueden ser prevenidos ni minimizados.

d) Medidas de compensación ambiental:

Dirigidas a mantener la biodiversidad y la funcionalidad

de los ecosistemas perdidos o afectados por los

impactos ambientales negativos residuales, en un

área ecológicamente equivalente a la impactada. La

compensación ambiental se aplica de acuerdo a los

lineamientos y guías que emite el MINAM y las autoridades

competentes.

El Titular aplica la Jerarquía de Mitigación desde la

planificación del proyecto de inversión con la finalidad de

seleccionar un diseño y escenario en el que se PREVENGA

O EVITE el mayor número de impactos ambientales

negativos.


Definición del Plan Ambiental Detallado

El PAD es un Instrumento de Gestión Ambiental

complementario de carácter excepcional que considera

los impactos ambientales negativos reales y/o potenciales

generados o identificados en el área de influencia de

la actividad eléctrica en curso y destinado a facilitar

la adecuación de dicha actividad a las obligaciones y

normativa ambiental vigentes, debiendo asegurar su

debido cumplimiento, a través de medidas correctivas

y permanentes, presupuestos y un cronograma de

implementación, en relación a las medidas de PREVENCIÓN,

minimización, rehabilitación y eventual compensación

ambiental que correspondan.


Definición del Plan de Rehabilitación

El PR es un Instrumento de Gestión Ambiental

complementario que tiene por objeto recuperar uno o

varios componentes o funciones del ecosistema alterado

después de su exposición a los impactos ambientales

negativos que no pudieron ser evitados o PREVENIDOS,

ni reducidos, mitigados o corregidos, luego de superada

la contingencia de una emergencia ambiental ocurrida

durante el desarrollo de las actividades eléctricas.


Definición de Plan de Gestión Ambiental de Bifenilos Policlorados

El PGAPCB es un Instrumento de Gestión Ambiental

complementario que contiene actividades destinadas a la

PREVENCIÓN AMBIENTAL, así como la progresiva eliminación

de equipos, componentes o infraestructuras utilizadas en

el desarrollo de las actividades eléctricas, que contengan

o estén contaminados (…)


Conservación de la diversidad biológica

El Titular debe adoptar en el Estudio Ambiental

o Instrumento de Gestión Ambiental complementario

respectivo, las medidas de prevención, mitigación,

rehabilitación o compensación ambiental, según

corresponda, requeridas para conservar la diversidad

biológica en el área de influencia del proyecto, priorizando

los ecosistemas frágiles, las especies endémicas locales,

así como las especies categorizadas como amenazadas

en la legislación nacional y aquellas que se encuentran

protegidas por convenios internacionales.


Plan de Compensación Ambiental

Los proyectos de inversión que presenten

impactos ambientales negativos residuales, es

decir, impactos que no pudieron ser prevenidos,

minimizados o rehabilitados en aplicación de la

jerarquía de mitigación, deben incorporar, como parte

de la Estrategia de Manejo Ambiental, un Plan de

Compensación Ambiental.


Manejo de los recursos hídricos

El Titular debe establecer prioritariamente

medidas para prevenir los impactos ambientales negativos

sobre el cuerpo de agua y sus bienes asociados naturales

que se generen durante el diseño, construcción, operación

y abandono de los proyectos eléctricos; considerando su

morfología, corrientes de agua, calidad del agua y usos

(potable, suministro de agua, agricultura, acuicultura,

recreación, hábitat acuático, entre otros).


Gestión integral y disposición final de

residuos sólidos

La gestión integral de residuos sólidos tiene

como primera finalidad la prevención o minimización

de la generación de residuos sólidos en origen, frente

a cualquier otra alternativa. En segundo lugar, debe

preferirse la recuperación y la valorización material,

energética y económica de los residuos sólidos

generados, entre las cuales se cuenta la reutilización,

reciclaje, compostaje, coprocesamiento, entre otras

alternativas, siempre que se garantice la protección

de la salud y del ambiente.


Manejo de Embalses

En el Estudio Ambiental o Instrumento de Gestión

Ambiental complementario se debe establecer medidas para

prever la inundación de las áreas aledañas a los embalses

y monitorear su nivel, a efectos de analizar las variaciones

existentes y adoptar medidas de prevención, minimización,

rehabilitación y/o compensación, según corresponda.


Manejo de los impactos sobre la calidad visual del paisaje

El Titular debe ubicar los aerogeneradores en zonas

donde se eviten los impactos negativos sobre la calidad

visual del paisaje, teniendo en consideración los puntos

de observación y las áreas que son visibles desde dichos

puntos (análisis de visibilidad), incluyendo los paisajes

terrestres y marinos, así como la relación que pudiera

existir entre ellos (observadores-paisaje). Cuando no

sea posible prevenir o evitar dichos impactos negativos,

se debe contemplar medidas de mitigación en el Estudio

Ambiental o en el Instrumento de Gestión Ambiental

complementario.


Medidas de prevención para reducir el impacto en la biodiversidad

El Titular debe adoptar las siguientes medidas de prevención

respecto a los impactos a la biodiversidad:

a) Considerar, en la etapa de diseño del parque eólico,

el listado de las Áreas Importantes para la Conservación

de las Aves (AICA o IBA, por sus siglas en inglés) y evitar

humedales, sitios Ramsar, sitios de descanso u otras

formaciones que cuenten con una alta concentración de

aves y/o mamíferos voladores.

b) En el caso que el proyecto de parque eólico se

encuentre en el mar, durante los trabajos de construcción

y mantenimiento el Titular debe adoptar medidas de

manejo y tomar en consideración las épocas sensibles del

año, como las temporadas de migración y reproducción,

en áreas con especies clave, de acuerdo a los índices de

diversidad biológica.


Medidas de prevención para reducir el impacto en la biodiversidad

El Titular debe adoptar las siguientes medidas de

prevención respecto a los impactos sobre la biodiversidad:

a) Durante la etapa constructiva o de instalación

de los paneles fotovoltaicos se debe tomar en cuenta

las temporadas de anidación de las aves o sus ciclos

reproductivos identificados en el Estudio Ambiental o

Instrumento de Gestión Ambiental complementario.

b) En la determinación de la ubicación de los paneles

fotovoltaicos se debe tomar en cuenta los corredores

biológicos, zonas de vulnerabilidad ecológica o zonas

altamente productivas, así como la transformación o

degradación de los hábitats y los ecosistemas.

c) Se debe preferir la colocación de los paneles

solares en zonas de baja productividad agrícola o zonas

degradadas, cuando corresponda.


Suspensión temporal de actividades

En caso que el Titular decida suspender

temporalmente sus actividades, en todo o en parte,

debe informar previamente a la Autoridad Ambiental

Competente y a la Autoridad Competente en Materia de

Fiscalización Ambiental sobre el sustento y la duración

de la suspensión, adjuntando el compromiso de cumplir

con las medidas preventivas necesarias establecidas en

su Estudio Ambiental o Instrumento de Gestión Ambiental

complementario aprobado, por el tiempo que dure dicha

suspensión. El Titular debe comunicar la ejecución de

las medidas mencionadas en el Informe Ambiental Anual

correspondiente.


Plan de Manejo Ambiental (PMA)

Proponer los programas y actividades, necesarios para

prevenir, controlar, minimizar, rehabilitar y/o compensar

(de ser el caso) los impactos ambientales generados por

el proyecto durante las etapas de operación y abandono

del Proyecto.


Diseño del Plan de Contingencia

Con base de la información obtenida del análisis de

riesgos, se deberá estructurar el Plan de Contingencia,

de tal manera que se incluya el diseño de los planes

estratégico, operativo e informativo correspondientes, de

acuerdo a la normativa vigente.

El plan estratégico, contemplará: objetivo, alcance,

cobertura geográfica, infraestructura y características

físicas de la zona, análisis del riesgo, organización,

asignación de responsabilidades y definición de los

niveles de respuesta del plan de contingencia. Además,

en éste se harán las recomendaciones para las acciones

preventivas que minimizarán los riesgos.


Los procedimientos, recursos humanos,

equipamiento y materiales específicos con que se debe

contar para prevenir, controlar, colectar y/o mitigar las

fugas, escapes y derrames de hidrocarburos o productos

químicos; para rehabilitar las áreas afectadas; atender a

las poblaciones afectadas; y almacenar temporalmente y

disponer los residuos generados.

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