Se publico la ley 30037 ( 07-06-2013 ) que previene la violencia en los espectaculos deportivos, cuya vigencia entra en 90 dias posteriores , y su reglamento en 60 dias, hago un resumen al respecto sobre los temas mas relevantes de la ley :

Objeto de la Ley

PREVENIR y,

-Sancionar la violencia

-que se produzca con ocasión de los espectaculos deportivos

Calendarios anuales

-Los organizadores de espectáculos deportivos

-deben remitir al Instituto Peruano del Deporte (IPD),

-sus calendarios anuales

-a fin de que se coordinen las medidas de PREVENCION y seguridad.

-Los organizadores de espectáculos deportivos profesionales

-deben determinar en los escenarios deportivos

-la ubicación de cada una de las barras, en sectores separados, claramente delimitados,

Desplazamiento de los hinchas e intervención de la Policía Nacional del Perú

-El desplazamiento de los hinchas a los estadios, recintos o complejos deportivos ,

no puede realizarse interrumpiendo el normal tránsito peatonal ni vehicular por la vía pública.

-La Policía Nacional del Perú dispone las medidas de seguridad para el desplazamiento

-de los barristas o hinchas de una manera segura y pacífica a los escenarios deportivos.

-Los clubes deportivos y los organizadores del espectáculo deportivo son responsables de

-controlar el ingreso sin banderolas al recinto deportivo y la vigilancia del sector

Obligación del seguro para los espectadores

-Los organizadores de espectáculos deportivos

-están obligados a contar con una póliza de seguro

-a fin de cubrir contra riesgos de:

*LESIONES o

*MUERTES,

*así como los GASTOS de CURACION y

*el TRANSPORTE de HERIDOS,

-La cobertura del seguro del espectador comprende

dentro del estadio, coliseo, complejo deportivo o local

-en general donde se lleve a cabo el espectáculo deportivo y

en el área de influencia deportiva ( 5 cuadras al rededor del escenario deportivo)

PREVENCIÓN, SEGURIDAD INTERNA Y SISTEMAS DE VIGILANCIA EN ESPECTÁCULOS DEPORTIVOS –Plan de protección y seguridad

-comprende aspectos relativos al:

*número probable de asistentes,

*capacidad del local,

*control de acceso al recinto deportivo,

*seguridad de las instalaciones,

*sistemas de :

PREVENCION,

…alarma,

…detección

…incendios,

…evacuación,

…rescate,

…atención de emergencias médicas y

…demás requisitos técnicos establecidos por el Indeci y la Policía Nacional del Perú.

Sistema de vigilancia en espectáculos deportivos

-Toda persona que acuda a los escenarios deportivos debe estar:

debidamente identificada y portar su documento de identidad.

-Los organizadores de los espectáculos deportivos profesionales

-son responsables de la grabación del ingreso y de la salida de las personas

-En los escenarios deportivos se acondicionan de cámaras de vigilancia y

-necesariamente con resguardo policial.

Postas médicas y ambulancias

-se acondicionan en forma obligatoria una posta médica

Verificación de requisitorias

-verificar de manera aleatoria que ninguna persona

-posea orden de captura

Registro de empadronamiento de integrantes de barras

datos de identificación, domicilio, ocupación y/o profesión de cada uno de ellos

Límite de edad para integrar una barra

-La edad mínima para integrar una barra es de 18 años de edad.

-De manera excepcional, los menores que hayan cumplido 16 años

-siempre que cuenten con la respectiva autorización escrita DE sus padres o sus representantes

Mecanismos de capacitación y PREVENCION

-Los clubes deportivos profesionales implementan

programas de capacitación y PREVENCION de la violencia

-para los miembros de sus respectivas barras.

PROHIBICIONES E INFRACCIONES

-Está prohibido el ingreso a estadios, recintos o complejos deportivos de:

-personas en evidente estado de ebriedad o

-con alteración de su conciencia por efecto de:

*estupefacientes,

*sustancias psicotrópicas,

*estimulantes o

*sustancias análogas, o

*cualquier elemento que limite su adecuada identifi cación.

-También están prohibidos de ingresar quienes se resistan a

someterse a la prueba de aire espirado (alcoholemia),

-Personas que se encuentran con requisitoria

-del Poder Judicial.

-Personas que portan cualquier tipo de:

*objeto contundente,

*arma cortante,

*punzocortante o de

*fuego y

*todo tipo de artefactos pirotécnicos o similares.

-Todo tipo de bebidas alcohólicas,

*estupefacientes,

*sustancias psicotrópicas,

*estimulantes o

*sustancias análogas.

Infracciones de los organizadores de espectáculos deportivos

Infracciones graves:

-que pongan en grave riesgo la vida o la salud

-de quienes participen en los espectáculos deportivos o

-causen graves daños al patrimonio.

-que supongan un grave riesgo para los asistentes

-a los escenarios deportivos.

-La falta de previsión o la negligencia en

-la corrección de los defectos o anomalías detectados

Infracciones de los barristas, hinchas y espectadores

Infracciones graves:

a) La producción de cualquier riesgo o resultado lesivo

b) Los actos que perturben gravemente o interrumpan el espectáculo

c) El incumplimiento de las obligaciones de acceso y permanencia en los escenarios

d) El incumplimiento de la orden de desalojo

e) El consumo de bebidas alcohólicas, drogas, el interior de los escenarios

f) La resistencia a someterse a la prueba de aire

Infracciones leves:

a) El ingreso al escenario deportivo con cualquier elemento que limite la adecuada identifi cación.

b) Arrojar al área de juego, a las tribunas o a los lugares ocupados o transitados por los espectadores objetos que, no siendo peligrosos, perturben el desarrollo del espectáculo deportivo

Responsabilidad solidaria

-El club deportivo profesional, es solidariamente responsable

-por los daños materiales y personales que ocasionen

-los integrantes de sus barras

-dentro del recinto deportivo o en los alrededores,

Cancelación de espectáculos deportivos

-cuando no se cumplan las condiciones de seguridad

-exigidas en la presente Ley y en su reglamento.

Campañas educativas y PREVENTIVAS contra la violencia

-Créase la Comisión Nacional contra la Violencia

-que depende de la Presidencia del Consejo de Ministros y está integrada por

*Ministro del Interior,

*Ministro de Educación,

*Ministro de Salud,

*Fiscal de la Nación,

*Presidente del Comité Olímpico Peruano,

*Jefe del Instituto Peruano del Deporte,

*Jefe de la Oficina Nacional de Gobierno Interior,

*Director General de la Policía Nacional del Perú,

*Presidente de la Federación Peruana de Fútbol,

*Presidente de la Asociación Deportiva de Fútbol Profesional y

*Presidente del Consejo de la Prensa Peruana.

-Esta comisión tiene por finalidad promover el espíritu deportivo a través de

-programas, campañas de PREVENCION y

-acciones correctivas que permitan a nuestra sociedad

-desarrollar valores y respeto mutuo entre afi cionados y deportistas.

Funciones de la Comisión Nacional contra la Violencia en los Espectáculos Deportivos

-Promover e impulsar programas de PREVENCION

-contra la violencia en los deportes en todos los niveles educativos.

-Promover programas de investigación sobre las causas y los efectos

-De la violencia en el deporte.

Financiamiento de campañas educativas

-La programación y ejecución de

-las campañas educativas y PREVENTIVAS

-tendientes a evitar la violencia

-en escenarios deportivos, a través de la

*prensa,

*radio,

*televisión,

*así como en escuelas, colegios, universidades y

*demás centros de enseñanza,

-es con cargo a los recursos de cada una de las entidades.

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