El Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC), con arreglo a las disposiciones de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana tiene entre sus Principios:

La Prevención en la cual El Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana debe priorizar y desarrollar las políticas multisectoriales preventivas del delito, planificando sus programas, así como actuando de manera inmediata y permanente.

LOS COMITES REGIONALES DE SEGURIDAD CIUDADANA
Tienen como Funciones y atribuciones Facilitar, apoyar, promover e impulsar el esfuerzo que realizan los Comités Provinciales y c. Distritales de Seguridad Ciudadana para PREVENIR, DISMINUIR O NEUTRALIZAR LA CRIMINALIDAD y delincuencia de su respectivo ámbito de competencia territorial.

LAS FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS INTEGRANTES DEL COMITÉ PROVINCIAL de Seguridad Ciudadana son:
Del Alcalde. Promover a través de los diferentes órganos de la municipalidad el apoyo a – programas, proyectos y campañas de educación y PREVENCIÓN SOCIAL.
Del Jefe Policial o Comisario Provincial. Ejecutar las acciones policiales de su competencia funcional y las que acuerde – el Comité Provincial para PREVENIR Y/O REPRIMIR LA CRIMINALIDAD Y DELINCUENCIA COMÚN y Organizar y capacitar a las juntas vecinales en ASPECTOS PREVENTIVOS E INFORMATIVOS – de seguridad ciudadana, a través de la Oficina de Participación Ciudadana de la comisaría, en coordinación con la Oficina de Asuntos Vecinales del municipio.

SON FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DEL COMITÉ DISTRITAL de Seguridad Ciudadana:
Del Alcalde. Promover a través de los diferentes órganos de la municipalidad el apoyo a los programas, – proyectos y campanas de educación y PREVENCIÓN SOCIAL.
Del Comisario Distrital. Ejecutar las acciones policiales de su competencia funcional y las que acuerde el Comité – Distrital para PREVENIR Y/O REPRIMIR LA CRIMINALIDAD Y DELINCUENCIA COMÚN.

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