El Sistema Nacional de Control y Vigilancia Forestal y de Fauna Silvestre (SNCVFFS): El modelo ideal de la gobernanza de control y vigilancia para la protección de los recursos naturales y el ambiente en el Perú

El Sistema Nacional de Control y Vigilancia Forestal y de Fauna Silvestre o SNCVFFS, es un espacio de gobernanza peruano asociado al control y vigilancia que tiene por finalidad la protección de los recursos naturales forestales y de fauna silvestre.

En el año 2011 aparece en el sistema legal peruano pero es recién en el año 2015 que entra en vigencia y comienza a ser implementado desde el año 2016. En este artículo muestra los avances que se dieron hasta Noviembre de 2017.

1.- Introducción

La experiencia de haber dirigido cerca de 3 años la Dirección de Control de la Gestión del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre (DCGPFFS) en el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre del Perú (SERFOR) permitió asumir uno de los grandes retos como gestor público y especialista en diseño e implementación de políticas públicas y de estrategias de fiscalización, control y vigilancia, esta vez, orientado a la protección de los recursos naturales.

El reto era organizar el Estado Peruano para  hacer una gobernanza con fines de control y vigilancia para proteger los recursos naturales, y específicamente trabajar en equipo y de forma coordinada para enfrentar la deforestación, el tráfico ilegal de recursos forestales maderables (tala ilegal), de recursos forestales no maderables, de la fauna silvestre y de los recursos genéticos de estos. Esto recién comienza a implementarse en el año 2015.

El contexto y la tendencia en esos años mostraba un avance de la deforestación que se puede cuantificar ahora fácilmente mediante las observaciones satélitales y los informes que emite el Estado Peruano (Véase http://geobosques.minam.gob.pe/geobosque/view/index.php). También los informes de la Policía Nacional del Perú, de la Fiscalía de Nación (estos dos poco conocidos) y entidades del Poder Ejecutivo como OSINFOR y SERFOR, así como los observatorios de organizaciones no gubernamentales, han mostrando una tendencia al crecimiento en el tráfico de los recursos naturales, sean forestales o de fauna silvestre, desde hace más de 10 años, así como el avance en la deforestación de territorios que tenían cobertura de bosques.

Lo que comentaré a continuación explica el origen y lo avanzado hasta noviembre de 2017, momento en que estuve a cargo de dirección en SERFOR. Durante este tiempo todo el avance que se logró se originó en un trabajo en equipo que se hizo con los profesionales de la Dirección que dirigí (hoy los profesionales claves ya no están en SERFOR), la cooperación internacional, las autoridades que forman parte del Sistema (que en total son 10), autoridades de Gobiernos Regionales y muchos otros apoyos recibidos tanto de instituciones de gobierno y de la sociedad civil. Es decir, un esfuerzo de trabajo en equipo en gobernanza.

2.- Origen del SNCVFFS

Es importante la mención de cuatro contextos:

2.1.- Normas

En el año 2011 se promulga la Ley N° 29763 (Ley Forestal y de Fauna Silvestre, a la que identificaremos como LFFS). La vigencia estaba condicionada a la promulgación de sus reglamentos, los que recién se producen el 1° de octubre de 2015 con la entrada en vigencia de los Decretos Supremos N° 018, N° 019, N° 020 y N°021 -2015-MINAGRI.

Esta norma introduce cambios estructurales dentro del tema forestal y de fauna silvestre. Uno de ellos era la manera en cómo se debía organizar las acciones de control y vigilancia de los recursos forestales y de fauna silvestre en el Estado Peruano.

La Ley coincide con la Política Forestal y de Fauna Silvestre aprobada mediante el Decreto Supremo 009-2013-MINAGRI, y ambas responden al contexto del Acuerdo Nacional adoptado en el año 2002 que establece cuatro ejes principales de políticas públicas del país siendo una de ellas Competitividad del país y dentro de esta se encuentra la Política de Desarrollo sostenible y Gestión Ambiental, y Política de  Desarrollo Agrario y Rural (Véase http://acuerdonacional.pe/politicas-de-estado-del-acuerdo-nacional/politicas-de-estado%E2%80%8B/politicas-de-estado-castellano/)

Antes de estas normas, ya existía el marco político legal dado por la Constitución Política del Perú del año 1993 y por la Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales (Ley N° 26821 publicada el 26/06/1997) y Política Nacional del Ambiente (Decreto Supremo 012-2009-MINAM publicada el 23/05/2009).

Este marco legal tiene tres conceptos claves:

  • Patrimonio de la Nación: Se debe entender que los recursos forestales y de fauna silvestre son patrimonio de la Nación porque así lo dispone lo Constitución Política y las leyes y por eso se explica que la única manera de acceder a su aprovechamiento es de acuerdo a las modalidades que la Ley señala. No hacerlo de esta manera, es ilegal e implica que estamos ante un daño sumamente grave ya que se afecta un patrimonio invaluable y que nos pertenece a todos.
  • Aprovechamiento sostenible de los recursos naturales
  • Protección de los recursos naturales y el ambiente.

Hoy se podría decir que ninguno de los conceptos ha tenido éxito en su implementación porque no se ha logrado ni detener ni revertir la situación de deforestación ni del tráfico ilegal.

2.2.- Creación de nuevas instituciones y especialización de roles del Estado. 

Desde el año 2008 se puede apreciar la creación de nuevas instituciones especializadas o áreas dentro de éstas o esfuerzos, todas orientadas a la protección de los recursos naturales. Esta creación, al parecer, no se hace en base a un plan o una estrategia coordinada sino a una respuesta de las iniciativas de funcionarios (tecnócratas) y a las necesidades de querer implementar las políticas públicas pero de manera no organizada ni planificada.

Año 2008

  • Creación del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA – Véase https://www.oefa.gob.pe/).
  • Creación del Organismo de Supervisión de Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (OSINFOR – Véase https://www.osinfor.gob.pe/).
  • Creación de la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental (FEMA – Véase https://portal.mpfn.gob.pe/fema/home.php).
  • Creación del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas (SERNANP – Véase http://www.sernanp.gob.pe/).

Año 2010

  • Creación del Programa Nacional de Conservación de Bosques para la Mitigación del Cambio Climático (Véase http://www.bosques.gob.pe/).

Año 2011

  • Creación del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR – Véase https://www.serfor.gob.pe/).

Año 2012

  • Reorganización y fortalecimiento de la Dirección Nacional de Capitanías y Puertos (DICAPI – Véase https://www.dicapi.mil.pe/).

Año 2014

  • Entrada en funcionamiento de SERFOR.

Año 2015

  • Creación de la División de Medio Ambiente de la Policía Nacional del Perú (Véase http://www.dirmeambpnp.gob.pe/).

A estas instituciones y espacios se suma el esfuerzo de otras instituciones como la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) a través de sus funciones aduaneras y de tributos internos (Véase http://www.sunat.gob.pe/aduanas.html) a partir del año 2002 en que se fusiona las funciones de tributos internos con aduanas.

2.3.- Espacios de coordinación

La creación de organizaciones especializadas  también muestra la intención de que estas entidades actúen de manera coordinada. Nuevamente podemos decir que estos espacios se originan por iniciativa de funcionarios (tecnócratas) pero no forma parte de una estrategia integral.

Un espacio fue el Sistema de Seguridad y Defensa Nacional (Ley N° 28478 publicada el 27 de marzo de 2005) que reconocía como una amenaza interna la afectación del Ambiente. Este sistema no se llegó a implementar para la protección del Ambiente ni logró convocar a entidades de gobierno ni sociedad civil. Este sistema estaba a cargo de las Fuerzas Armadas.

Posteriormente se crea la Comisión Multisectorial de Lucha contra la Tala Ilegal (ENMLTI) mediante Decreto Supremo N°052-2002-AG, de fecha 25 de octubre del 2002, la que luego adquiere la condición de permanente y se reestructura mediante Decreto Supremo N° 019-2004-AG, de fecha 18 de mayo de 2004 (CMPLTI) inicialmente adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) y desde el año 2017 a cargo del Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI) e integrada únicamente por entidades del Poder Ejecutivo, a la que se se suma el Ministerio Público – Fiscalía de la Nación (Organismo constitucionalmente autónomo). Está ausente la sociedad civil, gobiernos regionales y locales.

Pero este escenario cambia en el año 2011 cuando aparece el Sistema Nacional de Control y Vigilancia Forestal y de Fauna Silvestre o SNCVFFS, que involucra a instituciones del Poder Ejecutivo, un Organismo Constitucionalmente Autónomo (Ministerio Público – Fiscalía de la Nación), Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y sociedad civil. En este espacio por primera vez se puede evidenciar una gobernanza amplia asociada al control y vigilancia. Este Sistema entra en vigencia el 2015 e inicia funciones el 2016, estando bajo la coordinación y responsabilidad de SERFOR que forma parte del sector que dirige el MINAGRI. Hoy, esa responsabilidad de impulsar el Sistema y de implementarlo sigue siendo de SERFOR.

A la fecha, los espacios de Lucha contra la tala ilegal (CMPTLI) y de control y vigilancia del patrimonio forestal y de fauna silvestre (SNCVFFS) coexisten pero aún no han logrado un buen nivel de coordinación o aún no se ha tomado de decisión que los temas que ven la Comisión sea ahora asumido y visto por el Sistema. Esto genera un doble esfuerzo del Estado Peruano y no permite diseñar una estrategia única.

3.- Creación e inicio del diseño.

En la nueva Ley, el Sistema (SNCVFFS) aparece regulado en el artículo 147. Este entra en vigencia el 1 de octubre de 2015. El artículo 147 muestra un texto que describe los roles y apoyos entre instituciones del Estado y la sociedad civil.

En los reglamentos de la Ley no hay mención al Sistema (SNCVFFS). Tampoco lo hay en otra norma del sistema legal peruano. En este escenario, el único mandato claro era que una dirección de línea de SERFOR (DCGPFFS) debía coordinar con las instituciones citadas en el artículo 147 de la Ley Nº 29763 las acciones de control y vigilancia forestal y de fauna silvestre, así como gestionar las actividades dentro de su competencia (Véase artículo 57 del Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI).

Frente a este escenario, la pregunta y al mismo tiempo reto que surgió fue ¿Cuál debía ser el contenido y cómo implementar el Sistema Nacional de Control y Vigilancia? Aquí comienza el reto.

De enero a octubre de 2015 se hizo un diseño inicial antes de la entrada en vigencia de la Ley y por lo tanto del Sistema. Posteriormente se hizo cambios y precisiones entre diciembre de 2016 y abril de  2017 y se tomó la decisión de dar al Sistema una misión, visión, principios rectores, objetivos claros y una organización que tenga un alcance nacional pero con efectividad y coordinación en los territorios regionales y de gobiernos locales con una amplia participación de la sociedad civil. También se toma la decisión de buscar fuentes de financiamiento que apoyen al Sistema, sean estos de origen público o privado, y al mismo tiempo comenzar a trabajar para orientar los presupuestos de las instituciones a acciones conjuntas a través de este Sistema.

La primera reunión del Sistema se hizo el día 25 de abril de 2016. Durante el año 2016 se hicieron 6 reuniones en el transcurso de 7 meses (Desde abril hasta noviembre de ese año). De diciembre de 2016 a abril de 2017 se hizo una pausa y evaluación del trabajo realizado y en el año 2017, ya con un rediseño, se hicieron un total de 14 reuniones en 6 meses (Desde abril hasta octubre de 2017).

Es en el año 2017 donde se da un gran avance del Sistema, donde se toman las principales decisiones, obtienen fondos de la cooperación internacional y se establece una matriz de trabajo y hoja de ruta.

4.- La importancia de la creación del Sistema en una norma con rango de Ley. 

Como ya lo he mencionado, el Sistema Nacional de Control y Vigilancia Forestal y de Fauna Silvestre se crea con la Ley N°29763, promulgada en el año 2011 pero vigente desde el 01 de octubre de 2015.

La creación del Sistema por una norma de nivel de una Ley le otorga una característica de estabilidad y de permanencia indefinida en el tiempo ya que cualquier cambio solo se puede hacer por el Congreso de la República de forma directa a través de una nueva Ley o de manera delegada al Poder Ejecutivo a través de un Decreto Legislativo con facultades delegadas por el Congreso. Al no estar creado por una norma de inferior jerarquía como un Decreto Supremo o una Resolución Ministerial, todo cambio en sus componentes y alcances requiere de un diálogo, consultas y debate. Esto le da los elementos de fortaleza, autonomía y continuidad propios de una implementación de reforma.

La Ley identifica a SERFOR como coordinador y responsable de su implementación al ser el ente rector en los temas forestales y de fauna silvestre. Como complemento, el Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI identifica que dentro de SERFOR quién debe asumir la coordinación del Sistema es la Dirección de Control de la Gestión del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre (DCGPFFS).

5.- Característica del Sistema.

EL Sistema (SNCVFFS) se identifica como un sistema funcional de acuerdo a la clasificación de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo (Ley N° 29158 promulgada el 20 de diciembre de 2007), que en su artículo 45 define a estos sistemas como aquellos que tienen por finalidad asegurar el cumplimiento de políticas públicas que requieren la participación de todas o varias entidades del Estado y que el El Poder Ejecutivo es responsable de reglamentar y operar los Sistemas Funcionales.

En este caso, el desarrollo sostenible y gestión ambiental así como el desarrollo agrario y rural identificadas como políticas públicas número 19 y 23 respectivamente dentro del Eje de Competitividad del país según el Acuerdo Nacional aprobado en el año 2002 (Véase http://acuerdonacional.pe/), se conviertan también en la orientación y base de la implementación del Sistema. Y esto es importante porque el enfoque no es de un Sistema estrictamente sancionador o represivo, sino de un Sistema que debe realizar funciones de control y vigilancia que permita, por un lado, realizar acciones de intervención de las autoridades ante hechos ilegales, pero por otro, también realizar acciones de prevención o de acompañamiento para que estos hechos no sucedan y permitan que esas acciones de control y vigilancia se incorporen dentro de la dinámica de crear valor a actividades privadas para mejorar la competitividad del país.

6.- Qué es y su objetivo.

En la reunión del Sistema realizada el 31 de mayo de 2017 se aprobó definir como “un sistema que forma parte del SINAFOR, que se encarga de optimizar la coordinación y apoyo entre instituciones del Estado, de distintos niveles de gobierno y sociedad civil para las acciones de control y vigilancia forestal y de fauna silvestre y que su objetivo sería articular, coordinar y orientar las acciones para el control y vigilancia de las actividades antrópicas (humanas) que amenacen o afecten el patrimonio forestal y de fauna silvestre; fortaleciendo las capacidades de los integrantes”.

Es decir, un sistema que se integra a otro sistema (El SINAFOR está regulado en la Ley Forestal y de Fauna Silvestre y es el sistema de gestión sostenible), que involucra a todo el Estado (Gobiernos multiniveles y sociedad civil) y que debe actuar ante eventos humanos y no de origen natural, que amenacen (prevención) o afecten (reacción), ampliando sus acciones no sólo en realizar actividades sino en fortalecer capacidades económicas, logísticas y de conocimiento de sus recursos humanos de todas las instituciones y sociedad civil que participa en el Sistema.

7.- Integrantes

La Ley establece que lo integran entidades del Poder Ejecutivo, un organismo autónomo constitucionalmente, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y sociedad civil. También la decisión de los integrantes del Sistema decidieron incorporar a otras instituciones estratégicas.

En lo que se refiere a las instituciones se consideran a 1o integrantes de alcance nacional, siendo las siguientes:

  1. Comando Conjunto de la Fuerzas Armadas (CCFFAA – Véase http://www.ccffaa.mil.pe/).- Asegura la presencia del Ejército, la Fuerza Aérea y la Marina de Guerra. Su competencia es en todo el territorio nacional.
  2. Dirección Nacional de Capitanías y Puertos (DICAPI – Véase https://www.dicapi.mil.pe/).- Autoridad de control y la vigilancia en los medios marítimo, fluvial y lacustre. Su competencia es en todos los medios antes mencionados en el territorio nacional.
  3. Ministerio Pública a través de la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental (FEMA – Véase https://portal.mpfn.gob.pe/fema/home.php).- Autoridad que defiende y de los intereses públicos tutelados por el estado de derecho. Su competencia es en todo el territorio nacional.
  4. Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA – Véase https://www.oefa.gob.pe/).- Autoridad de fiscalización ambiental en todo el territorio peruano.  Su competencia es en todo el territorio nacional.
  5. Policía Nacional del Perú a través de su División de Medio Ambiente (Véase http://www.dirmeambpnp.gob.pe/).- Autoridad  encargada del orden y la seguridad en toda la República. Su competencia es en todo el territorio nacional.
  6. Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR – Véase https://www.serfor.gob.pe/).- Autoridad encargada de gestionar el patrimonio forestal y de fauna silvestre y ejercer control y fiscalización administrativa sobre determinadas etapas de comercio. Su competencia en temas de gestión es en todo el territorio nacional y en temas de control lo es por actividades específicas (por ejemplo comercio internacional) pero también por territorios, siendo estos Ancash, Apurimac, Arequipa, Cajamarca, Callao, Cerro de Pasco, Cusco, Huancayo, Ica, Junín,   Lambayeque, Lima, Moquegua, Piura, Puno y Tacna.
  7. Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT – Véase http://www.sunat.gob.pe/aduanas.html).- Autoridad encargada de emitir las normas en materia tributaria interna y aduanera, además de la fiscalización de actividades de comercio. Su competencia es en todo el territorio nacional.
  8. Ministerio de Cultura (MINCUL – Véase http://cultura.gob.pe/interculturalidad).-  A través de su Vice Ministerio de Interculturalidad encargada de promover y garantizar el sentido de la igualdad social y el respeto a los derechos de los pueblos del país así como de vigilancia y fiscalización en los territorios donde se encuentran pueblos indígenas en situación de aislamiento y contacto inicial.
  9. Organismo de Supervisión de Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (OSINFOR – Véase https://www.osinfor.gob.pe/).- Supervisar y fiscalizar el aprovechamiento sostenible y la conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre, así como de los servicios ambientales provenientes del bosque otorgados por el Estado a través de diversas modalidades de aprovechamiento. Su competencia es en aquellos territorios dentro del territorio nacional donde fueron otorgadas las modalidades de aprovechamiento por el Estado y vinculadas a los planes aprobados.
  10. Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas (SERNANP – Véase http://www.sernanp.gob.pe/).- Autoridad encargada de dirigir y establecer los criterios técnicos y administrativos para la conservación de las Áreas Naturales Protegidas, así como de su control y vigilancia de estos territorios que se ubican en todo el territorio nacional.

Se precisa que las instituciones mencionadas del numeral 8 al 10, si bien no aparecen como actores principales en el texto del artículo 147 de la Ley, en la reunión del Sistema del 31 de mayo de 2017 por decisión unánime de los otros 7 integrantes, se toma la decisión de invitarlos a que incorporen como permanentes al ser instituciones con funciones estratégicas.

La Ley también señala que lo integran los Gobiernos Regionales y los gobiernos locales (municipios provinciales o distritales) que puedan verse involucrados en la protección de recursos naturales. Con relación a los Gobiernos Regionales con competencias transferidas en temas de gestión y control de los recursos naturales identificamos a nueve: Amazonas, Ayacucho, Huánuco, La Libertad, Loreto, Madre de Dios, Tumbes y Ucayali.

Si es importante mencionar que el control de recursos naturales se ejerce en cada ámbito territorial excepto en aquellos territorios que son competencia de otras autoridades como SERNANP (áreas naturales protegidas que se ubican dentro de cada región), OSINFOR (territorios que coinciden con el otorgamiento de una modalidad de aprovechamiento y siempre que esté vinculado a los planes de manejo y que se ubican en todo el territorio nacional) y Ministerio de Cultura (territorios de poblaciones en aislamiento o contacto inicial que se ubican en determinadas regiones). También los Gobiernos Regionales son competentes en temas de control dentro de sus territorios para algunas actividades comerciales vinculados a los recursos naturales que no sean competencia de otra autoridad como es el caso de la transformación de productos, comercialización o transporte.

La virtud del Sistema es que se incluye la participación de la sociedad civil y de otras autoridades regionales o locales; y como la Ley no coloca límites, se puede considerar como aliados civiles estratégicos (no pertenecientes al gobierno) a los regentes, concesionarios o titulares de títulos habilitantes y otros derechos, comunidades indígenas, organizaciones civiles no gubernamentales, cooperaciones internacionales, dueños de los centros de transformación, de las empresas de transporte, de los comercios autorizados entre otros que participan de una dinámica económica.

8.- Principios rectores, Objetivos principales y concepto básicos. 

Los principios rectores, que se encuentran en la Ley y en la Política Nacional de Ambiente y Política Forestal y de Fauna Silvestre son los siguientes:

  • Gobernanza: Que implica arrmonizar políticas y fortalecer institucionalidad, normas, procedimientos, herramientas e información, y la participación efectiva, descentralizada, integrada e informada de los diversos actores públicos y privados.
  • Enfoque intersectorial: La eficiente coordinación y cooperación intersectorial, interinstitucional e interdisciplinaria en todos los niveles de gobierno.

Los objetivos principales son los siguientes:

  • La lucha contra la deforestación y por lo tanto, contra todas la causas que la generan tales como la minería ilegal, el cambio de uso de tierras no autorizado, tala ilegal a gran escala, el retiro de cobertura de bosques o recursos naturales no autorizados, los incendios provocados, cultivos ilegales, ganadería, entre otros. En este caso se planteaba comenzar a diseñar para cada uno estrategias diferenciadas.
  • La lucha contra el tráfico ilegal de recursos de fauna silvestre y sus recursos genéticos, así como el comercio asociado.
  • La lucha contra el tráfico ilegal de recursos forestales maderables y sus recursos genéticos, así como el comercio asociado.
  • La lucha contra el tráfico ilegal de recursos forestales no maderables y sus recursos genéticos, así como el comercio asociado.

Y cuando mencionamos la palabra lucha, esta comprende 3 tipos: acciones preventivas, acciones de intervención o combate y acciones de sostenimiento de la acción realizada.

Las acciones preventivas estaban orientadas a desarrollar estrategias y actividades conjuntas para tener la capacidad de vigilar, prevenir y actuar de forma oportuna antes que el daño se produzca.

En las acciones de intervención o de combate estaban orientadas a desarrollar estrategias y actividades conjuntas para tener la capacidad de actuar de manera oportuna y rápida cuando el daño se está produciendo.

En las acciones de sostenimiento estaban orientadas a desarrollar estrategias y actividades conjuntas para tener la capacidad de que luego de haber intervenido por prevención ante la amenaza o por intervención ante el daño, sostener la situación para hasta que la amenaza desaparezca o el daño se revierta.

En conclusión, los conceptos básicos del Sistema se sustentan en:

  • Se involucra tanto en el patrimonio forestal y el de fauna silvestre. Ambos son de igual de importantes.
  • Orientado a realizar acciones de vigilancia (prevención y esto explica la unión con el Sistema Nacional de Información Forestal y de Fauna Silvestre) y control (intervención)
  • Orientado únicamente a intervenir cuando se producen actividades que contravienen o van a contravenir la normativa (lo ilegal) y siempre que el origen sea la humana (origen antrópico). Para afectaciones que tienen originen naturales (deslizamientos, inundaciones y otros existen otros Sistemas funcionales en el Estado Peruano).
  • Actuar sobre la base de los conceptos de articulación (que significa la construcción conjunta de actividades e ideas), la coordinación (clave para implementar políticas públicas y coincidir en objetivos, actividades, indicadores y cerrar las brechas de ausencia de control y vigilancia), el apoyo entre todos los que la integran, y el fortalecimiento de capacidades entre todos los que la integran.
  • Permitir la participación de autoridades del Estado así como de la sociedad civil (gobernanza en su sentido más amplio).

9.- Organización

Por acuerdo inicial, con cargo a desarrollar una norma que reglamente el Artículo 147 de la LFFS, la organización era la siguiente:

  • Mesa Nacional: Conformada por las 10 autoridades de alcance nacional y sus funcionarios también de alcance nacional.  En esta mesa se debe diseñar las estrategias nacionales de lucha contra la deforestación, tala ilegal (vinculado al recurso forestal madera), tráfico  ilegal de fauna silvestre y de recursos no maderables, así como de sus recursos genéticos. De igual manera, en este espacio era donde se debe alinear la planificación y los presupuestos así como canalizar las cooperaciones hacia las mesas regionales o locales.
  • Mesas regionales: Creada para cada territorio regional y conformada por los representantes de las 10 autoridades de alcance nacional en la región más el Gobierno Regional a través de la participación de los funcionarios competentes. En estas mesas regionales también se iban a invitar a otros actores estratégicos de cada región (por ejemplo otras autoridades de gobierno central con incidencia en esas zonas, comunidades indígenas, actores privados como por ejemplo bomberos para el caso de incendios, universidades, concesionarios. otros) para que participe en la implementación de estrategias regionales contra la deforestación, tráfico ilegal de recursos forestales y de fauna silvestre.
  • Mesas locales: Creada para cada territorio donde un municipio tenga alta incidencia de problemas con sus recursos naturales y conformada por los representantes de las 10 autoridades de alcance nacional, más el representante del Gobierno Regional más el represente del Gobierno Local (o Municipio). En estas mesas locales también se iban a invitar a otros actores estratégicos de cada región (por ejemplo otras autoridades de gobierno central con incidencia en esas zonas, comunidades indígenas, actores privados como por ejemplo bomberos para el caso de incendios, universidades, concesionarios, otros) para que participe en la implementación de estrategias locales contra la deforestación, tráfico ilegal de recursos forestales y de fauna silvestre.
  • Participación en espacios internacionales: Finalmente, este tipo de organización nacional tenía como finalidad, una vez consolidada, generar alianzas con otras autoridades o espacios de control y vigilancia forestal y de fauna silvestre de otros países, sean estos los países vecinos con lo que tenemos frontera, sean con aquellos que participan de la CITES, APEC u otros espacios internacionales.

Como se podrá ver, una organización simple pero basada en la gobernanza, que permita enfocarse en atender problemas puntuales y cuyo diseño ayudaba a mejorar una coordinación de autoridades y sociedad civil para cerrar brechas reales de ausencia de control y vigilancia, con capacidad de intervenir y de retroalimentarse con experiencias internas e internacionales.

10.- Alcance

Un detalle muy importante que no debe pasar desapercibido es que este sistema permite la unión del control y vigilancia del recurso natural con el ambiental. Así se explica la participación de al OEFA (Organismos de Evaluación y Fiscalización Ambiental) en el Sistema.

Esto quiere decir que no es que solamente el Sistema incorpore un enfoque de control y vigilancia en los recursos naturales (sea recursos forestales o de fauna silvestre) porque tanto una amenaza o afectación a estos implica una afectación al ambiente y como tal entendemos que se afecta a los ecosistemas, las fuentes de agua, el aire, el suelo, el clima y finalmente el planeta y sus condiciones de desarrollo.

Por eso es muy potente este sistema porque por primera vez en el Perú incorpora una mirada completa, holística y su diseño permite una gobernanza plena de actores, ideas y actividades.

11.- Estrategia

Las estrategias están pendientes de desarrollarse tanto por tema como por región y por actividades. La idea era hacer estrategias generales y específicas pero por sobre todo, todas ellas debían sustentarse en estas tres ideas:

  • Recibir información oportuna.
  • Detección de la amenaza o el daño.
  • Respuesta oportuna y coordinada.

12.- Conclusiones

A través del texto se ha ido mostrando que existe un diseño y se ha ido expresando muchas conclusiones pero la principal es que en el Perú si se ha hecho un esfuerzo serio y profesional para implementar un sistema de control y vigilancia del patrimonio forestal y de fauna silvestre con una mirada también de protección ambiental. Todo este avance se ha producido desde abril de 2016 hasta noviembre de 2017 y el avance ha sido bueno.

Hay muchas más cosas por comentar que forman parte de este Sistema pero se hará en otros artículos con la finalidad de que este no sea tan extenso. Sobre todo se ha quedado pendiente de comentar cómo todas esas herramientas de denuncias, información estadística e indicadores, puestos estratégicos, implementación de GPS, monitoreo de campo, y otros se estaban ya integrando al Sistema para ser compartido y usados por todos los que lo integran, así como por las mesas regionales y locales.

Si mencionar que la iniciativa del diseño de todo lo que Ustedes han podido leer es un trabajo en equipo entre autoridades y sociedad civil. Es una excelente experiencia de gestión pública y de implementación de políticas públicas y de que se puede planificar e implementar ideas y actividades. Lamentablemente este proceso no ha continuado porque por un lado, no existe el conocimiento de cómo hacerlo (las personas claves que quedaron en SERFOR luego de mi salida fueron retiradas de la institución), por otro lado no hay la voluntad de hacerlo de parte de algunas autoridades (solo algunas muestran compromiso real y evidenciado de querer hacerlo y han continuado); y por otro lado que siendo el reto tan grande, este no se quiere asumir de quien tiene la responsabilidad de ser los entes rectores en este tema.

Lamentablemente debo concluir que la información que uno va recibiendo de instituciones especializadas sobre este tema evidencian que el problema avanza sin solución y que los espacios de coordinación, y en especial el Sistema Nacional de Control y Vigilancia Forestal y de Fauna Silvestre (SNCVFFS), no están funcionando

Hasta noviembre de 2017 este era el avance (y mucho más que no consta en este texto) y esperemos que pronto esto se vuelva a reactivar. La hoja de ruta existe y el país (y el planeta) lo necesita.

Este diseño es perfectamente aplicable a otros países, siendo el pionero en su implementación el Perú.

Gracias por su amable atención.

 

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