BENEFICIOS SOCIALES PARA LAS MYPE

En el marco de la promoción de la competitividad, formalización y desarrollo de las MYPE, así como del empleo decente, se dieron a conocer los lineamientos que contienen las disposiciones para tales objetivos[1]. Entre estas, encontramos las consideraciones de clasificación de la micro y pequeña empresa, los beneficios tributarios, los instrumentos de promoción y el régimen laboral aplicable[2]. El objetivo es la formalización progresiva a las MYPE, ya que, si bien representan cerca del 42% del PBI y 37% de la PEA ocupada, también presentan bajos niveles de formalización: 27% respecto de la formalidad tributaria y 9.2% respecto de la laboral[3].

Destaca, en la iniciativa estatal, los esfuerzos por garantizar los beneficios sociales de los trabajadores. Así, por un lado, los trabajadores de la microempresa podrán acceder al Componente Semisubsidiado del Seguro Integral de Salud o al Régimen Contributivo de ESSALUD como en el caso de los trabajadores de la pequeña empresa[4]. Por otro lado, el Sistema de Pensiones Sociales permitirá que los trabajadores de la mircroempresa tengan cobertura pensionaria mediante el aporte de 4% de la Remuneración Mínima Vital, por parte del trabajador, que será complementado con el equivalente por parte del Estado. Se estima que ello implicaría una subvención anual de S/.500 millones.

Finalmente se deberá tener en cuenta, para el desembolso final, la inclusión de partidas necesarias que permitan que la infraestructura, en especial en el caso de salud, sea la adecuada a fin de brindar los beneficios que se garantizan.

Población Ocupada según estructura del mercado (2007)

Fuente: INEI – ENAHO 2007i -Enaho

[1] Fuente: portal del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
[2] Ver http://blog.pucp.edu.pe/item/8011 y http://blog.pucp.edu.pe/item/25451
[3] http://www.mypeperu.gob.pe/pro_tmp/estadistica_mype_2007.pdf
[4] En el primer caso el aporte se distribuye en 50% a cargo del empleador y 50% a cargo del Estado, mientras que en el segundo el empleador asume el íntegro de la contribución.

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Comentarios

  1. Cesar Butler escribió:

    La formalizacion de los trabajadores y el derecho de una pension de jubilacion y a los servicios de salud deben ser politica de estado. ASì como se prespuestan partidas del Tesoro Publico para la defensa Nacional, igualmente se deben destinar montos para la incorporacion de la masa trabajadora a los servicios mencionados.Esos aportes deben ser administrados por una entidad financiera sin fines de lucro como el Banco de la Nacion donde sus trabajadores no significan una carga el gasto corriente por los bajos sueldos que perciben. En cambio si fuera administrado en una entidad como la ONP el dinero de los aportantes se diluye en el gasto corriente que incluyen gastos operativos de alto costo por la alta butocracia, los puestos politicos, la corruptela generalizada, los pagos a los abogados asesores que se encargan de "matar" o "eliminar" a los futuros pensionistas con argucias y mil trampas. Es decir la ONP es una desgracia total. El Banco de la Nacion por el prestigio y experiencia que tiene a traves de algun organo especailizado puede asumir el control de los futuros fondos pensionarios. Piensenlo bien.

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