Ceplan: Un nuevo reto será prepararnos para el envejecimiento poblacional

Al año 2021, el Perú tendría el 27% de su población entre 0 y 14 años, el 67% entre 15 y 59 años, mientras que el 11% tendría de 60 a más años.

El peruano promedio vivirá 82.2 años en el 2050, según el Ceplan.

El peruano promedio vivirá 82.2 años en el 2050, según el Ceplan.

El Perú y el mundo afrontan un proceso de envejecimiento de su población, por lo que existe la necesidad de establecer políticas públicas para atender el problema y es vital estar preparados para lo que ocurrirá en el mediano y largo plazo, dijo el presidente del Centro Nacional de planeamiento Estratégico (Ceplan), Víctor Vargas.

Según datos del INEI de junio del 2015, la población peruana es de 31 millones 175 mil habitantes.

De este total, la población adulta mayor, es decir personas de 60 años a más, representan el 9.83%, es decir más de tres millones personas. Para el 2030 esta participación se incrementará a 14.62%, con lo que la población adulta mayor será de 5 millones 260 mil personas, siendo el 53.44% de este valor correspondiente a la población femenina.

Asimismo, los estudios de las Naciones Unidas señalan que cada segundo dos personas cumplen 60 años en el mundo, es decir, anualmente cerca de 58 millones de personas; además, actualmente una de cada nueve personas tiene 60 o más años de edad, igualmente, las proyecciones señalan que la proporción será una de cada cinco personas hacia 2050.

En el 2014, dos de cada tres personas mayores de 60 años vivían en las regiones menos desarrolladas y para el 2050 se proyecta que aumentará a cuatro de cada cinco.

Según el titular del Ceplan, bajo esta perspectiva la radiografía del Perú hacia el 2021 revelaría una población que habrá superado los 33 millones de peruanos, un incremento cercano a los dos millones de personas con respecto al año 2015.

En términos de la distribución por edades al año 2021, el 27% de la población tendría entre 0 y 14 años, el 67% entre 15 y 59 años, mientras que el 11% tendría de 60 a más años.

Considerando a los principales países de Latinoamérica, en términos de población, se observa que el país que cuenta con la mayor proporción de adultos mayores, de 60 años a más, es Uruguay con 19.1%.

Este país cuenta con casi el 20% de su población en esta categoría. En segundo lugar se encuentra Argentina, con 15.5 , y en tercer lugar Chile con 15.1. El Perú cuenta con 9.8% de su población en esta grupo, ubicándose así por debajo del promedio de los países considerados, 11.62%.

Hacia el 2021, Uruguay seguirá siendo el país de la región que cuente con más población entre 60 años a más, incrementándose de 19.1% en 2015 a 20.4% en 2021. En segundo lugar ya no se encontrará Argentina, 16.6%, sino Chile, 18.3%. El Perú seguirá ubicándose por debajo del promedio, 13.38%, con 11.4% de su población en esta categoría.

Las estimaciones del Ceplan también indican que la población en el mundo cada vez vivirá más años. Así se prevé que hacia el 2050, el peruano promedio pase de vivir 74.8 años en el 2015, a vivir 82.2 años en el 2050.

A nivel de Latinoamérica se observará que hacia el 2050 las personas que en promedio vivirán más se encontrarán en Chile con 84 años de esperanza de vida, luego en Uruguay con 82.7 años y finalmente en Perú con 82.2 años.

Vargas puntualizó que como parte del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN), elaborado por el Ceplan y a puertas de aprobarse, existen lineamientos de política para alcanzar un desarrollo armónico del país.

“El PEDN considera como ejes estratégicos los relacionados a los Derechos Humanos e inclusión social, y las oportunidades y acceso a los servicios en los que se incluye a los adultos mayores. Pero también existe la necesidad de concientizar a la población en generar una cultura individual de mayor ahorro para su vejez”, dijo.

En: gestion

Ver: Población peruana al 2050: Una de cada cuatro personas será adulto mayor

Ley Nº 30237- Ley que deroga el aporte obligatorio de los trabajadores independientes pero no se dice cómo ni cuándo serán las devoluciones

La Ley Nº 30237 publicada el día 17 de setiembre de 2014 en el Diario Oficial “El Peruano” dispuso la derogación de los artículos 8 y 9 de la Ley Nº 29903, Ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones y la Ley Nº 30082, Ley que modifica la Ley Nº 29903, Ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones, restableciendo el aporte libre y voluntario de los trabajadores independientes.

Los aportes previsionales obligatorios que se cobraron en cumplimiento de las normas materia de derogación podrán ser devueltos o ser considerados para el reconocimiento del cálculo de la pensión a elección del trabajador independiente.

Acerca de esta devolución la norma no señala la forma ni el plazo dentro del cual podrán ser devueltos dichos aportes. Ahora todo parece estar en la cancha de la Superintendencia de Banca y Seguros – SBS y la Oficina de Normalización Previsional – ONP.

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En: Normas Legales

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Retrasar la jubilación reduce riesgo de Alzheimer

Siempre he considerado que mantener la mente y actividad al 100% en la persona cualquiera sea su edad, ayuda a mantenerla ocupada y por ende lúcida, ello crea nuevas redes neuronales y aumenta las capacidades cognitivas y físicas de modo que contribuye a una mejor calidad de vida, especialmente en el grupo de personas mayores de 60 años. Entonces, mantenerlos activos es un buen ejercicio.

Inclusive creo que este grupo etáneo debería seguir desarrollándose en el aspecto sexual por lo que no sólo es alentar el intelecto, sino también la fuerza física y la libido que en buena cuenta cerraría un círculo perfecto, pues un buen sexo no sólo es prerrogativa de las personas jóvenes.

Cambiemos nuestra perspectiva sobre la vejez, no veamos esta condición como un obstáculo, no dejemos a nuestros padres en asilos, veamos a los adultos mayores como una oportunidad para adquirir conocimiento, de cualquier tipo, pero conocimiento al fin y al cabo. Cambiemos nuestro chip con ellos.

Este estudio, que se realizó con 429 mil personas, concluyó que cada año adicional de trabajo después de cumplir los 60 años reduciría casi un 3 por ciento el riesgo de padecer esa enfermedad cerebral irreversible y progresiva.

París.- La frecuencia del Alzheimer podría ser menor y su riesgo se reduciría si se retrasa la jubilación, reveló un estudio realizado por científicos en Dinamarca.

Aunque aún no existe un tratamiento eficaz para tratar o retrasar el Alzheimer, las investigaciones arrojan algunas luces de esperanza.

Los estudios apuntan a que aplazar la fecha de jubilación contribuiría a retrasar el Alzheimer.

La conclusión fue obtenida por el Instituto francés de la Salud y la Investigación Médica (Inserm), cuyos resultados preliminares fueron presentados esta semana en Boston, en el noreste de Estados Unidos, durante la Conferencia de la Asociación Internacional del Alzheimer.

Este estudio, que se realizó con 429 mil personas, concluyó que cada año adicional de trabajo después de cumplir los 60 años reduciría casi un 3 por ciento el riesgo de padecer esa enfermedad cerebral irreversible y progresiva, que destruye paulatinamente la memoria y las habilidades cognitivas.

“Nuestros datos demuestran que una edad tardía de jubilación está asociada a una disminución altamente significativa del riesgo de demencia”, subrayó Carole Dufouil, quien dirigió el estudio del Inserm.

Anteriores investigaciones epidemiológicas demostraron que personas que tienen un nivel alto de estudios o actividades estimulantes en el plano cognitivo tienen menos riesgo de desarrollar la enfermedad.

“La hipótesis evocada con más frecuencia es que los estímulos (intelectuales) contribuirían a preservar la reserva cognitiva, retrasando así las consecuencias clínicas de anomalías cerebrales”, explicó la investigadora francesa.

Más allá de la estimulación cognitiva, la actividad profesional permite mantener una red social, factor también asociado por ciertos estudios a “un menor riesgo de demencia”, señaló la investigadora.

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En: Europress

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Trabajadores independientes menores de 40 años tendrán que aportar a AFP

Empresas les descontarán un 5% de sus ingresos si no superan los S/.1.125 al mes hasta el 2014 y un 10% si son mayores, para pagarlo a una AFP

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Para seguir con la reforma del Sistema Privado de Pensiones (SPP), el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó hoy el reglamento de la Ley 29903 que, en la práctica, obligará a los trabajadores independientes que tengan menos de 40 años a aportar un porcentaje de su sueldo mensual a una AFP.

Hasta ahora, las empresas solo estaban obligadas a descontar un 10% del sueldo de los trabajadores que tenían una relación de dependencia laboral con ellos (quinta categoría), pero ahora deberán retener un porcentaje de los pagos que realice también a los trabajadores independientes que perciban renta de cuarta categoría (que emiten recibos por honorarios) y cuarta-quinta categoría. Como explica Percy Alache, abogado de Miranda & Amado Abogados, estos últimos son aquellos que prestan servicios de manera independiente, pero la empresa define el lugar y horario en donde se realizan los servicios.

DESCUENTOS ESCALONADOS
De acuerdo con el reglamento, cuando los ingresos mensuales no sean mayores de una Remuneración Mínima Vital (RMV) y media, o S/.1.125 con la actual RMV de S/.750, se les descontará un 5% hasta el 2014. Este porcentaje se incrementará a 8% en el 2015 y llegará a 10% a partir del 2016.

En el caso de los trabajadores que ganan más de S/.1.125 al mes, el descuento será de 10% al mes, de acuerdo a lo señalado por la Ley 29903.

Cabe destacar que los trabajadores independientes que no superen los 40 años en la fecha de entrada de vigencia de la Ley 29903 (1 de agosto) no tendrán que aportar obligatoriamente. Sin embargo, si han realizado aportes a alguna AFP antes de la vigencia de la ley, estos serán reconocidos para el cálculo de su pensión de jubilación, invalidez y sobrevivencia.

Asimismo, quedan excluidos como trabajadores independientes aquellos que presten servicios y generen rentas de trabajo de manera dependiente e independiente en un mismo periodo, agregó Alache.

EL PROCEDIMIENTO
Aquellos incluidos entre los nuevos obligados deberán entregar a la empresa para que laboran de manera independiente una copia del documento que acredite su afiliación a una AFP en el momento en que emiten su recibo por honorarios.

Asimismo, estos nuevos afiliados deberán regularizar cada mes la declaración y el pago del aporte obligatorio cuando sus ingresos mensuales sean inferiores a una RMV, cuando perciba ingresos de empresas que no sean agentes de retención y cuando se le hubiese retenido una tasa menor a la que le corresponde.

De acuerdo con el ministro de Economía, Luis Miguel Castilla, este cambio beneficiará a 1,9 millones de trabajadores independientes y de las microempresas, quienes contarían con un ahorro previsional para el futuro.

POR DEFINIR
Lo que el reglamento publicado hoy aún no define es a qué AFP ingresarán los nuevos afiliados y qué tipo de comisión se les aplicará a los trabajadores independientes que ya estaban afiliados a una AFP y/o realizaban aportes voluntarios a la misma, señaló Alache.

Como se recuerda, los trabajadores dependientes que ingresaron al sistema privado de pensiones antes del 2013, actualmente pueden elegir si quedarse en el esquema de comisión por flujo o migrar al de saldo. A los nuevos ingresantes se les cobrará de todas maneras la comisión por saldo e ingresarán a AFP Hábitat, la chilena que ganó la subasta de afiliados que se realizó el año pasado.

En: Elcomercio

Ver: Ley de Reforma del Sistema Privado Pensiones – Ley Nº 29903

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