Deudores de reparación civil no podrán postular en elecciones

Ley publicada también impide a esas personas ejercer cargos públicos. Registro de deudores estará a cargo del Poder Judicial

Las personas que figuren en el Redereci tampoco podrán ejercer función pública, cargos o ser empleados en el aparato público. (Foto: El Comercio)

Las personas que figuren en el Redereci tampoco podrán ejercer función pública, cargos o ser empleados en el aparato público. (Foto: El Comercio)

Martín Hidalgo Bustamante Periodista
@martinhidalgo

Hoy fue publicada una ley que impide postular en elecciones o ejercer cargos públicos a los ciudadanos que deban reparaciones civiles al Estado o a terceros. La norma fue elaborada por el Congreso de la República.

Con la Ley 3035, que aparece hoy en el diario oficial “El Peruano”, se crea el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles (Redereci), donde se identificará a todos los deudores. El procedimiento estará a cargo del Poder Judicial.

El decreto precisa que en el Redereci debe haber información actualizada de quienes incumplan con cancelar el íntegro de las reparaciones civiles dictadas en sentencias con calidad de cosa juzgada.

Previamente, los deudores serán requeridos por el órgano competente para que efectúen el pago de las reparaciones civiles en un plazo de 10 días hábiles. De no ser así, inmediatamente serán incluidos en el registro.

Las personas que figuren en el Redereci tampoco podrán ejercer función o cargo público ni ser empleadas en el sector público. Además, estarán impedidas de contratar con el Estado o postular a cargos de elección popular.

La única forma de ser borrado del registro es el pago del total de la reparación civil. El Poder Judicial debe remitir mensualmente a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) un listado de los deudores para que sean incluidos en su central de riesgo.

La norma concede al Ejecutivo en un plazo de 70 días hábiles para su reglamentación. Una vez que esta ley entre en vigencia, los deudores que laboran para el Estado tendrán 15 días hábiles para suscribir un convenio de pago que autorice el descuento de sus remuneraciones para amortizar el pago.

Lo mismo sucederá en las empresas que contratan para el Estado, a las cuales se les retendrá un porcentaje del dinero que les corresponde recibir a cuenta del cobro de la reparación civil.

En: elcomercio