Supuestos de ingreso a la carrera durante el proceso de implementación del nuevo régimen del servicio civil

Ingreso de personal para el nuevo servicio civil peruano. Imagen en: http://diariodepontevedra.galiciae.com/sites/default/files/styles/633x370/public/imagenes/2015/PON2908P8F1.JPG?itok=FH9i9Qge

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Durante el proceso de implementación del nuevo régimen del servicio civil, se ingresa al servicio civil de carrera, en los siguientes supuestos:

a) Cuando un servidor bajo los regímenes de los Decretos Legislativos 276, 728 y 1057, siempre y cuando tenga contrato con una entidad pública o haya tenido contrato vigente al 4 de julio de 2013 o en una fecha posterior, ingrese por concurso de traslado a cubrir una vacante en cualquier nivel de una familia de puestos de Servidores civiles de carrera.

b) Cuando una persona ingresa por concurso público de méritos abierto convocado para un 10% de los puestos, a cubrir una vacante en cualquier nivel de una familia de puestos de Servidores civiles de carrera.

c) Cuando una persona ingresa a través de un concurso público de méritos abierto a un puesto para el que se haya realizado el concurso de traslado y este haya sido declarado desierto.

Estatales tendrán depósitos semestrales de CTS

El Congreso de la República aprobó la norma que otorga a los empleados públicos los mismos beneficios que los privados.

El Pleno del Congreso aprobó por insistencia la ley que otorga a los trabajadores del sector púbico el derecho a tener un depósito semestral de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) como ocurre con los servidores de la actividad privada.

PUEDES VER: Todo lo que debes saber sobre la gratificación por Navidad

La norma, que beneficiaría a unos 70 mil empleados del régimen 728 y a otros 30 mil del Servicio Civil, fue resuelta con 67 votos de los 68 congresistas presentes, tras un breve debate. Se requería de 66 votos para confirmarla por insistencia.

Como se sabe, la ley fue aprobada en octubre pasado y consiste en la modificación del artículo 2 del texto sustitutorio único ordenado del decreto legislativo 650, o mejor conocida como la Ley de la CTS. Se rompía así una desigualdad entre los servidores públicos que cumplen una función igual en la actividad privada.

Casi un mes después el Ejecutivo, como ha ocurrido con otras normas, observó la autógrafa de ley argumentando que implicaría un excesivo incremento en el gasto fiscal y porque el actual sistema, en que la CTS se paga solo al final de la relación laboral, no es inconstitucional ni discriminatorio.

En: larepublica

Estatales bajo régimen privado también dispondrán libremente de su CTS al igual que los del sector privado

Imagen en: http://aulacontable-paccelly.blogspot.com/2011/11/compensacion-por-tiempo-de-servicios.html

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Con el voto unánime de 73 parlamentarios el Pleno del Congreso de la República aprobó este jueves 15 un dictamen de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social a fin de regular la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) de los trabajadores de la administración pública sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728 y el régimen del Servicio Civil.

Con el voto unánime de 73 parlamentarios el Pleno del Congreso de la República aprobó este jueves 15 un dictamen de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social a fin de regular la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) de los trabajadores de la administración pública sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728 y el régimen del Servicio Civil.

Ante una nueva consulta, la Representación Nacional acordó exonerar el dictamen de una segunda votación. Fue por 74 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención.

El dictamen correspondiente estuvo basado en proyectos de ley presentados por varios legisladores y fue emitido por unanimidad en la respectiva Comisión. Se busca que los servidores estatales puedan disponer libremente de su dinero generado a lo largo de años de servicio y que, por ejemplo, puedan destinarlos a cuentas de ahorro en entidades financieras de su preferencia.

Conforme a un texto sustitutorio presentado poco después de las 11:00 horas por el presidente de la Comisión, se modifica el artículo 2º del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 650, respecto de la CTS. Se dice, entre otras cosas, que la CTS se brinda desde el primer mes de iniciado el vínculo laboral. Asimismo, el dinero será depositado en la entidad financiera que sea elegida por el trabajador. Esta medida tendrá carácter obligatorio, según la propuesta de ley.

El congresista Rolando Reátegui Flores (FP) sustentó el dictamen en su calidad de presidente de la Comisión dictaminadora. Dijo que se busca que los trabajadores públicos (84 mil a nivel nacional) puedan disponer de su dinero y depositarlo en la entidad financiera de su preferencia. Añadió que se trata de reconocerles derechos similares a aquellos de los que gozan los trabajadores del sector privado.

“De ese modo no habrá discriminación alguna y los trabajadores públicos también gozarán de respeto en cuanto a sus derechos a la propiedad, entre otras”, expresó el legislador. Destacó que la propuesta, aprobada por unanimidad en la Comisión, cuenta con opiniones favorables de organismos vinculados al tema, a excepción del Ministerio de Economía y Finanzas y Servir. Subrayó que esa actitud es injusta porque se trata del propio dinero de los trabajadores.

Luis Galarreta Velarde (PPC-APP) saludó la propuesta, e hizo notar que fue aprobado hace ya mucho tiempo y era necesario debatirlo. Alertó sobre lo que llamó ‘robo’ del Estado al trabajador público al hacer caja con el dinero del propio servidor y negarle derechos consagrados por ley.

El legislador Martín Belaunde Moreyra (SN) formuló apreciaciones y solicitó que se hiciera mayores precisiones en cuanto al texto de la iniciativa. Javier Velásquez Quesquén (CP) expresó su apoyo al dictamen y luego analizó y criticó las objeciones y opiniones desfavorables del MEF y Servir respecto de los derechos de los trabajadores. Calificó esas posiciones de “inconsistentes”. Precisó que no era verdad que el Estado pierde con ese reconocimiento a los derechos de los estatales.

El congresista Justiniano Apaza Ordóñez (DD) respaldó la propuesta y rechazó la discriminación de que eran objeto los servidores estatales, pues no gozan de medidas como el depósito semestral de su CTS, al igual que se hace con los trabajadores del sector privado.

De “oportuno” calificó el proyecto la congresista Natalie Condori Jahuira (DD). Cifró esperanzas en que fuese aprobado por unanimidad toda vez que era una medida aguardada hace tiempo por las centrales laborales del país. Dijo que se debe aprobar una medida a favor de los trabajadores estatales, pues así también se contribuirá a que sean más eficaces en sus labores de servicio al público. Saludó que el tema fuera colocado como primer punto de la agenda para el Pleno de la fecha.

También intervinieron en favor de la propuesta Jaime Delgado Zegarra (DD), Carlos Tubino Arias Schreiber (FP), Johnny Cárdenas Cerrón, Rubén Condori Cusi (NGP), toda vez que la proyectada norma entrañaba una medida de seguridad ante el desempleo y eliminaba un trato desigual a los servidores del Estado, respecto de los del sector privado.

La sesión matutina comenzó a las 10:57 horas, con la presencia de 63 legisladores en el hemiciclo. El quórum para efectuarla es de 58 parlamentarios.

Al inicio de la asamblea, a solicitud expresa del legislador Elías Rodríguez Zavaleta (CP), se guardó un minuto de silencio en memoria del recientemente fallecido exparlamentario Víctor Raúl Lozano Ibáñez, del departamento de La Libertad.

Igualmente, a pedido del presidente Luis Iberico Núñez, se guardó un minuto de silencio en memoria de Jorge Otárola Peñaranda, hermano del congresista y extitular del Poder Legislativo, Fredy Otárola Peñaranda (NGP).

NUEVO DISTRITO

De otro lado, fue aprobado un proyecto de ley cuyo dictamen fue emitido por la Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y Modernización de la Gestión del Estado, por el cual se propone crear el distrito de La Morada, en la provincia de Marañón, departamento de Huánuco.

El dictamen, cuyo proyecto fue presentado por el Poder Ejecutivo, contó con el inmediato apoyo de las legisladoras Carmen Omonte Durand (PP) y Luisa Cuculiza Torre (FP), ambas del departamento de Huánuco. También se sumó en apoyo Rosa Mavila León (AP-FA), después de que fuera sustentado por la legisladora Verónika Mendoza Frisch (AP-FA), titular de la Comisión dictaminadora.

La parlamentaria dijo que se aspira, entre otras cosas, a que haya una mayor presencia del Estado en esa jurisdicción. Igualmente, se señaló que era necesario proteger a la población frente a las nefastas actividades del narcotráfico.

La propuesta de ley fue aprobada por unanimidad (73 votos a favor). Se la exoneró de segunda votación por unanimidad (77 votos).

En: prensa congreso de la republica del peru

Tips para sobrevivir en el ámbito de un gobierno regional o local a inicios de año (o Nueva gestión para el alcalde, trabajador municipal y vecino)

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“Pero no puede llamarse virtud, el asesinar a sus ciudadanos, traicionar a los amigos, no tener palabra, ni piedad, ni religión; estos medios harán ganar poder pero no gloria.”: Si usted esta rabiando en este momento podría ser, en parte, por el aporte de Nicolás Maquiavelo

Observo en los medios de comunicación las noticias sobre el actual proceso de transición que se está produciendo en el ámbito de los gobiernos regionales y locales, y considero que conviene ofrecer algunos desinteresados tips a usted, señor servidor civil CAS, locador de servicios, nuevo y casto alcalde, virginal presidente regional, proveedor del Estado o sufrido vecino:

Primeros días del mes de enero, cada cuatro años:

1. Deje las diferencias políticas en el pasado, ello puede definir su futuro laboral a comienzos del próximo año. Puede empezar a dar todo su esfuerzo o simplemente sacar la franela a mediados del año final de la gestión.

2. Quizás la adenda del contrato CAS por el que le renovaron para el siguiente año ya no sirva, ya que a espaldas suyas la comisión de transferencia pactó con el nuevo alcalde que “no se debe comprometer presupuesto para el siguiente año”.

3. En caso no lo dejen ingresar a su trabajo, solo por si acaso, lleve con usted un megáfono, cámara de video, plumones y cartulinas, cruz gigante, etc. Use vuvuzela si lo considera necesario. Hágase escuchar.

4. Si usted se exaspera con facilidad no olvide llevar, además, su agua de azahar, alcohol o tranquilizantes, etc. Que no le falte el aire, esté siempre preparado.

5. Si es locador, orden de servicio, servicios no personales (SNP) o servicios por terceros (y chambeó como permanente y para colmo horas extra), por desgracia usted ya fue. Ni derecho a certificado de trabajo tiene (solo constancia de servicios). No insista.

6. Generalmente los aguinaldos o gratificaciones no son pagados en el ámbito local porque se financian con el exiguo presupuesto municipal, (En el lenguaje de las áreas de Administración, Finanzas y Contabilidad esto se traduce como “no nos alcanza pues hermanito”). En este caso el brazo de la Ley es largo, el del MEF no.

7. En el ámbito de gobiernos locales muy pequeños nunca se lleve mal con el personal de limpieza, probablemente el también ejerce las funciones de gerente municipal. La vida te da sorpresas.

8. Ciudadano de a pie: Sea mas cauteloso cuando camine por la calle en estos primeros meses. No se confíe solo por pararse cerca a una cámara de seguridad. Probablemente esté desconectada por falta de pago al concesionario o ha sido adquirida tras un arduo proceso de selección y un oneroso pago al postor que obtuvo la Buena Pro (Ver: Fake Security Cameras a USD $ 14.97).

9. Si es asaltado no grite por ayuda. Es muy posible que por la falta de agentes de serenazgo, mas rateros vayan a ayudar a los maleantes que lo estan bolsiqueando.

10. Probablemente el choro que lo esta cogoteando haya sido sereno antes (por Locación o CAS). Si tiene el Know how pero no estabilidad laboral, entonces aprovechará muy bien la “capacitación” ofrecida por el municipio y la PNP.

11. Si usted es ex alcalde, desarme o borre cualquier evidencia de espacios del palacio municipal donde armó tremendas juergazas. Ver: Los Olivos: alcalde halla condones en “discoteca” en Palacio de la Juventud

12. Vecino: No produzca mucha basura entre la fecha de las elecciones municipales y el 6 de enero. La ira del ex alcalde es muy hedionda. Vea: Alcaldes no reelectos abandonan en venganza sus distritos. Dura Ley contra Alcaldes-Basura

13. Si no le renovaron su contrato, llame a la prensa, haga escándalo. Puede llevar una cruz tamaño personal, cadenas, candados (Yale o Forte preferentemente de acero, no de aluminio) o jeringas hipodérmicas. Sea efectivo.

14. Si demoran en liquidarlo o pagarle sus beneficios, llame a la prensa, haga escándalo. Se aceptan las herramientas de disuasión señaladas en el punto anterior.

15. Nunca vaya con la expectativa de encontrar una oficina limpia o con mobiliario en buen estado como parte de su nueva gestión municipal. Encontrará CDs rayados, diskettes, libros inútiles, etc. Colóquese en la peor situación.

16. Los que juran con el puño izquierdo hacia arriba lo hacen solo por pose. No se escandalice, ya es una ideología obsoleta. La polémica juramentación del regidor de Diálogo Vecinal Hernán Núñez.

17. Dígale a su secretaria que disperse a esos que están formando cola frente a la puerta de su oficina con sobre manila bajo el brazo. Empiece a delegar funciones.

18. Desafortunadamente, los certificados, medallas, reconocimientos, diplomas, etc que le hayan otorgado en la gestión anterior por haber expuesto su integridad física o hasta su vida, no le serán de utilidad en la nueva gestión. El Estado es ingrato, NUNCA espere nada de el.

19. Si es Alcalde o gerente nuevo, coordine con su amigo de la Marina de Guerra para que realice el respectivo “barrido” en su despacho.

20. Intente formar su propio partido político, haga mancha, sea más gregario, vea la posibilidad de unirse a otro grupo político para tomar el poder dentro de 4 años. Pero que el revanchismo no se propague en su existencia, trate de hacer buena política.

21. No se preocupe, nunca encontrará vacías las arcas fiscales. Sea optimista. Áncash: Alcalde de Samanco halló solo S/.0.10 céntimos en la caja chica

22. Es muy comprensible que sus ex compañeros (esos con quienes compartía su horas de almuerzo, sus conversaciones o se sentaron a su lado) no lo reconozcan mientras ingresan a trabajar y usted no. No se sorprenda.

23. Aunque no lo crea, el presupuesto es más sagrado que la biblia para los de área de Administración. Igual, usted mantenga su fe ante cualquier problema con ellos.

24. El contrato CAS es casi todo lo que usted se pueda imaginar: CASi beneficios (y solo si te vas), CASi Compensación por Tiempo de Servicios (solo un pago de vacaciones no gozadas y truncas), CASi despido (con el eufemismo “no renovación”), CASi licencias (si es mujer, ni se embarace en el CAS), CASi estabilidad (no sea cándido). En conclusión: “CASi trabajador”.

25. Ingrese al local municipal con casco. Coordine previamente con Defensa Civil, los bomberos, o el SAMU. Vea: Techo del municipio de Villa María del Triunfo cae sobre alcalde y dos funcionarios

26. Nunca hay un mal momento o lugar para juramentar como regidor (hasta una sala de partos es adecuada). ¿No cree? Lea: Regidora de Nuevo Imperial juró al cargo en sala de partos

27. Para el nuevo jefe de Recursos Humanos usted (que trabajó en la anterior gestión) es peor que el anticristo. Es más, usted esta infectado con el ébola. Entiéndalo.

28. No silbe o le haga piropos a la nueva regidora transexual de su comuna. No sea tan tarado e irrespetuoso. Lea:  Juramenta primera regidora transexual del Perú.

29. Es usted CAS: No, nadie lo estará esperando en la entrada del gobierno local o regional con una sonrisa y los brazos abiertos. No sea iluso.

30. Si usted fue contratista o proveedor de la gestión anterior y gana un concurso público hecho por la nueva gestión, prepárese para una nulidad. Sí, es un apestado.

31. Si el gobierno local o regional le tiene una deuda pendiente: También vaya preparándose para cobrar algún adeudo dentro de 3 años. Sea planificador y siempre con fe.

32. Verifique en su orden de servicios si SNP significa “Servicios No Personales” (locación de servicios) o solo quiere decir “Sin Ninguna Protección”. Lea atentamente su contrato, así como si le estuviera cediendo su alma a Don Satanás.

33. Si es mamífero no humano tampoco crea que se salva. Los despidos son a todo nivel: “Negrito”, la mascota de Emilima, fue echado por gestión de Luis Castañeda Lossio

34. Si no le gusta La Tinka, los juegos de azar o nunca fue timbero mejor no postule para alcalde: Cusco: Alcaldía del distrito de Quehue se definirá por sorteo , Perú: eligen alcalde con un una moneda por empate en elección

35. El actual sistema de remuneraciones es un caos. Por ello:

– Si usted pertenece al régimen laboral privado contemplado para el sector público (¿?) tiene todos los derechos que cualquier trabajo decente contempla. Siéntase bendecido.

– Si usted es CAS, tiene 2 opciones: aprovéchelo si le pagan muy bien, y si no, trate de salir de ahí.

– Si pertenece a la carrera administrativa (los 276 de Alan I, el orgulloso) usted esta condenado a desaparecer por el meteorito de la Ley Servir (pero solo si usted quiere…¿?!).

– Por último, si usted es locador, se puede ir para arriba a corto plazo con unos súperpagos de mas de S/. 10,000 Nuevos Soles mensuales, ¡felicidades!, pero a largo plazo se fregó porque cuando esté viejito seguramente estará vendiendo caramelos a falta de una pensión.

36. Pero no se preocupe porque si tiene un hermano, padrino o conocido en el poder usted puede acceder a un puesto temporal jugosamente remunerado y ser el preferido del jefe. Al final la vara le resolverá muchos de los obstáculos y contratiempos que enfrenta la gente que hace las cosas correctamente.

Pronto mas tips…

MEF espera que régimen especial inserte a 500,000 jóvenes al mercado laboral

El Gobierno espera que el nuevo régimen especial de trabajo inserte a 500,000 jóvenes al mercado laboral, lo que permitirá reactivar la economía del país, estimó el ministro de Economía y Finanzas, Alonso Segura.

Esta propuesta, orientada a jóvenes cuyas edades fluctúen entre 18 y 24 años, es uno de los componentes del cuarto paquete de medidas dadas a conocer por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y que serán enviadas al Congreso de la República para su aprobación.

Explicó que lo que propone el Ejecutivo es otorgar un beneficio tributario a aquellas empresas que destinen hasta el 2 por ciento de sus planillas para la capacitación de los jóvenes entre 18 y 24 años.

Asimismo, propone subsidiar a la micro y pequeña empresa (mype) el costo de la seguridad laboral de sus trabajadores menores de 24 años, durante el primer año.

“La medida es exclusiva para jóvenes que han terminado la secundaria y nunca han tenido un empleo formal ni han sido parte de una planilla electrónica, o para los jóvenes que han participado del programa y llevan un tiempo desempleados”, aclaró.

Indicó que este es un programa que tiene una vida temporal de cinco años y que una vez finalizado el tiempo el joven ya insertado deberá migrar a los regímenes laborales existentes.

Asimismo, precisó que los contratos no deben exceder los tres años, pues la idea es que el joven mejore su empleabilidad con la experiencia laboral adquirida.

“El objetivo es reducir el desempleo en este rango de edad, el cual en la actualidad supera el 9 por ciento, nivel superior al promedio total”, anotó.

Dijo que con este programa el Gobierno ha seguido una práctica internacional, pues estos regímenes especiales ya han tenido éxito en Chile y México.

(FIN) RGP/AQR
GRM

En: andina

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Ley Nº 30057: ¿Cómo es el tránsito de los actuales servidores del Estado al nuevo régimen del servicio civil?

SERVIR emite la Resolución de inicio del proceso de implementación cuando la entidad pública que solicita su tránsito al nuevo régimen del servicio civil demuestra un nivel de avance significativo en el cumplimiento de las fases previstas en los Lineamientos para la Tránsito de una entidad pública al Régimen del Servicio Civil, aprobados por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 160-2013-SERVIR/PE.

La implementación del régimen previsto en la Ley Nº 30057 se realiza por entidades públicas , a partir de criterios de composición de los regímenes al interior de las entidades, naturaleza de las funciones de la entidad, nivel de gobierno, presupuesto y las prioridades del Estado.

El Concurso Público de Méritos para el Traslado consiste en una versión simplificada de las disposiciones procedimentales contempladas en el Título III del Libro II del Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM.

Los concursos de incorporación para servidores civiles de carrera y de actividades complementarias, durante el proceso de implementación, se sujetan a las siguientes reglas:

a) La entidad en proceso de implementación convocará concursos de traslado cerrados al Estado para cubrir sus puestos vacantes de servidores de carrera y de servidores de actividades complementarias en el nuevo régimen, pudiendo convocar hasta un 10 por ciento de los puestos concursados a través de la modalidad de concurso público de méritos abierto previsto en el literal a) del Artículo 165 del Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, a discrecionalidad del titular de la entidad, en cada concurso que se convoque. Si con posterioridad a la vinculación del servidor civil que ganó el concurso, éste se desvinculase, el puesto vacante deberá ser convocado, obligatoriamente, de acuerdo a lo establecido en el Título III del Libro II de este Reglamento.

b) El concurso de traslado a que se refiere el literal anterior, abarca a los servidores bajo los regímenes 276, 728 y 1057. Los servidores mencionados podrán concursar siempre y cuando a la fecha de la convocatoria tengan contrato con una entidad pública o hayan tenido contrato vigente al 4 de julio de 2013 o en una fecha posterior. Asimismo, podrán participar de estos concursos los Gerentes Públicos regulados por Decreto Legislativo N° 1024, el Personal Altamente Calificado en el sector público, regulado por Ley N° 29806 y el Fondo de Apoyo Gerencial, regulado por Decreto Ley N° 25650.

c) Si luego del concurso de traslado quedaran puestos vacantes, la entidad deberá convocar a uno o más concursos públicos de méritos abiertos respecto a los puestos vacantes señalados.

d) De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30057, los servidores bajo los regímenes de los Decretos Legislativos N° 276, 728 y 1057 podrán trasladarse voluntariamente al nuevo régimen del Servicio Civil, previo concurso público de méritos.

La participación en los concursos para trasladarse al nuevo régimen del servicio civil no requiere de la renuncia previa al régimen en el que se encuentre. Asimismo, los trabajadores públicos que decidan su pase al mismo no estarán sujetos a periodo de prueba.

Con la resolución de inicio y el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) aprobado, se considera que la entidad ha transitado al nuevo régimen. A partir de ese momento, todos los puestos contenidos en el CPE y los que se pudieren crear posteriormente pertenecen al régimen previsto en la Ley N° 30057.

En: Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM

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Cobrarán CTS antes de pasar al Servicio Civil

Carlos Bessombes Burgos.

Como incentivo para que los servidores públicos de los regímenes laborales del Decreto Legislativo (DL) 276 y DL 728, pasen al nuevo régimen del Servicio Civil, el Estado les pagará su Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) apenas concluya su situación laboral, y antes de pasar al nuevo régimen. Partiendo de esa fecha comenzará a contabilizarse una nueva CTS dentro del Servicio Civil, que en opinión de Carlos Oliva, viceministro de Hacienda, podría por ejemplo en solo cinco años ser superior a 15 años en la administración pública con los regímenes actuales.

“Hoy un trabajador del DL 276 con 15 años de servicio se va con S/. 200 a S/. 300 de CTS en promedio”, reveló Oliva.

Debe recordarse que en la actualidad solo algunos trabajadores del DL 728 reciben el pago de su CTS de manera semestral. “Los trabajadores que no ingresen al régimen y se queden en el DL 276 y DL 728, también se les va a pagar su CTS al final del periodo laboral con los intereses del caso”, aclaró.

De acuerdo con el funcionario del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la manera de actualizar el pago de la CTS ya no será a través de la tasa de interés del Banco Central de Reserva (BCR) sino del mayor sueldo que se tiene a la fecha.

Oliva, reconoció que se quiere en el sector público a la mejor gente, la cual será la que empiece a ascender y haga una línea de carrera dentro de la institución. “Queremos generar competencia dentro de los mismos trabajadores”, dijo.

El pago de la CTS dentro del Servicio Civil se calculará sobre el promedio de la remuneración de los últimos tres años.

Las claves

De acuerdo con la Autoridad del Servicio Civil (Servir) de los 560 mil servidores que existen en la administración pública, los CAS y los trabajadores del DL 726 representan el 80%.

La edad promedio del servidor público es de 41 años, vale decir que de 10 estatales, cuatro tienen entre 35 y 49 años.

En: Larepublica.pe

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Lo que debes saber sobre la Ley del Servicio Civil

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La Ley del Servicio Civil es una de las reformas más ambiciosas y esperadas de los últimos 20 años. El Perú ha crecido en muchos aspectos pero ese crecimiento no puede ser optimizado si no se moderniza el Estado para la prestación de servicios de calidad a la ciudadanía a través de servidores públicos adecuadamente remunerados y comprometidos con su trabajo.

La reforma del servicio civil tiene dos pilares: La meritocracia y el enfoque ciudadano. El primero implica que el mérito del servidor le permitirá crecer personal y profesionalmente dentro de una carrera a través de concursos públicos y evaluaciones; mientras que el segundo tiene que ver con servicios eficientes y de mejor calidad, es decir, el Estado estará obligado a brindar excelencia y calidad en la atención al ciudadano.

Los objetivos de la reforma del servicio civil son la mejora de la calidad del servicio público, el ordenamiento de la planilla pública y la revaloración de la función pública.

¿Cuándo se empezará a implementar la Ley?
A partir del 5 de julio de 2013 (fecha de entrada en vigencia de la Ley), se aplican de manera inmediata a los servidores 276 y 728 lo referido a: Principios de la Ley del Servicio Civil, organización del Servicio Civil y derechos colectivos. Asimismo, se aplicarán desde dicha fecha las normas que establecen el pago de la CTS cuando culmina el vínculo del servidor público con su entidad. Por último, el derecho de los servidores a contar con defensa y asesoría especializada en caso se le abra procesos  judiciales.

Las demás disposiciones de la Ley entran en vigencia al día siguiente de la publicación de los reglamentos (esto es, 180 días después de la fecha de entrada en vigencia de la norma): La aplicación de normas sobre capacitación y evaluación de desempeño, así como del régimen disciplinario y procedimiento sancionador, excepto los artículos 17° y 18°de la Ley referidos a reglas especiales para la formación laboral y profesional, respectivamente.

El traslado al nuevo régimen del servicio civil: Desde el día siguiente de la publicación de los Reglamentos se dará el inicio del pase de las entidades públicas con la emisión de la Resolución de inicio del proceso de implementación que emitirá SERVIR.

La implementación del régimen es por entidades públicas, según criterios como la composición de regímenes al interior de la entidad, la naturaleza de las funciones, nivel de gobierno, presupuesto y prioridades del Estado, en un plazo máximo de 6 años.

Los pasos que deberá seguir la entidad pública para pasar al nuevo régimen serán al menos 3, entre los que están: Análisis situacional a través del mapeo de puestos de la entidad y de los principales servicios que presta así como de la carga de trabajo. Mejoras al interior de la Entidad que implica la mejora de los procesos, definición de nuevos perfiles de puestos y cantidad de personal necesario para ejercer sus funciones adecuadamente, en coordinación con SERVIR. Por último, la valorización de puestos de la entidad, en coordinación con SERVIR y el Ministerio de Economía y Finanzas.

El pase de los servidores civiles al nuevo régimen del servicio civil: Es voluntario mediante concurso público. Si el servidor pertenece a los regímenes de los Decretos Legislativos N° 276 y 728 y opta por mantenerse en su régimen actual, mantiene las reglas de su respectivo régimen. Sin embargo, los servidores CAS tendrán que pasar, en tanto es un régimen temporal conforme a lo establecido por su norma de creación (Decreto Legislativo N° 1057).

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¿Dudas acerca de la Ley del Servicio Civil?

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1. ¿Quiénes están comprendidos en la Ley N° 30057 – Ley del Servicio Civil?

2. ¿Habrá despidos masivos, me van a despedir?

3. ¿Es voluntario u obligatorio?

4. ¿Soy CAS y con el nuevo régimen del Servicio Civil voy a tener 30 días de vacaciones?

5. ¿En qué me beneficia económicamente el nuevo régimen del Servicio Civil?

6. ¿Tengo que renunciar a mi puesto para poder concursar al nuevo régimen?

7:  ¿Qué pasa conmigo si soy 276, 728 o CAS; y no la hago, es decir, si no ingreso al puesto en el nuevo régimen del Servicio Civil?

 

En definitiva……….¿Cuáles son las reglas de juego para la nueva Ley del Servicio Civil?

 

Esta y muchas dudas más serán absueltas haciendo click en: Servir: Nuevo servicio civil

o puede hacer llegar su duda al siguiente email:

nuevoserviciocivil@servir.gob.pe

Además, puede comentar sus dudas en este blog.

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Servir: Pasaremos de la lógica del cartón a la de competencias

El Estado gasta S/. 300 millones por año en capacitación en temas alejados de las necesidades de las instituciones. La meta de Servir a largo plazo es capacitar a 28 mil directores estatales.

Por: ROCÍO BARJA

rbarja@diariogestion.com.pe

Sin medias tintas. Para el presidente de Servir, Juan Carlos Cortés, el diagnóstico actual de la capacitación y formación de los servidores públicos es un poco tenebroso, y por lo tanto requiere una mejora sustancial de manera urgente.

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“Actualmente, lo que prima en el Estado es la lógica del cartón, es decir, el número de cartones con el que cuenta el currículo de un trabajador es lo que determina cuán preparado está para asumir una posición en la administración estatal”, dijo al participar en el evento Visiones 2013.

No obstante, señaló que desde su entidad se está buscando pasar de la lógica del cartón a la lógica de la competencia, aunque para ello se requiere un ‘golpe de inversión’.

Escenario preocupante

Para el funcionario, uno de los factores que ha determinado la poca calidad de las capacitaciones recibidas por los trabajadores públicos es que si bien la oferta es amplia, principalmente en temas de salud y educación, la calidad es heterogénea, por no decir mala.

“El financiamiento de los posgrados son financiados por los propios servidores, en muchos casos en horarios de la noche o sesiones maratónicas de fines de semana”, anotó.

Al respecto, detalló que anualmente el Estado gasta (porque no es una inversión) alrededor de S/.300 millones en capacitación, en temas que mayormente están alejados de las necesidades de su institución, pero, sobre todo, que no van en consonancia con la realidad del país.

“Viendo este escenario es que se creó la Escuela Nacional de Administración Pública, con la cual tenemos el objetivo de capacitar a más de 28 mil directores que trabajan en el Estado. La razón: ellos son los tomadores de decisiones y, por lo tanto, es por donde debe empezar el cambio”, sostuvo.

El foco de Servir

Para Cortés, existen dos temas claves en los cuales debe centrarse la entidad. Por un lado, la mejora de la calidad, a través de una mejor malla curricular de las universidades, así como más facilidades para el acceso. “Lo segundo es el tema de la ética y la responsabilidad profesional. Por ello creemos que más de un tercio de los cursos que damos tiene que ver con esto”, subrayó.

Acreditación no fue al ritmo del crecimiento de la economía

Para el experto en temas laborales, Gustavo Yamada, los sistemas de acreditación no han ido al ritmo del crecimiento de la economía del Perú, lo cual representa un problema, porque han permitido el funcionamiento de muchas universidades e institutos técnicos sin los mínimos patrones de calidad, generando una oferta laboral en total disonancia de la demanda empresarial.

“La demanda de los jóvenes es fuerte y siempre está presente, pero es necesario que oferta y demanda calcen”, anotó.

Dijo que a diferencia de otro tipo de bienes donde puedes verificar la calidad inmediatamente después de haber comprado el producto, en el tema de educación esto recién lo puedes verificar en los subsiguientes cinco a siete años.

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EN CORTO

Reforma está en manos del Congreso

Legislatura. El presidente de Servir, Juan Carlos Cortés, informó que a la fecha el proyecto de ley del Servicio Civil se encuentra en pleno debate en las comisiones de Presupuesto y de Trabajo del Congreso de la República. “Esperamos que en esta legislatura se apruebe, pero si es lo más pronto posible sería mejor. Hemos previsto siete años para implementarla”, dijo.

En: diariogestión.com