Solo se podrá depositar CTS hasta el 17 de noviembre

La Cámara de Comercio de Lima informa que los empleadores de la micro, pequeña y gran empresa tienen plazo hasta el lunes 17 de noviembre para depositar la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) de sus trabajadores, correspondiente al periodo semestral mayo – octubre 2014.

En esta ocasión, los trabajadores tendrán dos procedimientos para retirar la CTS: el primero de carácter excepcional que vencerá el 31 de diciembre de 2014, en que se podrá retirar el 100% de lo que excede a cuatro remuneraciones.

Para este retiro excepcional se recomienda que el trabajador comunique a su empleador su deseo de retirar la CTS. El empleador debe informar al banco en 5 días hábiles el monto del último sueldo multiplicado por 4, que constituye el monto intangible; además la comunicación al banco puede ser llevada por el propio trabajador y, finalmente, la entidad bancaria determinará cuál será el monto intangible (4 sueldos), autorizando el retiro del 100% del exceso a los cuatro sueldos.

El retiro de la CTS con carácter general se reiniciará a partir del 1 de enero de 2015, en que los trabajadores podrán disponer hasta el 70% de la CTS que excede a seis sueldos, que constituye el monto intangible que solo se podrá retirar luego del cese.

Las empresas obligadas a depositar la CTS, tomarán en cuenta el sueldo del trabajador al 31 de octubre, a ello agregarán un sexto de la gratificación pagada en julio de 2014 y la CTS a depositar será equivalente al 50% de la suma de ambos conceptos.

En: expreso

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