viernes, 10 de enero 2020

LOS 10 HECHOS QUE MARCARON LA AGENDA REGULATORIA DURANTE EL 2019

 

 

La presente página constituye un espacio de opinión en el que los profesores de la Maestría en Regulación de Servicios Públicos de la PUCP escriben sobre diversas materias relacionadas con la regulación de servicios públicos y sus áreas de especialización. Esperamos que estas columnas contribuyan al debate público sobre la regulación en el país y sea una fuente de ideas para la mejora de nuestra institucionalidad regulatoria. Las ideas que se presenten en esta columna son de exclusiva responsabilidad de sus autores y no reflejan necesariamente la opinión institucional de la Maestría ni de la PUCP.

 

Por Gonzalo Ruiz Díaz, Director de la Maestría en Regulación de los Servicios Públicos

Durante el 2019 se ha registrado un nivel de actividad regulatoria importante, originado principalmente en entidades del Poder Ejecutivo y Congreso. Estas medidas, sin duda tendrán efectos relevantes sobre el desempeño de los mercados en el Perú. A continuación hacemos un recuento de aquellas iniciativas y regulaciones que, en nuestra opinión, constituyen lo más destacado del 2019 y que han marcado la agenda del debate público durante el año. Muchas de las iniciativas o medidas listadas pueden ser consideradas positivas mientras en otros casos existen dudas sobre su pertinencia y necesidad. Asimismo, no descartamos haber omitido alguna iniciativa importante (disculpas anticipadas por ello). En el presente artículo hemos procurado limitarnos a describir el contenido de estas regulaciones dejando al lector en libertad de hacer sus propias evaluaciones. Los comentarios son bienvenidos.

  1. Aprobación del Régimen de Control de Concentraciones Empresariales.

Luego de 28 años de haberse instaurado en el Perú un régimen de políticas de competencia, el 18 de noviembre el gobierno aprobó el Decreto de Urgencia (DU Nº013-2019) que introduce un régimen de control previo de concentraciones empresariales. La norma será reglamentada en seis meses, entrará en vigencia en nueve meses y tendrá una vigencia de cinco años, debiendo ser revisada por los próximos Congresos, a partir de una evaluación que realizaría el INDECOPI.  En términos generales, el Decreto recoge en gran medida el proyecto que fuera aprobado por el Pleno del Congreso en mayo de este año, pero cuya autógrafa no llegó a ser remitida al Poder Ejecutivo. El cambio más resaltante ha consistido en la reducción de los umbrales individuales que había fijado el Congreso, para que las empresas estén obligadas a notificar la operación. La valla se ha bajado de 25 a 18 mil UIT (aproximadamente de US$31 millones a US$23 millones) de las ventas brutas realizadas por las empresas durante el año previo. Esto significa que un número mayor de operaciones deberán ser notificadas para su evaluación por parte del INDECOPI. Los límites fijados, sin embargo, son consistentes con la experiencia internacional y la evaluación comparativa hecha por el MEF a partir de información de los países de la OECD.

  1. Rotulado para Alimentos Procesados

Tras un largo período de debates, marchas y contramarchas, el 17 de junio entró en vigencia la aplicación del Manual de Advertencias Publicitarias de la Ley de Alimentación Saludable que establece la obligación de consignar en el empaque de productos procesados, advertencias en forma de octógono en los casos en que éstos sean altos en azúcar, sodio, grasas saturadas o grasas trans. En los casos en que los productos contengan más de dos advertencias octogonales de sodio, azúcar o grasas saturadas la advertencia de deberá incluir de manera adicional el texto “Evitar su consumo excesivo”. En el caso de que el producto comprado tenga la advertencia de grasas trans, el texto incluido deberá cambiar a “Evitar su consumo”. Cabe mencionar que según la Organización Mundial de la Salud (OMS) las grasas trans son altamente riesgosas para la salud. Si bien el rotulado puede orientar ciertas decisiones y conductas del consumidor, es importante mencionar que estas medidas serán poco eficaces sino van acompañadas de políticas públicas complementarias (vinculadas con educación y provisión de información al consumidor) que promuevan la alimentación saludable.

  1. Avances en la implementación Análisis de Calidad Regulatoria (ACR) en el Sector Público

El 05 de Abril se aprobó el Reglamento para la aplicación del Análisis de Calidad Regulatoria (ACR) (Decreto Supremo Nº061-2019-PCM) modificando y perfeccionando el Reglamento aprobado previamente mediante Decreto Supremo N° 075-2017-PCM. Es importante mencionar que el ACR establece estándares mínimos para la aprobación de normas que generan trámites administrativos para los ciudadanos. Este mecanismo, ha consistido en verificar la legalidad, necesidad, efectividad y proporcionalidad de los dispositivos regulatorios. Producto de este proceso, entre el 2018 y 2019,  62 entidades del poder ejecutivo fueron evaluadas, se analizaron 2432 dispositivos emitidos, se eliminaron 734 (30%) y se simplificaron o mejoraron 363 normas (15%). Junto con esta depuración inicial, en la actualidad todo dispositivo reglamentario que genere procesos administrativos debe pasar por el aro del ACR, cuya administración está a cargo de la PCM, el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Economía y Finanzas.

  1. Revisiones Tarifarias de Servicios Portuarios y Aeroportuarios

 El 2019 ha sido un año de intenso trabajo regulatorio para OSITRAN, organismo al que le ha tocado revisar las tarifas de 4 concesiones de infraestructura portuaria y aeroportuaria. La revisión de estas tarifas se ha efectuado utilizando la metodología del factor productividad, el cual consiste en trasladar cada cinco años a los usuarios de infraestructura las eficiencias ganadas por los concesionarios durante el período. Como resultado de este proceso se obtiene el factor X, el cual se aplica anualmente descontando el índice inflación. Los factores X aprobados por el regulador fueron: Aeropuerto Internacional Jorge Chavez (3.26%), Terminal Portuario de Matarani (0.05%), Terminal Portuario de Paita (-4.70) y Terminal de Embarques de Concentrados Minerales del Callao (1.44%).

  1. Instauración del Régimen de Pico y Placa para el Transporte en Lima.

 El 19 de julio, mediante Ordenanza 2164, la Municipalidad de Lima aprobó medidas de restricción del tránsito vehicular en cinco corredores de Lima Metropolitana. La medida alcanza a los vehículos categoría M1 y N1 y consiste en la prohibición alternada según el ultimo dígito de la placa, en cuatro días de la semana, de la circulación en los referidos corredores, durante dos franjas horarias: 6:00 a 10:00 y de 17:00 a 21:00 horas. La regulación ha sido blanco de diversas críticas. Una de las principales está relacionada a la ausencia de una línea de base (al menos que sea de conocimiento público) para la implementación de la medida, que incluya tiempos de traslado en las vías objeto de la restricción y en vías alternas. Ello hace difícil estimar el efecto que esta regulación ha tenido sobre el alivio del problema del tráfico en la ciudad. Una medida similar se ha extendido semanas después al tránsito de camiones.

[…]”Es importante mencionar que el ACR establece estándares mínimos para la aprobación de normas que generan trámites administrativos para los ciudadanos. Este mecanismo, ha consistido en verificar la legalidad, necesidad, efectividad y proporcionalidad de los dispositivos regulatorios”

  1. Aprobación de Potencia Firme para Energías Renovables no Convencionales (RER)

En agosto de 2019, OSINERGMIN aprobó una modificación en el procedimiento técnico del COES N° 26 que reconoce potencia firme a energías RER intermitentes (solar, eólica y mareomotriz) en función de su envío en las horas pico, actualmente de 6 a 11 pm. Esto implicaría que dichas centrales podrán contratar potencia y su energía asociada con las distribuidoras eléctricas y clientes libres sin necesidad de subastas RER promovidas por el Estado.  Esto, junto con la reducción sostenida de los costos de inversión de este tipo de tecnologías, abre el camino a la reducción de eventuales subsidios futuros (como las “primas RER”) que se cobran vía peaje de transmisión en los recibos de los usuarios de electricidad.

  1. Lanzamiento de Herramientas de Información para Usuarios de Servicios de Telecomunicaciones

 Durante el año 2019, OSIPTEL lanzó al mercado dos nuevas herramientas de información al usuario de servicios de telecomunicaciones. La primera, llamada “Comparamovil” consiste en un comparador de precios de smartphones (ver https://sociedadtelecom.pe/comparamovil) clasificado por comercializador (empresa operadora o retailer independiente). Asimismo, se ha relanzado la herramienta “Comparatel” que permite comparar tarifas de servicios de telecomunicaciones ( ver https://www.osiptel.gob.pe/sistemas/comparatel.html) según las modalidades y atributos que interesen al usuario. Dada la proliferación y diversidad de planes tarifarios en este mercado, el uso de la tecnología al servicio del usuario resulta indispensable en el objetivo de empoderar las decisiones del consumidor.

  1. Políticas de Espectro Radioeléctrico para Nuevas Tecnologías

 Durante el año 2019, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dio inicio al proceso de reordenamiento de las bandas de frecuencias 3 400 – 3 600 MHz, adecuándolas a la nueva canalización de la banda de frecuencia de 3 300 – 3 800 MHz y, aprueba el cronograma para dicho procedimiento. Este proceso culminó el 31 de diciembre con la aprobación de la Resolución Directoral 464-2019-MTC/27 (publicada el 03 de enero de 2020). Este proceso es importante no solo porque apunta a promover un uso más eficiente del espectro sino que busca facilitar la implementación de nuevas tecnologías como 5G en nuestro país.

  1. Mayor actividad fiscalizadora de Sunedu

Durante el año 2019, la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria ha mostrado resultados importantes en la fiscalización de Condiciones Básicas de Calidad que exige Ley Universitaria. Así, en el año se han emitido 30 resoluciones de denegatoria y 26 de otorgamiento de licencia. Es importante recordar que la reforma en el sistema de fiscalización de la educación superior permitió pasar de un sistema de autorregulación que mostraba serias falencias y conflictos de interés a un sistema de regulación, en el que existe una autoridad independiente de la gestión que ejercen las universidades. El resultado de este proceso es de largo plazo y apunta a una mejora en la calidad de la educación universitaria y que esta brinde garantías a los estudiantes para el cumplimiento de estándares mínimos de calidad.

  1. Nuevos Reglamentos, Guías y Lineamientos en Protección al Consumidor y Libre Competencia

 Durante el 2019, el INDECOPI ha continuado con la publicación de documentos que han buscado mejorar los niveles de predictibilidad y de orientación al público en materias relacionadas con libre competencia y protección al consumidor. Así, se publicó la Guía de Asociaciones Gremiales y Libre Competencia la cual busca orientar a las asociaciones de empresarios en la observancia de normas que prohíben la realización de prácticas anticompetitivas, en particular, las colusorias. Asimismo, hacia finales de 2019, INDECOPI publicó los Lineamientos de Protección al Consumidor, los cuales ofrecen criterios orientativos sobre la aplicación que ha venido haciendo el INDECOPI del Código de Defensa y Protección al Consumidor. Finalmente, el 28 de Mayo se aprobó el Reglamento de Arbitraje de Consumo, el cual tiene por finalidad resolver con carácter vinculante y produciendo efectos de cosa juzgada, los conflictos surgidos entre consumidores y proveedores.

 

 

Sobre el Autor: Gonzalo Ruiz Díaz

Doctor en Economía, Pontificia Universidad Católica del Perú, Perú. Master of Arts in Economics, Georgetown University / Ilades (Chile). Economista asociado de Macroconsult. Director de la Maestría en Regulación de los Servicios Públicos. Se desempeñó como Presidente del Consejo Directivo del OSIPTEL. Fue Gerente de Regulación en OSITRAN, Gerente de Estudios Económicos,
Presidente de la Comisión de Protección al Consumidor en el INDECOPI, y Viceministro de Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).

 

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