Postergan del período abril de 2024 al período agosto de 2024, la oportunidad a partir de la cual deben llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras a través del SIRE los sujetos que se encuentren obligados a llevar dichos registros (Resolución de Superintendencia N° 000063-2024/SUNAT)
Postergan del período abril de 2024 al período agosto de 2024, la oportunidad a partir de la cual deben llevar
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