

09/06/2025 Si eres trabajador independiente o estás en planilla y percibes ingresos anuales mayores a 7 UIT, puedes deducir del Impuesto a la Renta (IR) ciertos gastos realizados durante las celebraciones por el Día del Padre. Esto incluye consumos en restaurantes, bares y hoteles, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la Sunat.
¿Cómo funciona la deducción?
Los gastos realizados en estas fechas pueden deducirse hasta un máximo de 3 UIT (equivalente a S/ 16,050 en el ejercicio 2025). Esta deducción se conoce como “deducción adicional de 3 UIT”, y permite reducir el monto del impuesto a pagar o incluso generar un saldo a favor.
Para acceder a este beneficio, es obligatorio que solicites boletas de venta electrónicas por cada consumo, incluyendo en ellas tu número de DNI. De esta manera, la Sunat podrá reconocer el gasto como deducible.
En el caso del 2025, se podrá deducir el 15% del gasto efectivamente pagado en hoteles y restaurantes.
Importante: Solo serán válidos los gastos que puedan ser acreditados mediante comprobantes de pago o documentos reconocidos por la Sunat. Esta regla aplica para consumos realizados desde el 1 de enero de 2019.
Otros gastos deducibles
Además de los relacionados con la celebración del Día del Padre, existen otros gastos que también pueden ser deducidos del IR:
Servicios médicos y odontológicos
Deben estar brindados por profesionales registrados como renta de cuarta categoría.
Es obligatorio que emitan recibos por honorarios electrónicos.
El pago debe estar registrado en el Sistema de Emisión Electrónica, indicando el medio de pago utilizado.
También son deducibles los gastos en salud de:
Hijos menores de 18 años.
Hijos mayores con discapacidad inscritos en Conadis.
Cónyuge o concubina/o.
Solo se considera la parte no reembolsable por seguros.
Aportes a EsSalud por trabajadores del hogar
Se puede deducir el 100% del aporte (9% de la remuneración).
El empleador debe inscribirse y registrar al trabajador del hogar a través del aplicativo “Registro del Trabajador del Hogar” del Ministerio de Trabajo (MTPE).
El registro del derechohabiente se hace por Sunat Virtual.
El pago se acredita con el Formulario N.° 1676, en formato físico o virtual.
Verifica si un negocio cumple con los requisitos
Puedes consultar si un contribuyente o negocio emite comprobantes válidos para la deducción ingresando a: https://e-consultaruc.sunat.gob.pe/cl-ti-itmrconsruc/jcrS00Alias
Fuente: Diario Oficial El Peruano del 09 de junio de 2025
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