Sunat y MTPE fiscalizan pago de utilidades: ¿estás preparado para cumplir sin errores?

Sunat y MTPE fiscalizan pago de utilidades: ¿estás preparado para cumplir sin errores?

Multas pueden llegar hasta 139,742 soles.
24/04/2025 Es importante que a medida que se acerca el vencimiento del plazo para la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta, las empresas del sector privado se prepararen para cumplir con una obligación clave: el pago de utilidades a sus trabajadores, afirmó el abogado Julio Villalobos Huerta.

El beneficio, refirió, corresponde a los trabajadores de compañías que generan rentas de tercera categoría y tienen más de 20 colaboradores, y se abonará dentro de los 30 días naturales posteriores a la presentación de la declaración ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
El asociado del área Laboral en el estudio Miranda & Amado alertó que no cumplir con esta obligación puede convertirse en una infracción grave, y acarrear multas que van desde los 8,399.50 soles hasta los 139,742 soles, según el número de trabajadores perjudicados. Además, se generarán intereses moratorios por cada día de retraso, anotó.
Cálculo
“El cálculo de utilidades debe considerar tanto los días efectivamente laborados como aquellas ausencias que, por mandato legal, se computan como asistencias, tales como licencias por maternidad, accidentes de trabajo y permisos sindicales, entre otros”, explicó el especialista.
Asimismo, recordó que incluso aquellos trabajadores cuya relación laboral haya culminado durante el 2024 también tienen derecho a recibir este beneficio, en proporción al tiempo de servicio y remuneración percibida.
Las empresas deben revisar con detenimiento su carga tributaria y los plazos correspondientes para evitar sanciones. Con el tiempo corriendo, el cumplimiento puntual no solo es un deber legal, sino también una señal de compromiso con el bienestar laboral, recalcó Villalobos.
El Manual de preguntas frecuentes laborales del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) precisa que el personal participará en las utilidades mediante la distribución por la compañía de un porcentaje de la renta anual antes de los impuestos.
El porcentaje referido es empresas pesqueras, 10%; agrarias, 5% entre el 2021 y el 2023; 7.5% entre el 2024 y el 2026; y 10% del 2027 en adelante; de telecomunicaciones, 10%; industriales, 10%; mineras, 8%; de comercio al por mayor y al por menor y restaurantes, 8%; y de otras actividades, 5%, detalla.
Fuente: Diario Oficial El Peruano del 24 de abril de 2025.
https://elperuano.pe/noticia/269035-sunat-y-mtpe-fiscalizan-pago-de-utilidades-estas-preparado-para-cumplir-sin-errores
Puntuación: 0 / Votos: 0

MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *