Se amplía hasta el 30 de junio de 2023 el acogimiento y la reprogramación de los créditos del programa “REACTIVA PERÚ”, FAE TURISMO y FAE TEXCO y se dictan otras disposiciones (Decreto de Urgencia N° 026-2022)

Se amplía hasta el 30 de junio de 2023 el acogimiento y la reprogramación de los créditos del programa “REACTIVA PERÚ”, FAE TURISMO y FAE TEXCO y se dictan otras disposiciones (Decreto de Urgencia N° 026-2022)

Amplían hasta el 30 de junio de 2023 la vigencia y plazo de acogimiento de las reprogramaciones de los créditos garantizados con el Programa “REACTIVA PERÚ”, FAE TURISMO y FAE-TEXCO.

Asimismo, se autoriza otorgar durante el mes de diciembre de 2022, un bono extraordinario de S/ 200,00 a favor de servidores y pensionistas del Sector Público, y de manera adicional un monto de S/ 100,00 si el ingreso bruto mensual de los mismos por todo concepto es menor o igual a S/ 2,000.00.

Decreto de Urgencia que establece medidas en materia económica y financiera para brindar facilidades de pago a las empresas que tienen créditos garantizados con el programa Reactiva Perú FAE-TURISMO FAE-TEXCO y dicta otras disposiciones.

Decreto de Urgencia N° 026-2022

Fecha de publicación: 27.12.2022

Fecha de vigencia: 28.12.2022 hasta el 30.06.2023

Con fecha 27 de diciembre de 2022, se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto de Urgencia N° 026-2022, mediante el cual se establecen medidas en materia económica y financiera para brindar facilidades de pago a las empresas que tienen créditos garantizados con el programa Reactiva Perú FAE-TURISMO FAE-TEXCO y dicta otras disposiciones.

Al respecto, el Decreto de Urgencia N° 026-2022, tiene por objeto establecer medidas extraordinarias complementarias, en materia económica y financiera, de apoyo para las empresas del país y de servidores y pensionistas del Sector Público, que se han visto afectados por el contexto económico generado a partir de los recientes conflictos sociales.

En ese sentido, se dispone lo siguiente:

-Se amplía hasta el 30 de junio de 2023 la vigencia del Decreto de Urgencia Nº 011-2022, Decreto de Urgencia que establece medidas en materia económica y financiera destinadas a la reprogramación de los créditos garantizados con el programa “Reactiva Perú” y para financiar actividades de promoción de la inversión privada; asimismo, se amplía el plazo máximo de acogimiento para las reprogramaciones establecido en la aludida norma hasta el 30 de junio de 2023.

-Se amplía hasta el 30 de junio de 2023 la vigencia del Decreto de Urgencia Nº 012-2022, Decreto de Urgencia que crea el Fondo de Apoyo Empresarial para el sector textil y confección (FAE-TEXCO).

-Se amplía hasta el 30 de junio de 2023 la vigencia del plazo de acogimiento de las reprogramaciones del Decreto de Urgencia Nº 004-2022, Decreto de Urgencia que modifica el Decreto de Urgencia Nº 076-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas complementarias destinadas al financiamiento de la micro y pequeña empresa del Sector Turismo para la reducción del impacto del COVID-19 y otras medidas, así como otras disposiciones; asimismo, se autoriza a las entidades del sistema financiero a brindar nuevas reprogramaciones y periodos de gracia para las empresas que hayan reprogramado sus créditos conforme a lo establecido en la norma en referencia hasta el 30 de junio de 2023.

-Se autoriza, de manera excepcional y por única vez, durante el mes de diciembre de 2022, el otorgamiento de un bono extraordinario por la suma de S/ 200,00 (DOSCIENTOS Y 00/100 SOLES), a favor de los funcionarios públicos y servidores nombrados y contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, la Ley Nº 29944 y la Ley Nº 30512; los docentes universitarios a los que se refiere la Ley Nº 30220; el personal de la salud al que se refiere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1153; los obreros permanentes y eventuales del Sector Público, el personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú; y, los trabajadores contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 1057 y los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley Nº 15117, los Decretos Leyes Nº 19846 y Nº 20530, el Decreto Supremo Nº 051-88-PCM y la Ley Nº 28091.

-Se señala que, en el caso de los beneficiarios del referido bono extraordinario, cuyo ingreso bruto mensual, por todo concepto, sea menor o igual a S/ 2 000,00 (DOS MIL Y 00/100 SOLES) se les otorga un monto de S/ 100,00 (CIEN Y 00/100 SOLES) adicional a dicho bono extraordinario.

A continuación, compartimos el contenido del Decreto de Urgencia N° 026-2022.

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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