Deudas al tesoro público o Essalud podrán aplazarse

Deudas al tesoro público o Essalud podrán aplazarse

TAMBIÉN FRACCIONARLAS HASTA EN 36 CUOTAS MENSUALES

Los usuarios tiene plazo hasta el 30 de setiembre para presentar solicitud, según Sunat.

6/8/2020Las personas naturales y empresas con deudas pendientes de pago al tesoro público o Essalud pueden solicitar el aplazamiento hasta por seis meses y/o el fraccionamiento hasta en 36 cuotas mensuales, a una tasa de interés mensual del 0.4%, informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria  (Sunat).

De esta manera podrán contar con recursos financieros para la atención de sus necesidades básicas y el desarrollo de sus actividades comerciales.

Se pueden fraccionar deudas exigibles y pendientes de pago en cualquier estado (en cobranza, reclamada, apelada, demanda contenciosa administrativa o en proceso de amparo) tales como el impuesto general a las ventas (IGV), impuesto a la renta (IR) anual, IR a la renta de tercera categoría de enero, febrero y marzo del 2020.

De igual manera, los saldos de fraccionamientos anteriores, las contribuciones a Essalud, las deudas por multas, liquidaciones de cobranzas de tributos aduaneros, vinculados con resoluciones de determinación y multas.

Beneficios

Con la presentación de la solicitud de acogimiento al régimen de aplazamiento y/o fraccionamiento (RAF), el contribuyente se desiste de cualquier medio impugnatorio de la deuda (en reclamación, apelación o pendiente de pronunciamiento en el Poder Judicial o Tribunal Constitucional), según la Sunat.

No están comprendidas las deudas que a la fecha de presentación de la solicitud de acogimiento todavía no sean exigibles, así como los tributos retenidos o percibidos, la deuda concursal o en procesos de liquidación judicial o extrajudicial, los recargos y los pagos a cuenta mensuales del impuesto a la renta de tercera categoría del ejercicio 2020, excepto los que corresponden a los períodos de enero, febrero y marzo.

Para poder gozar de este beneficio en el pago de las deudas tributarias es importante conocer los requisitos que deben cumplir los contribuyentes:

De acuerdo con la Sunat, se requiere estar inscritos en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), en el caso de las empresas, sus ingresos netos de marzo y abril de este año sean menores a los de similares meses del año pasado, que hayan presentado sus declaraciones mensuales de IGV y renta de los períodos tributarios de marzo y abril 2020, que no tengan un saldo mayor a 215 soles (5% de la UIT) en su cuenta de detracciones.

Además, que se presenten las declaraciones correspondientes a la deuda tributaria por la que se solicita el fraccionamiento, y entreguen o formalicen la garantía, cuando corresponda.

Formulario

Los contribuyentes que cumplan los requisitos pueden solicitar el fraccionamiento o el aplazamiento de su deuda tributaria, para lo cual deben utilizar el Formulario Virtual N° 1704, disponible en el portal institucional (www.sunat.gob.pe).

El plazo para presentar la solicitud es hasta el 30 de setiembre.

La Sunat precisó que no podrán acogerse los contribuyentes con condena vigente por delito tributario y aduanero, las instituciones del sector público nacional, así como los comprendidos en la Ley Nº 30737, que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado.

Fuente: Diario Oficial El Peruano del 6 de agosto de 2020

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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