Sunat aprueba nueva versión de PDT para facilitar pago tributario

SIMPLIFICAN DECLARACIÓN DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO

Sunat aprueba nueva versión de PDT para facilitar pago tributario

Herramienta electrónica rige desde este mes y optimiza la gestión de la información.

1/11/2019Para simplificar la declaración y pago del impuesto selectivo al consumo (ISC) y facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes afectos a este tributo, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) aprobó una nueva versión del PDT N° 615, la cual considera información detallada y ordenada que contribuye a optimizar la gestión de la data relativa a este tributo.Así, esta nueva versión electrónica estará a disposición de los contribuyentes e interesados desde este mes en el portal institucional de la Sunat (www.sunat.gob.pe), detalla la Resolución de Superintendencia N° 217-2019/Sunat.

La entidad recaudadora, además, informó que se facilitará la obtención de este PDT mediante las diversas dependencias de la administración tributaria en todo el país.

Lineamientos

Así, esta nueva versión del PDT N° 615 deberá ser utilizada por los contribuyentes afectos al pago del ISC a partir de hoy, independientemente del período al que corresponda la declaración, incluso si se trata de declaraciones rectificatorias.

En caso de no pagarse el impuesto declarado en este PDT N° 615, el pago se podrá efectuar utilizando el Formulario N° 1662, con los códigos de tributo aplicables a partir del período tributario de octubre del presente año, señalados en el anexo que forma parte de la mencionada resolución de superintendencia. Respecto a los períodos anteriores se continuará usando los códigos o la descripción vigentes antes de la entrada en vigor de la referida resolución, precisó la entidad recaudadora.

De este modo, los contribuyentes que deseen obtener mayor información sobre el PDT N° 615 podrán ingresar al portal institucional (www.sunat.gob.pe) o también comunicarse al (01) 3150730, desde teléfonos celulares, o bien al *4000, desde celulares Claro, Entel y Movistar y desde teléfonos fijos al 0801-12-100, indicó la administración tributaria.

Finalidad

La Sunat tiene como finalidad primordial administrar los tributos del Gobierno nacional y los conceptos tributarios y no tributarios que se le encarguen por ley o de acuerdo con los convenios interinstitucionales que se celebren, proporcionando los recursos requeridos para la solvencia fiscal y la estabilidad macroeconómica; asegurando la correcta aplicación de la normatividad que regula la materia y combatiendo los delitos tributarios y aduaneros conforme a sus atribuciones. Por ende, propone la reglamentación de las normas tributarias y aduaneras.

Apunte

l La entidad recaudadora expide disposiciones en materia tributaria y aduanera, estableciendo las obligaciones de los contribuyentes.

Fuente: Diario Oficial El Peruano del 1 de noviembre de 2019.

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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