Sunat especifica documentos que se notificarán electrónicamente

ATENCIÓN, CONTRIBUYENTES

Sunat especifica documentos que se notificarán electrónicamente

Establece lineamientos respecto a la comunicación virtual con los deudores tributarios.

25/10/2019

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) especificó los documentos que notificará de manera virtual a los contribuyentes que cuenten con buzón electrónico.

Estos son órdenes de pago, resoluciones de multa, fraccionamiento, devolución y de ejecución coactiva, así como levantamiento de medidas de embargo y liberación de fondos de detracciones.

También, resoluciones de determinación de fiscalización, de inscripción en el Registro de Operadores de Servicios Electrónicos y de inscripción en el Registro de Proveedores de Servicios Electrónicos.

Podrá notificar, de igual manera, resoluciones de refinanciamiento del saldo de la deuda tributaria acogida a un aplazamiento y/o fraccionamiento.

LineamientosLas notificaciones de estos documentos se considerarán efectuadas y surtirán efecto al día hábil siguiente a la fecha del depósito del documento en el buzón electrónico, informó la Sunat en su reciente boletín electrónico.

No obstante, excepcionalmente las notificaciones de resoluciones que ordenen trabar o levantar medidas cautelares, entre otras, surtirán efecto el mismo día del depósito, agregó.La administración tributaria sugiere a los contribuyentes tener en cuenta que la constancia de la notificación electrónica acredita el depósito del documento o comunicación informativa de los diversos actos administrativos, que pueden ser impresos desde el Buzón SOL.Para acceder a la modalidad de notificación electrónica, los contribuyentes deben ingresar a Sunat Operaciones en Línea, su Clave SOL, la cual se obtiene al momento de inscribirse al RUC.

Así, podrán consultar periódicamente y tomar conocimiento de las notificaciones enviadas al buzón electrónico.Con este medio se facilita el acceso a la información vía internet desde cualquier dispositivo móvil o tableta, a cualquier hora del día y desde cualquier lugar, indicó la entidad recaudadora.

Finalidad

La Sunat tiene como finalidad primordial administrar los tributos del gobierno nacional y los conceptos tributarios y no tributarios que se le encarguen por ley o de acuerdo con los convenios interinstitucionales que se celebren; proporcionar los recursos requeridos para la solvencia fiscal y la estabilidad macroeconómica; asegurar la correcta aplicación de la normatividad que regula la materia.

Principios

La Sunat ejerce sus funciones aplicando sus propios criterios técnicos, preservando su independencia y estabilidad institucional, actuando de manera justa, recta e íntegra.

 Fuente: Diario Oficial El Peruano del 25 de octubre de 2019

 

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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