Sunat empezará a cobrar Impuesto General a las Ventas a Netflix y Spotify

Iniciativa legislativa de Sunat propone que bancos retengan pagos a plataformas digitales prestadoras de servicios como Netflix, actuando como agentes de retención con relación al IGV.

Gabriel O’Hara Salini

Plataformas digitales como Netflix y Spotify reciben ingresos de miles de peruanos al año, quienes renuevan sus suscripciones de ambos servicios. Sunat indicó a Gestión que estos servicios deben pagar IGV por suscripciones y que, a la fecha, esto no se está realizando.

El intendente nacional de Estrategias y Riesgos de Sunat, Palmer de la Cruz, explicó que las operaciones de plataformas como Netflix o Spotify están gravadas con IGV, pero no existen mecanismos para su recaudación. Dada esta situación, se aprobará una norma que permita fiscalizar el pago del impuesto a dichas plataformas.

Para ello se elaborará un modelo similar a los que existen en América Latina, utilizando agentes de retención para que parte del pago no llegue a Netflix o al proveedor del servicio digital pertinente. Ahora, esta parte del pago será retenida por el banco que emitió la tarjeta utilizada para pagar el servicio.

La alternativa, comenta Palmer de la Cruz, sería que “cada usuario tendría que ir al banco a pagar el IGV”, por lo que utilizar a los bancos como agentes de retención es la opción más sensata, a su parecer.

El precio

Ante la incógnita de cómo esto afectaría el precio final de los servicios como resultado de la medida, De la Cruz señalo que si bien existe un pago adicional, el precio de Netflix en el Perú ya incluye el IGV.

De los estudios realizados, indicó a Gestión que “hemos podido verificar que el precio de Netflix en Perú, donde aún no se recauda el IGV, es el mismo que en otros países como Argentina, donde sí existen mecanismos para gravar estos servicios”.

Indica que el precio en Argentina es equivalente a S/ 20, mientras que el plan básico en el Perú cuesta S/ 24.90, siendo aun mayor que el servicio en un país donde sí se recauda el IGV.

El cálculo de De la Cruz sería incluso conservador. De acuerdo a los medios argentinos, debido al alza del precio de Netflix en julio de este año, el servicio cuesta 179 pesos argentinos, equivalentes a S/ 10, por lo que costaría aun menos de lo pensado (ver recuadro).

Explica que el contrato que tiene el usuario con Netflix señala que el precio que se oferta ya tiene el IGV incluido, por lo que, a juicio de Palmer de la Cruz, no habría impacto alguno en el consumidor.

Qué ocurre en Argentina

En Argentina, los usuarios de servicios digitales como Spotify o Netflix están obligados a pagar el impuesto al valor agregado (IVA), similar a nuestro IGV, el cual grava con el 21% todas las ventas. Esta tasa impositiva está en aplicación desde junio del 2018.

La retención de este impuesto se hace mediante las tarjetas de crédito. En otras palabras, al momento de pagar el servicio de Netflix o Spotify, los bancos son los encargados de retener parte del pago y redireccionarlo a la autoridad fiscal del país.

Este impuesto alcanza a todos los servicios de descarga y transmisión legal de películas, series, música y juegos, incluyendo tiendas virtuales de videojuegos como Steam, y servicios de streaming de series, como HBO+.

Pese a su existencia, desde el 2018, el precio de Netflix permanece menor al peruano. En julio de este año, el plan regular costaba 179 pesos, alrededor de S/ 10, menor a los S/ 25 que cuesta el mismo plan en Perú. Sin embargo, al momento de implementar el tributo, sí hubo un alza inicial de precios.

El 56% de los “Z” usa Netflix

En la industria del entretenimiento, Netflix gana cada vez más terreno. Desde el 2018, la plataforma de video por streaming fue una de las que más despegó frente a otras actividades, según Ipsos Perú. Así, en la generación Z de Lima (nacidos entre 1996 y 2010), el acceso de Netflix llegó a 56% el presente año; mientras que a nivel nacional (urbano) alcanzó 38%.

La penetración de dicha plataforma en los niveles socioeconómicos (NSE) A y B es de 89% y 46%, respectivamente; mientras que el 21% de los usuarios declaró haber aumentado su consumo respecto al año pasado.

En los millennials, el acceso de Netflix a nivel nacional urbano llegó a 37%, tasa que se eleva a 81% y 69% en los NSE A y B, respectivamente. De los usuarios, el 21% afirma haber elevado su consumo de videos en esa plataforma.

A partir del despegue de Netflix, los pequeños negocios de venta de discos de películas ahora apuestan por el comercio de accesorios tecnológicos, dijo Javier Álvarez, de Ipsos Perú.

Fuente: Diario Gestión del 24 de octubre de 2019

(Foto: Pexels / Pixabay)

 

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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