Ejecutivo decidirá ampliación de privilegios tributarios a empresas

Redacción Wayka

Exoneraciones en la mira. Al darse la disolución del Parlamento, el órgano que se mantiene en funciones, durante cuatro meses como máximo, hasta instalarse el nuevo Congreso, es la Comisión Permanente. Sin embargo, esta comisión no tiene facultad para legislar, y las propuestas de ley que quedaron pendientes de aprobación en el Congreso disuelto, tendrán que pasar por el visto bueno del Ejecutivo a través de decretos de urgencia.

Esto también sucederá con aquellas normas propuestas que tratan sobre la ampliación de exoneraciones tributarias en ciertas actividades económicas que están próximas a vencer. Es decir, de los ingresos que el Estado deja de recaudar para beneficiar a sectores económicos, los cuales también son llamados gastos tributarios. De acuerdo al último Marco Macroeconómico Multianual 2020 – 2023, en el 2019 continuaron vigentes 16 de los 19 gastos tributarios que vencían en el 2018.

En una entrevista, el premier Vicente Zeballos declaró que el Ejecutivo será «cauto» de aprobar los decretos de urgencia que se requieran. Mientras que la ministra de Economía, María Antonieta Alva, confirmó ayer por la tarde que el Ejecutivo sí podrá decidir la extensión de ciertos privilegios tributarios mediante decreto de urgencia según el artículo 135 de la Constitución. Por lo que están evaluando cada uno de las exoneraciones tributarias que están próximas a vencer.

Exoneraciones bajo la lupa

Según información pública, la Sunat ha propuesto realizar algunos ajustes para evaluar si las exoneraciones y beneficios tributarios están dando resultados positivos y de conocer, quiénes realmente son los más favorecidos con estos privilegios. De manera similar se señala en el documento del Marco Macroeconómico Multianual.

Fuente: Marco Macroeconómico Multianual 2020 – 2023

A fines de diciembre, la vigencia de varias de estas exoneraciones y beneficios vencerán, entre ellas figuran las que están vinculadas con el IGV; como la Ley N° 30899, prorrogada hasta el 31 de diciembre de este año. Esta norma regula la devolución del IGV para la exploración de hidrocarburos, la devolución a los titulares de la actividad minera en fase de exploración, y otras devoluciones y exoneraciones.

Por otra parte también están las exoneraciones a los productos e insumos agrícolas, al servicio público, a las importaciones destinadas a la Amazonía; entre otros. Esta última, en opinión del abogado en derecho tributario Miguel Carrillo, considera que ya no será prorrogada, porque en el 2018 se dispuso que a partir del 1 de enero de 2020 ya no se aplicaría el beneficio. «Esta exoneración a diferencia de otras, siempre se cuestionó si es que realmente se estaba invirtiendo en la misma. (….) Sin embargo no se ha acreditado que el beneficio se quede en la Amazonía, sino que hay muchas empresas, por ejemplo que constituyen empresas en la Amazonía para no gravar sus operaciones con el IGV, pero toda la rentabilidad se quedaba en Lima», declaró a Wayka.

Asimismo, está pendiente la Ley N° 30898 publicada a fines de noviembre de 2018 y que prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2019, la exoneración del Impuesto a la Renta de fundaciones afectas y asociaciones sin fines de lucro que comprendan fines como beneficiencia, asistencia social, educación, cultural, científica, artística, literaria, deportiva, política, gremiales, y/o vivienda.

Ley del libro

Semanas antes de la disolución del Congreso, en la Comisión de Cultura se aprobó la Ley de Democratización del Libro y de Fomento de la Lectura, donde se mantienen exoneraciones del IGV a la importación y/o venta en el país de los libros y productos editoriales afines, así como el reintegro tributario. Beneficios que fueron ampliados en el 2018 hasta el 12 de octubre de este año.

La propuesta generó una serie de comentarios a favor y contra sobre si debían continuar las exoneraciones e incentivos tributarios. Por un lado, el Ejecutivo, a través del MEF, propuso el retiro de las exoneraciones, aduciendo que «no se tiene ninguna evidencia que eso está funcionando, por el contrario tiene ciertos problemas», como mencionó Miriam Yepes, directora de inteligencia económica y optimización tributaria del MEF en la Comisión de Cultura. Agregó, además que solo estarían de acuerdo con extenderlo tres años más.

A un día del vencimiento de la prórroga, existe la preocupación de qué va suceder si el Ejecutivo no llega a extender las exoneraciones e incentivos tributarios a los libros; incluso, Pedro Villa, director de contenidos de la Cámara Peruana del Libro (CPL) ha asegurado que «las librerías ya les han pedido a las editoriales las listas de precios con el 18 % extra del IGV». Según Villa, el Ejecutivo tiene en agenda la propuesta y esperan que la apruebe antes del viernes, dijo a Wayka.

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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