Sunat aprueba facilidades para emisores electrónicos

Amplían plazo a favor de 60,000 contribuyentes. Usuarios de zonas rurales continuarán con los comprobantes físicos.

30/10/2018

Más de 60,000 empresas con ingresos mayores o iguales a 150 UIT o su equivalente a 622,500 soles, declarados durante los ejercicios 2016 y 2017, tendrán hasta el 1 de marzo para adaptarse, de manera obligatoria, al Sistema de Emisión Electrónica (SEE) de comprobantes.

La medida se brinda como una facilidad para que estos contribuyentes cuenten con tiempo suficiente para asegurar que sus sistemas sean adaptados y utilicen la versión de soporte de emisión electrónica en la versión 2.1.

Esto de conformidad con la Resolución de Superintendencia N° 253-2018/SUNAT, que otorga facilidades para la emisión electrónica de los comprobantes de pago.

Precisiones

Por lo tanto, la norma posterga la fecha a partir de la cual se designan emisores electrónicos por determinación. Esto es que los usuarios que, según la R. S. Nº 155-2017/SUNAT, fueron designados emisores electrónicos a partir del 1 de noviembre, lo serán desde el 1 de marzo del 2019.

Asimismo, los contribuyentes que debían ser emisores electrónicos desde el 1 de noviembre del 2018, por haber obtenido 150 UIT o más de ingresos en el 2017, lo serán también a partir del 1 de marzo del próximo año.

La Sunat también suspendió el cumplimiento de un requisito para la autorización de impresión, importación o generación mediante de sistema computarizado de documento de contingencia, explicó el gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima, Víctor Zavala Lozano.

Por lo tanto, hasta el 31 de marzo del 2019 queda suspendido el requisito adicional para solicitar autorización de impresión, de haber remitido información de por lo menos el 90% de lo autorizado con solicitud anterior, salvo que se trate de la primera autorización.

Se deroga además una disposición sobre la designación de emisores electrónicos por determinación. Según ella, el sujeto que adquirió la condición de emisor electrónico por elección desde el SEE hasta el 31 de diciembre del 2017, desde el 1 de noviembre adquiría la calidad de emisor electrónico por determinación de la Sunat.

La medida busca afianzar la masificación de los comprobantes electrónicos para facilitar el cumplimiento fiscal de la micro y pequeña empresa.

Ausencia de conectividad

La Sunat también ha fijado las zonas rurales con baja o nula conexión a Internet, en las cuales los emisores estarían impedidos de emitir sus comprobantes de pago electrónicos (consultas en http://cpe.sunat.gob.pe/). De ahí que por ausencia de conectividad al servicio de Internet disponible en una determinada zona, el sistema de emisión electrónica no se emplee, pese a ser su obligación, podrá emitir un comprobante de pago, una nota de crédito o una nota de débito en formato impreso.

 

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

Un pensamiento en “Sunat aprueba facilidades para emisores electrónicos

  • 30 octubre, 2018 al 12:20 pm
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    Muy interesante la información que absuelve dudas sobre modificatorias de emisiones electronicas y su vinculación al ambito tributario.
    Muchas gracias

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