Facultades legislativas: ¿Qué dice la ley sobre materia económica?

La norma fue publicada el día jueves 20 de julio en el diario oficial El Peruano.

De acuerdo a la Ley que le otorga facultades al Ejecutivo para legislar por 60 días en materia de gestión económica y competitividad –entre otras–, los juegos de casino, máquinas de tragamonedas y apuestas online estarán afectas al Impuesto General a las Ventas (IGV) y al Impuesto Selectivo al Consumo (ISC).

Sin embargo, la norma, promulgada ayer en el diario oficial El Peruano, no especifica los montos de los mencionados impuestos.

Asimismo, el Ejecutivo busca simplificar  regulación y demás aspectos referentes a la cobertura y acceso a los regímenes especiales de devolución del IGV orientados a promover y agilizar la inversión en el país, sin que ello implique la creación de nuevos regímenes especiales de devolución.

IMPUESTO A LA RENTA 
En el marco de las facultades, el Ejecutivo podrá modificar la Ley de IR respecto a las tasas para los servicios que hayan sido prestados parte en el país y parte en el extranjero.

Además, podrá también cambiar las normas sobre precios de transferencia, la venta indirecta de acciones, los criterios para determinar cuándo una entidad constituida en el exterior va a ser contribuyente del impuesto a la renta, entre otras.

La norma resalta, además, que no se incrementará la tasa del IR empresarial de los contribuyentes domiciliados en el Perú y que no se modificará la tasa máxima y el tramo inafecto del IR que grava las rentas de trabajo de los contribuyentes domiciliados, ni el tratamiento tributario de las micro y pequeñas empresas (Mype).

Asimismo, se establece el mejoramiento tributario para el Fideicomiso de Titulización para Inversión en Renta de Bienes Raíces (FIBRA) y al Fondo de Inversión en Renta de Bienes Inmuebles (FIRBI), y para la transferencia de facturas negociables.

Por otro lado, la ley crea un producto previsional no obligatorio, inafecto del IR de las personas naturales y de la contribución al Seguro Social de Salud (EsSalud) para los afiliados que retiraron los fondos de sus cuentas individuales, sin que ello implique modificar las normas que permiten el retiro de hasta el 95,5% de los fondos.

GESTIÓN ECONÓMICA Y COMPETITIVIDAD

El Ejecutivo cambiará también los parámetros de las bandas de precios de los productos afectos al Fondo para la Estabilización de Precios de Combustibles (FEPC) derivados del petróleo.

Esto, con el objeto de otorgar una mayor frecuencia y magnitud de actualización, permitir la realización de futuros cambios de los parámetros mediante decreto supremo y establecer una fuente de financiamiento complementaria que permita fortalecer y hacer sostenible el fondo.

El Fondo de Promoción a la Inversión Pública y Local (Foniprel) también está en la mira el Ejecutivo, que lo rediseñará para integrarlo a la Inclusión Económica en Zonas Rurales (Fonie).

Además, se incluirá en Ley que Aprueba las Normas de Promoción del Sector Agrario, a las actividades acuícolas y de manejo y aprovechamiento forestal y de fauna silvestre.

MODERNIZACIÓN DEL ESTADO

El Ejecutivo podrá también, durante 60 días, fortalecer y modernizar el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, desarrollando el marco normativo para la implementación de la Planilla Única de Pago del Sector Público. También establecerá disposiciones para la negociación colectiva en el Sector Público.

Además, se incorporarán las modalidades formativas de servicios en las entidades de la Administración Pública, sin que ello altere normas de contratación de personal en el Sector Público.

MÁS DATOS

  1. Promueve y regula el uso generalizado de comprobantes de pago electrónicos.
  2. Busca evitar la doble imposición internacional y modificar el tratamiento del secreto bancario para fines internos sobre la información financiera.
  3. Regulará el periodo vacacional, de acuerdo a las necesidades del trabajador y del empleador.

Fuente: Diario El Comercio del jueves 19 de julio de 2018.

https://elcomercio.pe/economia/peru/facultades-legislativas-dice-ley-materia-economica-noticia-537937

César Villanueva

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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