Cuidado! SUNAT fiscalizará el pago del del Impuesto a la Renta por alquiler de inmuebles.
Si usted alquila un inmueble y no genera rentas de tercera categoría recuerde que tiene la obligación de efectuar el pago al Fisco del importe equivalente al 5% del monto del alquiler, al constituir renta de primera categoría para la persona natural.
El pago del 5% se efectúa mientras dure el alquiler, encontrándose obligado al pago, incluso si el inquilino no le paga oportunamente el alquiler pactado, toda vez que el reconocimiento del ingreso se rige por el principio del devengado previsto en el artículo 57° de la Ley del Impuesto a la Renta, esto es, el ingreso se reconoce cuando nace el derecho al cobro y no cuando se percibe la retribución.
Si SUNAT va a fiscalizar los alquileres, procure tener todo en orden cuando lo fiscalicen, esto es, los documentos que sustenten el pago del 5% del arrendamiento mensual mientras dure el mismo.
ACCIONES PARA EL PRIMER TRIMESTRE DEL AÑO
Sunat fiscalizará alquileres
Con el fin de verificar el cumplimiento, la administración tributaria se alista para fiscalizar el pago de los impuestos por el alquiler de las casas de verano, tanto en el sur de Lima como en el norte del país.
Fuente: Diario Oficial El Peruano del jueves 25 de enero de 2018.
25/1/2018
La medida forma parte de las acciones diseñadas por la Sunat para el primer trimestre del año, dijo un vocero.
Otra de las acciones previstas será la verificación de la entrega de comprobantes de pago en restaurantes, grifos y supermercados; el control de gastos no deducibles (facturas que debieron ser boletas); así como la fiscalización del incremento patrimonial a los médicos y abogados.
La Sunat prevé también determinar la omisión e inconsistencia en la presentación de libros electrónicos, con la próxima notificación a más de 80,000 empresas.
La entidad, además, lanzó el aplicativo “Sunat mi comprobante” para facilitar la participación en el sorteo virtual de comprobantes de pago.