CORTE SUPREMA DEJA AL VOTO CONTROVERSIA ENTRE SUNAT Y SOCIEDAD MINERA CERRO VERDE POR S/ 500 MILLONES

Abogados de ambas partes sustentaron alegatos de defensa ante tribunal

Fuente: Portal web del Poder Judicial del Perú del jueves 20 de julio de 2017.

La Tercera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema dejó al voto el recurso de casación en el proceso contencioso administrativo que sigue la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat) y el Tribunal Fiscal con la Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A.

El proceso judicial es por el litigio de alrededor S/ 500 millones en regalías para Arequipa correspondientes al 2008, en los alcances de un convenio de estabilidad jurídica firmado el 13 de febrero de 1998, entre Cerro Verde y el Estado peruano, referido al proyecto de la planta de lixiviación y si esta debe incluirse o no en el proyecto de sulfuros primarios realizado el 2004.

Durante audiencia pública, los abogados Juan Lohmann Luca de Tena y Luis Rodrigo Prado por la Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A.; Francisco Eguiguren Praeli, Reynaldo Bustamante Alarcón y Antenor Escalante Gonzales por la Sunat; y Ángel Vivanco Ortiz por el Tribunal Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas, expusieron sus alegatos de defensa.

Eguiguren Praeli afirmó que el referido contrato solo comprende al proceso de lixiviación y no al de la planta de sulfuros primarios, y que Sunat solo cumple con lo que manda la Constitución y trata de evitar que Cerro Verde tenga un beneficio excepcional otorgado a favor de un inversionista.

Asimismo sostuvo que en los convenios de estabilidad, a una empresa beneficiaria no se le aplica las leyes futuras que puedan modificar el marco brindado en su contrato.

También explicó que según la sentencia de la Sexta Sala Contenciosa Administrativa de Lima que estableció en segunda instancia que la planta de sulfuros primarios no está protegida por el contrato de estabilidad, tiene sustento abundante, por lo que solicitó al Tribunal Supremo, revocar la demanda y declarar infundada la misma.

Los abogados de Cerro Verde expresaron que la Sala Superior no ha motivado de forma adecuada su sentencia y que han confundido lo que son convenios de estabilidad jurídica con los contratos de garantías y medidas de promoción a la inversión, así como los contratos de estabilidad minera, puesto que son dos cosas distintas y otorgan seguridades diferentes.

Indicaron que la Ley General de Minería en el artículo 82 establece que los contratos de estabilidad minera son celebrados para otorgar garantías en relación con los proyectos mineros y no, con un proyecto específico (una planta de lixiviación o de sulfuros, no es un proyecto minero).

Dijeron que el proyecto minero es una unidad económica administrativa de producción, y la unidad de producción incluye la concesión minera, la concesión de beneficio, que incluye todas las plantas de beneficio.

También señalaron que Cerro Verde no necesitaba modificar, incluir o ampliar el contrato con cualquier otro proyecto ya que ellos habían realizado decenas de millones de dólares de inversión en distintos pequeños proyectos, dentro de la unidad de producción y ni Sunat ni ninguna autoridad los cuestionó, por lo que solicitó anular la sentencia de vista.

Por su parte el representante del Tribunal Fiscal dijo que Cerro Verde confunde los alcances del contrato, además explicó que el Estado peruano otorga determinados beneficios y estabilidad tributaria al inversionista para que realice determinadas inversiones.

Precisó que el presente caso está referida a la planta de lixiviación (extracción de la materia soluble de una mezcla mediante la acción de un disolvente líquido) y no a la planta de sulfuros.

El colegiado –presidido por el juez supremo Héctor Lama More, e integrado por los magistrados Julio Wong Abad, Carlos Arias Lazarte, Ulises Yaya Zumaeta y Pedro Cartolín Pastor–, emitirá su decisión en el plazo que contempla la ley.

Lima, 20 de julio de 2017

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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