Se modifican artículos del régimen de infracciones y sanciones del Decreto Legislativo N° 1126 que establece medidas de control en los insumos químicos y productos fiscalizados, maquinarias y equipos utilizados para la elaboración de drogas ilícitas. Ley N° 30584.

El día de hoy,  jueves 15 de junio de 2017,  se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano la Ley N° 30584, Ley que modifica el Artículo 1 del Decreto Legislativo N°  1339 que establece medidas de control en los insumos químicos y productos fiscalizados maquinarias y equipos utilizados para la elaboración de drogas ilícitas.

http://busquedas.elperuano.com.pe/normaslegales/ley-que-modifica-el-articulo-1-del-decreto-legislativo-1339-ley-n-30584-1533270-2/

Cabe recordar que mediante el Decreto Legislativo N° 1339  se modificó el artículo 47° del Decreto Legislativo N° 1126  y se incorporó la Octava y Novena Disposición Complementaria a dicha norma,

En ese sentido, el artículo 47° del Decreto Legislativo N°  1126 queda redactado en los términos siguientes:

Artículo 47. Infracciones y sanciones:

El incumplimiento de las obligaciones y sanciones señaladas en el presente decreto legislativo constituye infracción a este, independientemente de las acciones de naturaleza civil o penal a que hubiera lugar. La sanción aplicable a las referidas infracciones es la incautación. Mediante decreto supremo a propuesta de la SUNAT, refrendado por el titular del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de sus competencias, se tipifican las infracciones y sanciones administrativas por el incumplimiento del presente decreto legislativo dentro de los límites previstos por el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política”

Asimismo, la Octava Disposición Complementaria al Decreto Legislativo N° 1126  queda redactada en los siguientes términos:

OCTAVA.- TIPIFICACIÓN DE INFRACCIONES

La tipificación de infracciones por el incumplimiento del presente decreto legislativo se efectúa mediante decreto supremo, de conformidad con lo establecido en el artículo 230 numeral 4) de la Ley 27444 y dentro de los límites previstos por el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política.

En ese sentido, se modifica el artículo 47° del Decreto Legislativo N° 1126 para señalar que el incumplimiento de las obligaciones y sanciones señaladas en el Decreto Legislativo constituye infracción a éste, independientemente de las acciones de naturaleza civil o penal a que hubiera lugar (antes se hacía referencia únicamente a obligaciones)

Asimismo, se dispone que la tipificación de infracciones se efectúa dentro de los límite previstos por el numeral 8 del artículo 118° de la Constitución (antes se hacía referencia al procedimiento sancionador respectivo a cargo de la SUNAT)

En lo que concierte a la Octava Disposición Complementaria se señala que la tipificación de infracciones por el incumplimiento del presente decreto legislativo se efectúa mediante decreto supremo, de conformidad con lo establecido en el artículo 230 numeral 4) de la Ley 27444 y dentro de los límites previstos por el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política (ante sólo se hacía referencia al artículo 230° numeral 4 de la Ley N° 27444)

En consecuencia, se aprecia que con la modificación prevista en la Ley N° 30584  al Decreto Legislativo N° 1126, el incumplimiento a las obligaciones y sanciones previstas en la norma no sólo se encuentren garantizadas por el artículo 230 numeral 4° de la Ley N° 27444,  sino dentro del marco constitucional previsto en el numeral 8 del artículo 118° de la Constitución Política,  y ya no se señala que  la regulación del  procedimiento sancionador esté a cargo de la SUNAT.

 

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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