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Sobre derecho y epistemología

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Hace poco más de una semana hubo un coloquio de filosofía del derecho en la PUCP, donde tuve la suerte (inmerecida) de participar, y me sorprendió mucho la adopción del lenguaje del positivismo lógico como es el caso de los términos “contexto de justificación” y “contexto de descubrimiento”.

 

En una conferencia dada por Robert Alexy (febrero, 2013, circa), éste reconoció que dicha terminología lo tomó del positivismo lógico. Pero, lo que no me queda claro si los juristas son conscientes del significado de estos términos. Por ejemplo, sostienen los juristas que tanto en el contexto de justificación como en el contexto de descubrimiento puede emplearse una lógica de primer orden (i.e. lógica deóntica) y tal cosa fue descartada desde sus inicios en el seno del positivismo lógico, cuando en 1938, Hans Reichenbach planteara dicha distinción (cf. Experience and Prediction).

 

La cuestión es de suma importancia para la teoría del derecho pues tiene relación directa con la distinción entre principios y reglas. Si aceptamos que puede reconstruirse racionalmente el contexto de descubrimiento (lo que sería un absurdo para el empirismo lógico), entonces aceptamos que los principios son enunciados en el sentido lógico del término. Y esto, así planteado, me parece casi “una herejía” :). ¿Los principios jurídicos tienen valor de verdad? ¡Claro que no! Ya lo señaló Jørgen Jørgensen en 1938 y aún sigue así la cuestión (Cf. Jörg Hansen, 2013). Anyway… 🙂

 

Así, lo anterior no se condice con el uso que el positivismo lógico hace de la distinción contexto de justificación / contexto de descubrimiento. Y tengo la impresión de que no están al tanto de ello.

 

Lo que digo no significa que no pueda emplearse la lógica para lo que es el contexto de descubrimiento, pero ello requiere salirse el programa del positivismo lógico, y salirse, igualmente, de la distinción positivista contexto de justificación / contexto de descubrimiento. Y tengo, otra vez, la impresión de que tal cosa no está en los planes de los juristas.

 

Finalmente, he de indicar que en el texto Revisiting Discovery and Justification. Historical and philosophical perspectives on the context distinction, 2006, editado por Jutta Schickore y Friedrich Steinle, editorial Springer se congrega una cantidad de trabajos acerca de distinción contexto de justificación / contexto de descubrimiento, haciendo su análisis y crítica. Por ejemplo, el paper de Paul Hoyningen-Huene: “Context of discovery versus context of justification and Thomas Kuhn” (pp. 119 – 131) sostiene que esta distinción es ambigua, y que tiene hasta 5 versiones, las cuales analiza en el mismo trabajo. Me parece, humildemente, que esta obra no sólo tiene importancia para la epistemología sino también para el derecho.

 

Saludos cordiales,

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