El delito de contrabando. La sustracción, elusión o burla del control aduanero como presupuestos insuficientes.

El delito de contrabando. La sustracción, elusión o burla del control aduanero como presupuestos insuficientes. Según el art. 1 de la Ley de Delitos Aduaneros, Ley Nº 28008, incurre en delito de contrabando “El que se sustrae, elude o burla el control aduanero ingresando mercancías del extranjero o las extrae del territorio nacional o no Read more about El delito de contrabando. La sustracción, elusión o burla del control aduanero como presupuestos insuficientes.[…]