PRESUNCIÓN DE NEGOCIO SIMILAR

La Administración determinó ingresos presuntos en función al margen de utilidad bruta promedio de empresas similares y, debido a que no pudo verificar las condiciones establecidas en el inciso a) del artículo 61° del reglamento por causas imputables al recurrente, pues no tenía trabajadores declarados, no declaró establecimientos anexos o puntos de ventas, el monto del pasivo, de los gastos así como los consumos de agua, energía eléctrica o servicio telefónico eran no fehacientes, no contabilizó existencias de mercaderías o bienes y no contabilizó depósitos bancarios, consideró como elementos de comparación que las empresas tuvieran el mismo CIIU y ubigeo del recurrente.

RTF 06479-2-2010

Puntuación: 0 / Votos: 0

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *