NOTIFICACIÓN CONJUNTA OP Y REC – NOTIFICACIÓN A TRAVÉS DEL DIARIO
Se declara fundada la queja debido a que las órdenes de pago objeto de cobranza fueron notificadas en forma conjunta con las resoluciones de ejecución coactiva lo que vulnera el derecho al debido procedimiento coactivo, conforme al criterio establecido por el Tribunal Constitucional en la Sentencia Nº 3797-2006-PA/TC, y la cobranza coactiva iniciada por la deuda contenida en las resoluciones de intendencia, dado que dichas resoluciones si bien fueron notificadas a través del diario oficial El Peruano, la Administración no ha acreditado las razones por las cuales procedió bajo esa modalidad de notificación.