10/03/11: Servidores del Sector Salud ubicados en los Grupos de Técnicos les corresponde Bonificación Especial del Decreto de Urgencia Nº 037-94

Mediante sentencia recaída en el Expediente Nº 02978-2010-AC/TC el Tribunal Constitucional declaró fundada la demanda de Acción de Cumplimiento para que se cumpla con lo dispuesto en la Resolución Directoral que declara procedente el pago de Bonificación Especial prevista en el Decreto de Urgencia Nº 037-94-PCM, a favor de la demandada en su condición de Técnico de Enfermería, más el pago de los intereses legales y los costos del proceso.

Precisó el Tribunal que al personal administrativo del Sector Salud comprendido en la Escala 10: escalafonados, administrativos del Sector Salud no le corresponde la bonificación especial del Decreto de Urgencia 037-94, En el caso comentado , consta de la Resolución Directoral Regional Sectorial Nº 302-2009-GOBIERNO REGIONAL-AMAZONAS/DRS, de fecha 21 de abril de 2009, que la demandante se encuentra comprendida en el grupo ocupacional de los Técnicos con la Categoría Remunerativa STB; (Escala 8: Técnicos), establecida por el Decreto Supremo 051-91-PCM, concluyéndose que, conforme al criterio establecido por el Tribunal Constitucional, se ha reconocido que le corresponde percibir la bonificación establecida en el Decreto de Urgencia 037-94.

En ese sentido, se reconoce a favor de la demandante un adeudo de S/. 26,857.04 por concepto de sustitución de la bonificación del Decreto Supremo 019-94-PCM por la del Decreto de Urgencia 037-94. Asimismo se ha ordenado el pago de costos a favor de la demandante conforme al artículo 56° del Código Procesal Constitucional y de conformidad con los artículos 1236.° y 1244.° del Código Civil, debe abonarse los intereses legales a partir de la fecha en que se determinó el pago de los derechos a la recurrente hasta la fecha en que éste se haga efectivo.

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