Archivo de la etiqueta: ley

Jornadas por los 10 años de la Ley de Procedimiento Administrativo General

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Los días 25, 26 y 27 de Octubre de 2011, se llevará a cabo en el Polideportivo de la PUCP (Campus PUCP) Las Jornadas por los 10 años de la Ley de Procedimiento Administrativo General, con la presencia de expositores extranjeros ( Universidade do Sao Paulo-Brasil; Universidade do Estado do Rio de Janeiro-Brasil; Universidad de Alicante-España; Universidade San judas Tadeo-Brasil) y expositores nacionales (Universidad de Piura y Universidad Católica)

Mayor Información e inscripciones en el siguiente enlace:

Jornadas por los 10 años de la Ley de Procedimento Administrativo General
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El Proyecto de Ley sobre Facultad Sancionadora de la Contraloría General de la República

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Adjunto encontrara un documento serio de observaciones formulado por un grupo de profesionales especialistas en Derecho Administrativo y docentes universitarios sobre las deficiencias y errores del Proyecto de Ley N° 4210/2010-CG, lamentablemente aprobada el miércoles pasado en la Comisión de Fiscalización del Congreso de la República.

Ver los documentos en mención:

Carta de remisión de Observaciones

Texto de Observacones formuladas Sigue leyendo

Vigencia de la Ley de Contrataciones y su Reglamento – ¿13 de febrero de 2009? o antes

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Si bien es cierto el 4 de junio de 2008 se publicó la Ley de Contrataciones del Estado (Decreto Legislativo N° 1017), esta dispuso en su Decimo Segunda Disposición Complementaria y Final, que entraría en vigencia a los 30 días calendarios contados a partir de la publicación de su reglamento y del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE.

Con fecha 1 de enero de 2009 se publicó el decreto supremo que aprobaba el Reglamento de la Ley, pero no aún el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, por lo que aún no se podía comenzar a contar dicho plazo.

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¡Entró en vigencia la Ley del Silencio Administrativo!

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… y es necesario conocer sus alcances y la forma adecuada de hacer uso de las nuevas reglas de juego.

La nueva Ley traslada la responsabilidad de acreditar la producciòn del silencio positivo en el administrado quien debe presentar una Declaración Jurada, la misma que de no responder a la verdad o tener informaciòn inexacta reviste consecuencias penales y también económicas en perjuicio del administrado, por lo que resulta vital que éste conozca como hacer uso adecuado de dicho instrumento para que realmente el resultado sea a su favor.

Sin embargo, debe precisarse que el uso de la declaración jurada es sólo para demostrar ante terceras entidades públicas la producción del silencio, no siendo un instrumento constitutivo del silencio positivo, el mismo que se produce automaticamente al vencimiento del plazo fijado para el procedimiento sujeto a silencio positivo.

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