Reforma electoral para gestionar con políticas públicas. Definiendo conceptos esenciales (I)

El gobierno ppkausa ya tiene varios meses, y aun no me queda claro cuales son las políticas públicas nacionales que guían esta gestión. El inconveniente es que, en el 2018 se elegirán a nuevos alcaldes y gobernadores regionales, los mismos que -si no tienen claras dichas políticas públicas- gobernarán y gestionarán según su idiosincrasia, o impondrán políticas públicas regionales de carácter populista.

En este artículo pretendemos reflexionar la urgencia de plasmar una reforma electoral, donde no se exijan planes de gobierno que sean una suma de promesas electorales aisladas entre sí (como vienen siendo), sino que sean ofertas de políticas públicas regionales, según la naturaleza y contexto de cada departamento o región.   

 

Aun cuando perdí la referencia exacta, recuerdo que el peruano Juan Carlos Cortázar Velarde define a las políticas públicas como “un flujo de interacciones y decisiones que implican el empleo de la autoridad pública con la finalidad de responder a situaciones consideradas problemas públicos, es decir, situaciones problemáticas que exigen la acción del Estado” .

La definición anterior no es de mi gusto, ni personal, ni académico.  La encuentro muy restrictiva, autoritaria y estatalista (¿existe esta palabra?).

En efecto, en primer lugar, para mi, la referencia: “…que implican el empleo de la autoridad pública”, otorga un rol primordial al Estado y a sus representantes oficiales, al momento de definir las situaciones que son consideradas “problemas públicos”.  Te pregunto querido lector:  ¿Solo las autoridades públicas pueden decidir, según su parecer, que situaciones merecen especial atención estatal, y cuáles no?

Y si Juan Carlos Cortazár dijese:  “No hay tal estatalismo. Todo está en tu cabeza“.  Entonces, yo encontraría que su definición peca de excesiva confianza –por no decir soberbia u ignorancia- en la labor que realizan nuestras autoridades públicas, o sus representantes más ilustrados: los tecnocratas.  ¿Acaso la evidencia demuestra que, tecnocratas tienen  el diagnostico certero y la solución absoluta a los problemas sociales existentes?

Pero la definición reseñada lineas arriba, tampoco es de mi gusto por una última razón: porque excluye formalmente a las organizaciones y a las personas que contribuyen, en diverso grado, en la configuración de los problemas colectivos y sociales, así como en su tratamiento.  En efecto:  cuando existe un problema social, tu y yo somos parte del problema y tenemos derecho a ser parte de la solución. Nuevamente, subliminalmente  la definición reseñada nos da un mensaje estatalista, pues nos dicen que solo en la administración pública se implementan y actúan las políticas públicas. ¿y nosotros los ciudadanos, que?

Por todo lo expuesto, yo gusto más de una definición de Políticas Públicas que algunos pueden calificar de “clásica”  -por el tiempo transcurrido desde que la postulara Eugenio Lahera Parada- la cual señala: “una política pública corresponde a cursos de acción y flujos de información relacionados con un objetivo público definido en forma democrática; los que son desarrollados por el sector público y, frecuentemente, con la participación de la comunidad y el sector público. Una política pública de calidad incluirá orientaciones o contenidos, instrumentos o mecanismos, definiciones o modificaciones institucionales, y la previsión de sus resultados” .

Me gusta lo de “ un objetivo público definido en forma democrática” pues es afín a una consciencia y cultura política marcadamente más democrática y participativa.

Nuestra Constitución de 1993 reconoce una nueva generación de derechos humanos: los derechos sociales. Y  con ello reconoce el derecho de cada persona, o sector social, a participar en la toma de decisiones que determinan las condiciones y escenarios futuros en que se desarrollaran sus vidas. Otros ejemplos de ello son la Ley N° 26300 o Ley de los derechos de participación y control ciudadano, o la Ley N º 27783, Ley de Bases de la Descentralización .

También me gusta que  Lahera precise que esos objetivos públicos “son desarrollados por el sector público y, frecuentemente, con la participación de la comunidad y el sector público” pues deja en evidencia que:

a) El Estado ya no es el organismo planificador por excelencia, como se creía antes (antes de la globalización, cuando el Estado era el actor social relevante y tenía los recursos económicos y financieros para intentar solitariamente hacer lo que decía).

b) Hay otros actores sociales, hoy en día, con más recursos, información y trascendencia que el propio Estado, como pueden ser organismos supranacionales, empresas transnacionales, bloques económicos, etc, y por ello se requiere su concurso para enfrentar problemas sociales, que cada vez son más complejos.

Finalmente. la definición clásica de Lahera, me gusta porque  precisa que, para que una política pública sea valorada como “de calidad” debe necesariamente incluir “orientaciones o contenidos, instrumentos o mecanismos, definiciones o modificaciones institucionales, y la previsión de sus resultados”.  Esto nos vincula a aspectos operativos y funcionales vinculados a las herramientas de gestión, donde encontramos conceptos como planificación, estrategia, y otros muchos más, que cada candidato a alcalde o gobernador, debería manejar con solvencia.

Con cargo a seguir buscando la referencia perdida, nos permitimos reseñar la frase, clara y precisa, que señala: “siempre ha existido una estrecha relación entre políticas públicas y la planeación, fundamentalmente en dos sentidos:

El primero: basado en el hecho que la planeación suministra a las políticas públicas el método racional de formulación que, en últimas, corresponde a las técnicas adecuadas para la toma de decisiones.

El segundo, fundamentado en que –de alguna manera- el plan de desarrollo es el conjunto y a la vez la síntesis de las políticas públicas establecidas en un momento determinado, lo que equivale a decir que es el marco de referencia de las mismas” .

Por esta estrecha relación entre políticas públicas y las herramientas de la gestión pública que las operativizan es bueno sistematizar para esclarecer que existe una secuencia de causalidad lógica donde la Política Pública responde primero a ¿Qué hacer?, y a partir de ello -y posteriormente- la Gestión Pública responde el ¿Cómo hacerlo? Reiteramos:

Política Pública  es a ¿Qué hacer?
Gestión Pública  es a ¿Cómo hacerlo?

Intentar revertir la secuencia de causalidad carecería de lógica y funcionalidad.  No tendría sentido preguntar: ¿cómo hacer algo? si no sé responder: ¿que es ese algo que debo hacer?

Entonces, a modo de finalizar el artículo, podemos concluir que:  encontramos que no hay incompatibilidad entre la definición de lo que es una “política pública” y los problemas públicos que deben de ser conocidos, gestionados y solucionados por los futuros gobernadores regionales.

Pero ¿se exige que nuestros candidatos a gobernador regional, sepan de políticas públicas?, ¿se les exige que presenten propuestas de políticas públicas que guiarían su gestión?, ¿que les exige la legislación electoral a estos aspiracionales?