Modifican la Resolución de Superintendencia N° 317-2017/SUNAT que regula la emisión electrónica de la liquidación de compra a través del Sistema de Emisión Electrónica SUNAT Operaciones en Línea respecto de la designación de nuevos emisores electrónicos y del límite para emitir aquel comprobante de pago

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La Resolución de Superintendencia No. 166-2018/SUNAT (30.06.2018) vigente a partir del 01.10.2018, modifica la Resolución de Superintendencia No. 317-2017/SUNAT y se señala lo siguiente:

  • La nueva fecha de designación de nuevos emisores electrónicos es a partir del 1.10.2018 y ya no a partir del 1.07.2018.
  • La liquidación de compra electrónica sólo se emitirá si el valor de las ventas acumulado por el vendedor en el transcurso de cada “periodo aplicable” hasta el mes anterior al de la emisión no supere el límite de 75 UIT para el 2018 (octubre a diciembre) y para el 2019 (enero a diciembre). La SUNAT podrá fijar un límite menor.

 

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