- TRATAMIENTO TRIBUTARIO DE LA PARTICIPACIÓN DE UTILIDADES A LOS TRABAJADORES
- TRATAMIENTO TRIBUTARIO DEL FACTORING-FINANCIAMIENTO PARA MIPYME, EMPRENDIMIENTOS Y STARTUPS
- EL IMPACTO DE LA UNIDAD IMPOSITIVA TRIBUTARIA EN EL ÁMBITO TRIBUTARIO
- TRATAMIENTO TRIBUTARIO DE LA PRESENTACIÓN DE LA DAOT 2020
- LLEVADO DE EXPEDIENTES ELECTRÓNICOS EN SUNAT
INFORME No. 043-2018-SUNAT/7T0000: Se considera regalía la contraprestación pagada por el otorgamiento del derecho temporal a realizar adaptaciones en un software
[Visto: 959 veces]
La contraprestación pagada por el otorgamiento del derecho temporal a realizar adaptaciones en un software para su comercialización posterior, califica como regalía para efectos de la LIR, en la medida que se trata de una cesión temporal de la titularidad de un derecho patrimonial que conlleva el derecho a su explotación económica.