El cumplimiento cabal de la ley
Un sistema normativo saludable debe ser armónico legislativamente hablando, debe conllevar a un balance o equilibrio entre el conjunto de sus reglas, su capacid
ad de anticipar las demandas sociales, el grado de impacto de aquel en la actividad de la comunidad y las condiciones imperantes en el medio social al tiempo de su vigencia.
En el caso del Perú ha sido una constante el crecimiento excesivo de un número de leyes, esencialmente desde una óptica imperada por la ocurrencia de hechos que finalmente obligan a regular de forma específica, creando para ello una descodificación o una regulación atomizada o particularizada, desvirtuando el sentido generalista que por naturaleza debiera tener la ley.
El ciudadano de a pie, cada vez observa con desdén como es que día a día aparecen normas y mas regulaciones, entrampando muchas veces los procedimientos y posibilitando en muchos casos el vacio normativo, por una inflación legislativa que es incontrolable, en el peor de los casos una incertidumbre jurídica que conlleva a crear una inestabilidad normativa y por ende procesal.
En el caso de los inversionistas, existe un grado de desconfianza afianzado por la constante vorágine legislativa, así como el cambio de reglas de juego que perjudica en demasía al emprendedor empresario.
Considerando la organización del estado y la consecuente política de descentralización funcional, pero sin los presupuestos necesario, esta claro de la descentralización y sus bondades como política de estado tendiente según se dice a posibilitar el acceso a oportunidades a las poblaciones más alejadas.
Pero ello constituye un desafío al legislador que se ve impulsado a tener visión localista en defensa de los intereses de su región como es natural, ello también ha incrementado enormemente el volumen legislativo la cual no es ajena a estos fenómenos, con la aparición de un proceso de descentralización en marcha, el fortalecimiento de las competencias de los gobiernos regionales, los gobiernos locales, los centros poblados, han devenido en abundante normatividad, sin que ello vaya de la mano con la eficacia normativa requerida, generando muchas veces en una superposición de competencias. Ese es el estado de la cuestión, no mas leyes, sino hacer cumplir las existente.
Es un caso bastante común en la mayoría de formulas legales la frase derogase todo lo que se oponga a la presente, la cual deviene en un uso inadecuado de la técnica legislativa que no clarifica, muy por el contrario conlleva a desarrollar una maraña legislativa y por ende una atomización del marco legal.
Es por ello pertinente recordar la frase del Cardenal De Retz, que era muy del gusto del General De Gaulle y que decía “las leyes desarmadas caerán en el desprecio”.
El principio de la certeza del derecho, se nutre de la transparencia y el acceso a la información de los operadores jurídicos y finalmente de los usuarios del derecho a efecto de obtener reconocimiento y la formalidad exigida por la ley a cada uno de los actos aspirados.
Es por ello que la solución se orienta el desarrollo de un trabajo de revisión, recopilación, ordenamiento y análisis, que permita agrupar y ordenar lo vigente, removiendo los desechos normativos; detallando las colisiones, y señalar la validez y complejidades del corpus o sistema normativo.
Presentación en el Salon del la Marina de Guerra del Perú. 2006.