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Jaime David Abanto Torres (*)

Toda persona tiene el derecho a analizar y criticar las resoluciones judiciales. Con frecuencia escuchamos en los medios de comunicación que diversas autoridades, funcionarios o personas expresan sus opiniones con relación a los alcances e implicancias de diversas resoluciones judiciales. Lamentablemente muchas veces, so pretexto de ello, se desciende al terreno de denigrar al juez que dictó alguna resolución con la que el opinante no se encuentra conforme. Peor aún, cuando ello lo hace algún congresista abusando de su inmunidad parlamentaria.

Cualquier persona puede analizar y criticar cualquier resolución judicial, pero no  difamar, injuriar ni calumniar al juez.Hemos escuchado muchas veces la frase: “Las ideas se discuten, las personas se respetan”. Una máxima muy sabia, pero a la vez difícil de respetar cuando tomamos conocimiento de alguna resolución que no es de nuestro agrado. Aunque no lo parezca, es posible analizar y criticar duramente una resolución, sin agraviar a la persona del juez.

Algunos abogados tienen contactos en algunos medios de comunicación, revistas impresas y digitales, en los cuales propalan versiones absolutamente parcializadas de casos judiciales donde están en juego intereses de sus patrocinados. Alaban al juez que les da la razón y menosprecian al que no se las da. Pocos saben que la justicia nada tiene que ver con la demagogia. No olvidemos a Pilato lavándose las manos para contentar al pueblo que quería crucificar a Jesús.

Obviamente los abogados saben perfectamente que pueden apelar las resoluciones  desfavorables a sus clientes. Pero a veces no pueden resistir la tentación de ganarse a la opinión pública en favor de su causa. Resulta lamentable ver que ante un desacuerdo con una resolución, se solicita la intervención de autoridades o funcionarios ajenos al Poder Judicial, sin advertir que ello sería una lamentable interferencia en el ejercicio de la función judicial.

El juez asume las responsabilidades civiles, penales y administrativas por las resoluciones que dicta. Pero ello no enerva que las resoluciones judiciales firmes tienen que cumplirse en sus propios términos. Así es en un Estado Constitucional de Derecho. Negar esta verdad es negar la civilización, y pretender en pleno siglo XXI, el retorno a la ley de la selva, a la anarquía de la justicia por mano propia.

(*) Juez integrante del programa social “Justicia en tu Comunidad” de la Corte de Lima

Expreso, 11 de abril de 2013

En http://www.expreso.com.pe/blog/la-columna-del-juez-90

En http://www.panoramacajamarquino.com/noticia/critica-de-las-resoluciones-judiciales/

En http://www.elregionalcajamarca.com/2013/04/13/critica-de-las-resoluciones-judiciales/

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