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El Tribunal Constitucional (TC) resolvió, por mayoría, declarar fundada en parte la demanda de amparo contenida en el Expediente 05157-2014-PA/TC, interpuesta por María Chura Arcata en contra del Banco de la Nación (Sede Puno), debido a que le negaron la solicitud de un crédito por tener 84 años de edad.

El Colegiado concluyó que se acreditó la vulneración del derecho a la igualdad, debido a que otros adultos mayores sí podían acceder a créditos, y a que el banco podía adoptar medidas adicionales, en el marco de su configuración interna, para garantizar el pago íntegro de la deuda. De esta forma, se podía tutelar la posibilidad de ser evaluados los adultos mayores a fin de acceder a un préstamo y que el banco pueda cobrar el monto adeudado.

La sentencia también precisa que los adultos mayores merecen una especial tutela por parte del Estado peruano, lo cual no solo obedece a la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran, sino que también se fundamenta en el hecho que son personas que, por su experiencia de vida y por los conocimientos que han adquirido, están en la condición de sumar considerables aportes a la sociedad. En el caso particular, el acceso al crédito, según se indica en la sentencia, permite que los adultos mayores puedan ejercer otros derechos constitucionales.

El Tribunal Constitucional, por ello, ordenó que la entidad bancaria evalúe la capacidad de pago de la demandante, y que, en todo caso, exponga criterios adicionales a la sola edad para determinar la viabilidad de la solicitud.

Voto singular

Los magistrados Óscar Urviola Hani y José Luis Sardón de Taboada emitieron un voto singular en el que coinciden que la demanda debió declararse infundada. Señalaron que no existe discriminación arbitraria sino una diferenciación razonable, ya que el préstamo debe ser pagado en el tiempo. Además que la edad es un criterio constitucionalmente válido para diferenciar entre personas, pues la Constitución fija edades mínimas y máximas para ejercer ciertos derechos y que según el INEI la expectativa de vida de los peruanos es de 75 años.

Lima, 26 de abril de 2017

05157-2014-AA

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