Month: abril 2011

Revista Digital Justicia y Derecho

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Muy pronto el Número 9 de Justicia y Derecho en nuestra nueva dirección

http://justiciayderecho.org.pe/

 

Contribución Bibliográfica

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Nuestra obra “La Conciliación Extrajudicial y la Conciliación Judicial: Un puente de oro entre los MARC’S y la justicia ordinaria” ha sido considerada como parte de la Bibliografía Básica del Curso Obligatorio de Negociación, Conciliación y Arbitraje en la Universidad Privada del Norte.

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Asunto Quispe Pariona

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1.- Comunicado sobre improcedencia de la vacancia

Comunicado: Ante la renuncia del señor Pablo Talavera Elguera al cargo de consejero del Consejo Nacional de la Magistratura; el Pleno del CNM informa a la opinión pública que ha tomado los siguientes acuerdos.

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COMUNICADO

Ante la renuncia del señor Pablo Talavera Elguera al cargo de consejero del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM); el Pleno del CNM informa a la opinión pública que ha tomado los siguientes acuerdos:

1. ACEPTAR la renuncia del señor Pablo Talavera Elguera al cargo de consejero, lamentando su decisión, respetándola y deseándole los mejores parabienes en su vida profesional y personal. 

2. PRECISAR que el proceso de vacancia seguido al consejero Alfredo Quispe Pariona ha cumplido con los principios del debido procedimiento, respetando el derecho de defensa, la valoración objetiva de la prueba y el marco constitucional de los derechos fundamentales, el cual se desarrolló bajo los siguientes fundamentos:

1° Las imputaciones formuladas contra el consejero Alfredo Quispe Pariona tuvieron como sustento lo siguiente:

 

  • La existencia de un audio conteniendo una supuesta conducta inapropiada del referido consejero; y,
  • La supuesta expulsión del referido consejero de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega, en mérito a las imputaciones de supuesto acoso sexual contra estudiantes de la referida Casa Superior de Estudios, durante el periodo en el cual este cursaba sus estudios de pregrado.

 

2° Sobre estos hechos:

  • En lo que respecta al audio se debe precisar que conforme a la presentación de dicha prueba, no se tuvo los peritajes y los elementos objetivos que permitiera verificar su autenticidad.
  • Respecto al segundo extremo ha quedado desvirtuado el acoso imputado y la supuesta expulsión de la Casa Superior de Estudios antes mencionada, con las cartas notariales presentadas por las supuestas agraviadas, en las cuales niegan todos los hechos y con el comunicado de la Universidad donde se informa de la inexistencia de alguna acción disciplinaria o expulsión contra el consejero Quispe Pariona.

3° Las causales de vacancia de consejero, se encuentran previstas en el artículo 11° inciso 4) de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, y se aplican a supuestos relacionados al ejercicio de la función; sobre este aspecto, es necesario señalar que a la fecha no existe la reglamentación que instituya el procedimiento a seguir en estos casos; sin embargo el Consejo en salvaguarda de sus funciones constitucionales adoptó la decisión de iniciar de oficio el trámite de declaración de vacancia contra el consejero Quispe Pariona en estricto respeto de los principios que regulan el Procedimiento Administrativo General previstos por la Ley No. 27444, en cuya tramitación se acordó suspenderlo en sus funciones, situación que ha concluido con la decisión del Pleno del Consejo de no aceptar la vacancia tramitada, por las razones antes mencionadas.

4° Cabe precisar, que las imputaciones materia del procedimiento de vacancia, se sustentan en hechos que no corresponden a la condición de consejero, sino a  supuestos anteriores a su elección, que de ser ciertos,  debió tramitarse en el proceso de postulación bajo el mecanismo de tachas; una revisión de estos hechos implicaría que el Consejo estaría actuando como un nuevo filtro de un proceso de elección, lo cual no es su función constitucional.

5° La decisión adoptada por el Pleno del Consejo en el presente procedimiento se sustenta en el principio de legalidad, el cual establece que las actuaciones de la administración pública se encuentran sustentadas en  la ley y los principios del derecho.

3. PROPONER mediante una legislación especializada la regulación del procedimiento de vacancia de los miembros del Consejo Nacional de la Magistratura.

4. SOLICITAR al Congreso de la República la aprobación de las propuestas de reforma constitucional y proyectos de ley presentados para implementar mayores requisitos y filtros en la elección de los consejeros.

El Consejo Nacional de la Magistratura, como organismo constitucional autónomo integrante del sistema de justicia garantiza que sus decisiones son adoptadas en estricto cumplimiento de la Constitución y la ley.

San Isidro, 11 de noviembre de 2015

2.- Comunicado  sobre Vacancia del Cargo

941_COMUNICADO nulidad de acuerdo Quispe Pariona

3.- Resolución que declara la vacancia

992_Res 210-2015-PCNM Vacancia de Quispe Pariona

4.- Resolución que declara infundado el Recurso de Reconsideración

993_Res 211-2015-PCNM Infundado Reconsideracion de Quispe Pariona

 

Términos de la Distancia

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RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 288-2015-CE-PJ
Aprueban el Reglamento de Plazos de Término de la Distancia y el Cuadro General de Términos de la Distancia [Separata especial]
Normas legales: 17-11-2015

Terminos de la Distancia