Month: abril 2011

Caso Julio Tito Pampamallco

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Hábeas data correctivo
Corrección del estado civil

STC 04729-2011-PHD/TC

http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2013//04729-2011-HD.pdf

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LA DECLARACIÓN JUDICIAL DE SOLTERÍA

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Reynaldo Mario Tantaleán Odar

http://www.derechoycambiosocial.com/revista019/declaracion%20de%20solteria.htm

 

No estoy de acuerdo ni con el juez competente ni con la vía procedimental.

 

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Let it be

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The Beatles

When i find myself in times of trouble,
mother mary comes to me
speaking words of wisdom, let it be
and in my hour of darkness
she is standing right in front of me
speaking words of wisdom, let it be
let it be, let it be, let it be, let it be
whisper words of wisdom, let it be

And when the broken hearted people
living in the world agree
there will be an answer, let it be
for though they may be parted,
there is still a chance that they will see
there will be an answer, let it be
let it be, let it be, let it be, let it be
there will be an answer, let it be
let it be, let it be, let it be, let it be
whisper words of wisdom, let it be
let it be, let it be, let it be, let it be
whisper words of wisdom, let it be

And when the night is cloudy there is still a light
that shines on me
shine until tomorrow, let it be
i wake up to the sound of music,
mother mary comforts me
speaking words of wisdom, let it be
let it be, let it be, let it be, yeah, let it be
there will be an answer, let it be
let it be, let it be, let it be, yeah, let it be
whisper words of wisdom, let it be

 

Sobre esta canción existen dos teorías:

Que fue escrita por Paul McCartney en honor a su madre llamada Mary.

Que es un homenaje a la Vírgen María, tal como se indica en el siguiente ppt.
20110224-Let it be.pps

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Una Carta al Cielo

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Lucha Reyes

Trayendo a un pobre niño, sujeto de la mano,
se presento al sargento, un hombre en el cuartel.
el mundo esta perdido, le dijo acalorado,
le traigo este muchacho, tan chico y por ladron.

Cálmese y tome asiento, demas esta estrujarlo,
que es lo que le ha robado, dijo la autoridad.
robo un ovillo de hilo, en una de mis tiendas
por eso castigarlo, merece sin piedad…(bis)

La autoridad pregunta, dime carita sucia
si es cierto lo que dice, y deja de llorar,
el niño le responde, es cierto mi sargento
robe un ovillo de hilo, para asi hacer llegar,

A mi blanca cometa, hasta el azul del cielo
alla donde se ha ido, mi adorada Mama,
no ven que hay una carta, prendida en mi juguete
perdónenme si en ella, yo quise preguntar.

Por que mamita linda. por que te fuiste lejos,
dejándome tan solo. con mi pobre Papa,
por que mamita linda, por que te fuiste lejos,
dejándome tan solo. con mi pobre Papa

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Amor Eterno

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Juan Gabriel

Tu eres la tristeza de mis ojos
que lloran en silencio por tu adiós
me miro en el espejo y veo en mi rostro
el tiempo que he sufrido por tu adiós
obligo que te olvido en el pensamiento
pues, siempre estoy pensando en el ayer
prefiero estar dormida que despierta
de tanto que me duele que no estés

Como quisiera, ay
que tu vivieras
que tus ojitos jamas se hubieran
cerrado nunca y estar mirándolos
amor eterno,
e inolvidable
tarde o temprano estaré contigo
para seguir, amándolos

Yo he sufrido tanto por tu ausencia
desde ese día hasta hoy, no soy feliz
y aunque tengo tranquila mi conciencia
yo sé que pude haber yo hecho mas por ti
obscura soledad estoy viviendo
la misma soledad de tu sepulcro
es que tú eres el amor de cual yo tengo
el más triste recuerdo de Acapulco.

Pero como quisiera,
que tu vivieras
que tus ojitos jamas se hubieran
cerrado nunca y estar mirándolos
amor eterno,
e inolvidable
tarde o temprano estaré contigo
para seguir, amándolos

Amor eterno
Amor eterno
Amor eterno
Amor eterno

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A la sombra de mi madre

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Leo Dan

Todos tienen una madre
ninguna como la mía
que arde como lucecita
haciéndome compañía

La vieran dentro mi rancho
sencillita como es ella
y sus ojitos se apagan
como el fulgor de una estrella

Yo le pido a dios rezando
que mi mamá no se muera
que viva dentro mi rancho
como estampita siquiera

Yo le pido a dios rezando
que mi mamá no se muera
que viva dentro mi rancho
como estampita siquiera

(Declamado)
Si alguna vez madrecita
Tu te me vas para el cielo
Llevame madre querida
No me dejes No me dejes
Yo te quiero

Pero su sombra me alcanza
como bendición divina
es el ángel de la guarda
de mi vida peregrina

Sombra del árbol plantado
en el patio solariego
retoño fiel que traduce
la voluntad de mis ruegos

Yo le pido a dios rezando
que mi mamá no se muera
que viva dentro mi rancho
como estampita siquiera

Yo le pido a dios rezando
que mi mamá no se muera
que viva dentro mi rancho
como estampita siquiera

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Madre

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Luis Enrique Ascoy

Me falta una cancion desde hace tiempo
Un canto que no podia terminar
Y es que a veces cuesta decir lo siento
Al ser querido que hiciste llorar
Por eso hoy quiero mover tierra y cielo
Para hacerte feliz por fin mamá
Y juro que yo siempre tendré tiempo
Para venir a verte y conversar.

MADRE,
TU ME ENTREGASTE
MAS DE LO QUE YO MEREZCO
DEJAME AHORA
COMPARTIRTE MIS ANHELOS,
MADRE,
TU ME ENTREGASTE TODO
Y NO PEDISTE MEDIO,
DÉJAME AHORA
REPETIRTE QUE TE QUIERO

No quiero que te angusties todo el tiempo
Por si es que la pensión te va alcanzar
Tu sabes que mientras siga viviendo
Yo seré tu seguridad social.
Y no quiero escuchar esos lamentos
Que un viejo solo sirve pa´ estorbar
Yo te vere jugar junto a tus nietos
Y en casa siempre tendras tu lugar

MADRE,
TU ME ENTREGASTE
MAS DE LO QUE YO MEREZCO
DEJAME AHORA
COMPARTIRTE MIS ANHELOS,
MADRE,
TU ME ENTREGASTE TODO
Y NO PEDISTE MEDIO,
DÉJAME AHORA
REPETIRTE QUE TE QUIERO

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Caso Cósar Camacho Perros Guía

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STC 02437-2013-PA/TC

http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2014/02437-2013-AA.pdf

Nota de Prensa Nº 044-2014-OII/TC

TC ORDENA A PLAZA VEA QUE PERMITA A PERSONAS CON DISCAPACIDAD VISUAL ACCEDER A SUS SUPERMERCADOS ASISTIDOS POR PERROS GUÍA

El Tribunal Constitucional (TC) declaró fundado el amparo interpuesto por Jane Cosar Camacho y otros en contra de Supermercados Peruanos S.A. Plaza Vea, ordenándole que permita a los demandantes –que tienen discapacidad visual– acceder a sus instalaciones asistidos por perros guía, y que garantice la permanencia de éstos de manera ilimitada, constante y sin trabas (Exp. Nº 02437-2013-PA/TC).

La demanda se interpuso a raíz de que Plaza Vea prohibió el ingreso de todo tipo de animales a sus supermercados, en base al Reglamento Sanitario de Funcionamiento de Autoservicios de Alimentos y Bebidas, medida que estuvo acompañada por un sistema por el cual se cuidaba al perro guía mientras el cliente hacía sus compras asistido por personal de la empresa; lo que, en opinión de los demandantes, afecta sus derechos.

Los demandantes, al acudir al TC, incidieron en que los perros guía son para las personas ciegas, como la silla de ruedas para las personas con discapacidad física, o como el audífono para una persona con baja audición, más allá de su carácter de seres vivos.

Luego de advertir que las actividades en las que interactúa la persona han sido planeadas en función de las necesidades de quienes carecen de discapacidad, y de que por tanto el entorno ha sido hostil con las personas con discapacidad, el Colegiado consideró que deben adoptarse medidas para superar la situación de exclusión y marginación que en casos como el presente padecen las personas con discapacidad.

El TC juzgó que una persona con discapacidad visual puede acceder al entorno físico de la manera más autónoma y segura posible si está asistido por perros guía, cuyo riguroso entrenamiento y especiales características físicas determinan que “cuando la vida e integridad de su dueño está en peligro, los perros guías están adiestrados para desobedecerlo con la finalidad de salvaguardarlo”, y que “la relación de respeto y no agresión a los seres humanos o animales con los que interactúa en diversos entornos, se extiende también a su relación con los diferentes bienes (de consumo o no) con los que se encontrará a su paso”.

No se trata pues, en opinión del TC, de simples mascotas, sino de perros especiales acreditados como guías por una Federación Internacional tras 2 años de preparación, en promedio. En este caso obra certificación del Leader Dog for the blind, inc.

Tras resaltar el rol de los perros guía que coadyuvan decisivamente a lograr la realización personal de las personas con discapacidad visual, el Colegiado concluye que la prohibición dispuesta por la emplazada afecta el derecho a la igualdad y no discriminación, que exige trato igual a lo que es igual y desigual a lo que no lo es. Este caso exigía un trato diferenciado y la emplazada no lo ha otorgado, lo que es inconstitucional.

Respecto a las contingencias sanitarias alegadas por la emplazada en el sentido de que el ingreso de perros guía a los supermercados podría afectar el derecho a la salud de los consumidores, el TC consideró que la prohibición a su ingreso no reviste la suficiente eficacia como para lograr esa finalidad, pues ésta solo se lograría en forma absoluta con medidas tan irrazonables como obligar a los propios consumidores a que no tengan mascotas o a que cuando menos tengan un vestuario que no haya tenido contacto con animales, a fin de evitar que un pelo o bacteria animal termine reposando en algún producto que allí se expenda.

Lima, 7 de mayo de 2014

Invidentes pueden ingresar con perros-guía a los supermercados
http://laley.pe/not/1307/invidentes_pueden_ingresar_con_perros_guia_a_los_supermercados/

Ingreso y permanencia de perro guía en establecimientos comerciales es exigible como parte del derecho a la igualdad y no discriminación de personas con discapacidad visual

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CNM publica reglas a ser tomadas en cuenta en la selección y nombramiento y evalución y ratificación de magistrados

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COMUNICADO

El Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, en sesión del 24 de abril de 2014, ha aprobado las siguientes reglas que se aplicarán en los procesos de selección y nombramiento y de evaluación y ratificación:

Reglas a ser tomadas en cuenta en los procesos de selección y nombramiento y de evaluación integral y ratificación sobre la exclusividad de la función  jurisdiccional y fiscal

1. El artículo 158º de la Constitución establece que los miembros del Ministerio Público tienen los mismos derechos y prerrogativas y están sujetos a las mismas obligaciones que los del Poder Judicial en la categoría respectiva. Les afectan las mismas incompatibilidades.

2. Es deber de los jueces, dedicarse exclusivamente a la función jurisdiccional, conforme lo establece el artículo 34º.13 de la Ley de la Carrera Judicial.

3. Según el artículo 20º inciso a) de la Ley Orgánica del Ministerio Público los fiscales no pueden desempeñar cargos distintos al de su función, que no sean los señalados expresamente por la ley.

4. La Ley Orgánica del Poder Judicial se encarga de señalar las excepciones a la dedicación exclusiva a la función jurisdiccional:

a) El ejercicio del cargo de Presidente del Poder Judicial elegido por la Sala Plena de la Corte Suprema (art. 74º).

b) Miembro del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, elegido conforme a ley (art. 81º).

c) El Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura (art. 103º).

d) El Presidente del Jurado Nacional de Elecciones, elegido por la Sala Plena de la Corte Suprema.

e) Presidente de Corte Superior de Justicia, elegido por la Sala Plena de la Corte respectiva (art. 88º).

f) Integrante de la OCMA, Jefe o integrante de una ODECMA, en este último caso cuando es a dedicación exclusiva (ROF de la Oficina de Control de la Magistratura).

5. En su caso, la Ley Orgánica del Ministerio Público, el ROF del Ministerio Público y el ROF de la Fiscalía Suprema de Control Interno, establecen como supuestos de ejercicio del cargo distinto a la exclusividad de la función fiscal:

a. El ejercicio del cargo de Fiscal de la Nación.

b. El ejercicio del cargo de Jefe de la Fiscalía Suprema de Control Interno del Ministerio Público.

c. El ejercicio del cargo de Presidente de la Junta de Fiscales Superiores, elegido por los integrantes de las respectivas juntas.

d. El ejercicio del cargo como integrante de la Fiscalía Suprema de Control Interno, el Jefe o los integrantes a dedicación exclusiva de las Oficinas Desconcentradas de Control Interno.

6. Los Coordinadores de Despachos Judiciales u órganos judiciales bajo el modelo corporativo de cualquier nivel o grado no pueden dedicarse exclusivamente a funciones administrativas, deben necesariamente ejercer función jurisdiccional, pudiendo el órgano de gobierno respectivo asignarles carga procesal parcial o proporcional a las funciones de coordinación que desempeña, de preferencia conocer los casos de mayor complejidad o emblemáticos.

7. Los Coordinadores de Despachos Fiscales u órganos fiscales bajo el modelo corporativo o que agrupen un conjunto de fiscalías o despachos, de cualquier nivel o grado, no pueden dedicarse exclusivamente a funciones administrativas, deben necesariamente ejercer función fiscal, pudiendo el órgano de gobierno respectivo asignarles carga procesal parcial o proporcional a las funciones de coordinación que desempeña, de preferencia conocer los casos de mayor complejidad o emblemáticos.

8. No se tomaran en cuenta documentos para evaluar como desempeño profesional, en los procesos de selección y ratificación que desarrolla el Consejo Nacional de la Magistratura, aquellos que no correspondan al ejercicio de la función jurisdiccional o fiscal. Esta regla opera para los documentos que se emitan a partir de la fecha.

9. En el caso de los jueces y fiscales dedicados exclusivamente a la función contralora, se evaluarán además de las resoluciones y disposiciones, los informes sobre casos disciplinarios y actas de visitas ordinarias o extraordinarias en las que intervengan.

10. Los integrantes del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, los presidentes de Corte Superior y presidentes de Juntas de Fiscales Superiores pueden presentar resoluciones e informes en los que intervengan como el funcionario que las emite o en caso de decisión colegiada, cuando actúan como ponentes.

11. Los jueces y fiscales no pueden asumir cargos distintos a la función jurisdiccional o fiscal que impliquen un cambio de su régimen laboral o de su remuneración prevista en la Ley para los magistrados de su categoría, bajo responsabilidad funcional del designado y del que lo designa.

12. Los jueces y fiscales no pueden solicitar licencias sin goce de haber para asumir cargos distintos a los previstos en la ley como ejercicio de la función jurisdiccional o fiscal o para dedicarse al ejercicio privado de la profesión, pues ello importaría una violación encubierta a la exclusividad de la función jurisdiccional o fiscal.

 

Lima, 28 de abril de 2014

 

MARIO ÁLVAREZ QUISPE
SECRETARIO GENERAL
CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA

En http://www.cnm.gob.pe/webcnm/index.php?option=com_content&view=article&id=3184:comunicado-cnm-publica-reglas-a-ser-tomadas-en-cuenta-en-la-seleccion-y-nombramiento-y-evalucion-y-ratificacion-de-magistrados&catid=19:Informaci%C3%B3n%20Institucional&Itemid=181

RESOLUCION N° 094-2014-CNM

Aprueban “Reglas a ser tomadas en cuenta en los procesos de selección y nombramiento y de evaluación integral y ratificación sobre la exclusividad de la función jurisdiccional y fiscal”

RESOLUCION N° 101-2014-CNM

Amplían excepciones a la dedicación exclusiva a la función jurisdiccional y fiscal señaladas en los numerales 4 y 5 de las “Reglas a ser tomadas en cuenta en los procesos de selección y nombramiento y de evaluación integral y ratificación sobre la exclusividad de la función jurisdiccional y fiscal”

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