Month: abril 2011

Juanito Alimaña

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Héctor Lavoe

La calle es una selva de cemento
y de fieras salvajes cómo no
ya no hay quien salga loco de contento
donde quiera te espera te espera lo peor
donde te quiera tes espera lo peor

Juanito Alimaña con mucha maña
llega al mostrador
saca su cuchillo sin preocupación
dice que le entreguen la registradora
saca las billetes saca un pistolón, pum..

Sale como el viento
en su disparada
y aunque ya lo vieron
nadie ha visto nada
Juanito Alimaña va’la fechoría
se toma su caña
fabrica su orgía.

La gente le teme
por que es de cuidado
pa’ meterle mano
hay que ser un bravo
si lo meten preso
sale al otro día
porque un primo suyo
tá en la policía.

Juanito Alimaña
si tiene maña es malicia viva
y siempre se alinea
con el que está arriba
y aunque a medio mundo
le robó su plata
todos lo comentan
nadie lo delata
y aunque a medio mundo
le llevó la plata
todos lo comentan
nadie lo delata…

a la la ley ley ley ley

CORO:

En su mundo
mujeres, fumada, y cana
atracando vive Juanito Alimaña

cuando el era muchachito
las cositas te pedia
y si tu no se la daba la mangaba
como quiera la cogia

CORO

ese…ese tumbao lo quiere
si lo ve malcuesto,
anda cuida tu cartera,
ese si que sabe eso

CORO

si , el otro dia le encontre
y guillermo el me decia
tumba kilo que tu quieras
por mi primo es policia

oye….con **** que ya ve el diablo
se tira su disparada
y aunque la gente lo vieron
no lo ratean porque nadie ha visto nada

CORO

el rey de la fechoría
ayer me dijo facundo
todo el mundo lo conoce
oye ven al bajo mundo

CORO

mira mira le da mano
and ella no tiene un callito
ese nunca ha trabajao
y siempre anda bien bonito

CORO

Raulito Alimaña

PJ es una selva de cemento
y de fieras salvajes cómo no
ya no hay quien salga loco de contento
donde quiera te espera lo peor
donde te quiera te espera lo peor

Raulito Alimaña con mucha maña
llega a su carro
toca su revólver sin preocupación
viendo que se acerca ese reportero,
sin dudarlo mucho saca un pistolón, pum…

Todo fue cual viento
en su disparada
y aunque ya lo vieron
nadie ha visto nada
Raulito Alimaña va’la tombería
al mayor lo “engaña”
en la comisaría.

La gente le teme
porque es de cuidado
pa’ meterle mano
hay que ser un bravo
si acaso lo quejan
la libra en el día
porque un primo suyo
tá en la Odecma.

Raulito Alimaña
si tiene maña es malicia viva
y siempre se alinea
con el Presidente
y aunque a medio mundo
le metió la pata
todos lo comentan
nadie lo delata
y aunque a medio mundo
le metió la pata
todos lo comentan
nadie lo delata…

a la la ley ley ley ley

CORO:
En su mundo
mujeres, fumada, y cana
asaltando vive Raulito Alimaña

cuando el era muchachito
las cositas te pedía
y si tu no se la dabas te pegaba
como quiera la cogía

CORO
ese…ese tumbao lo quiere
si lo ve mal puesto,
anda cuida tu expediente,
ese si que sabe eso

CORO
si , el otro dia le encontre
y Guillermo el me decía
tumba kilo que tu quieras
por mi primo ta en la Odecma

oye….con que ya ve el diablo
se tira su disparada
y aunque las gentes lo vieron
no lo datean porque nadie ha visto nada

CORO
el rey de la fechoría
ayer me dijo Facundo
todo el mundo lo conoce
oye ven al bajo mundo

CORO
mira mira le da mano
and ella no tiene un callito
ese nunca ha trabajao
y siempre anda bien bonito

CORO
En su mundo
mujeres, fumada, y caña
asaltando vive Raulito Alimaña

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Radio Urbano de la Corte Suprema

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Se ha delimitado y aprobado el radio urbano de la Corte Suprema de Justicia de la República, donde deberá señalarse el domicilio procesal para efectos de las notificaciones.

Las partes procesales y/o sus abogados deben señalar expresa y obligatoriamente en el primer escrito que presenten ante la Corte Suprema de Justicia su domicilio procesal dentro de este radio urbano.

Así se ha dispuesto mediante Resolución Nº 101-2011-P-CE-PJ, publicada el sábado 31 de diciembre del 2011.

Pues bien, el mencionado radio urbano comprende los límites geográficos desde el Puente Santa Rosa, pasando por las avenidas Tacna, Inca Garcilazo de la Vega, Arequipa, Santa Cruz, Comandante Espinar, Angamos, Paseo de la República, Grau, Abancay, Nicolás de Piérola, los Jirones Andahuaylas, Ancash, continúa por la Avenida Abancay hasta llegar al margen del río Rímac y, finalmente, hasta su intersección con el Puente Santa Rosa.
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El trabajador CAS y la dignidad laboral

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Omar Toledo Toribio (*)

Este último 28 de diciembre, el Consejo de Ministros aprobó un proyecto de ley para eliminar el régimen laboral del Contrato Administrativo de Servicios (CAS), con el objeto de que dichos trabajadores gocen de los mismos derechos laborales de quienes se encuentran bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo 276, entre los que están, según declaraciones del ministro de Economía “vacaciones, completas, aguinaldo de julio y diciembre, seguro de salud completo, derecho a una indemnización en caso de despido arbitrario, entre otros” (sic.). Asimismo, se ha señalado que el proceso para eliminar dicho régimen se iniciará el 2012 y concluirá el 2013.

Respecto a la iniciativa legal de que los trabajadores del CAS tengan los mismos derechos que los trabajadores de los regímenes laborales ordinarios de trabajo, llámese el Decreto Legislativo 728 o el Decreto Legislativo 276, constituye un clamor expresado por distintos sectores de la ciudadanía pero especialmente por parte de la judicatura de trabajo ante la cual, como corresponde, se presentan reclamaciones por parte de trabajadores del Estado que no hacen sino exigir un trato igual y digno de cara al mandato contenido en el artículo 23 de la Constitución Política del Estado que establece que ninguna relación laboral puede limitar el ejercicio de derechos constitucionales, ni desconocer o rebajar la dignidad del trabajador.

Efectivamente, la Segunda Sala Laboral de la Corte Superior de Justicia de Lima, mediante sentencia de fecha 11 de junio de 2010, recaída en el Expediente N° 719-2010-BS, declaró inconstitucional el régimen del CAS. Se trató del caso de una trabajadora regida por el régimen laboral de la actividad privada, que en un primer periodo laboró bajo Contrato de Locación de Servicios. En virtud del Principio de Primacía de la Realidad los Jueces determinaron que se trataba de una relación laboral a plazo indeterminado.

La Sala Laboral, aplicando el Principio de Irrenunciabilidad de Derechos y el Principio de Igualdad ante la ley, también sometió el régimen especial de contratación CAS al Test de Igualdad, concluyendo que la norma no superaba el Examen de Necesidad pues los fines del mencionado régimen es que los servidores que inicien o mantengan una relación con el Estado, tengan acceso a la seguridad social y se les reconozca los derechos fundamentales contemplados en la Constitución; para lo cual se dota de una normativa apropiada a las formas contractuales que hasta la fecha no habían sido reguladas por norma alguna. Sin embargo, señaló el Tribunal que estos fines se lograrían perfectamente mediante el establecimiento de un régimen laboral ordenado de ingreso de los trabajadores al servicio del Estado y, eventualmente, mediante el reconocimiento progresivo de los derechos laborales reconocidos en la Constitución.

Como se podrá concluir, ha sido el Poder Judicial, mediante el pronunciamiento de sus tribunales laborales, el que ha puesto de manifiesto que la instauración del Régimen CAS afecta derechos constitucionales y que, dado el impacto fiscal que podría producir el reconocimiento de los derechos laborales de estos trabajadores, el camino a seguir consistiría en el otorgamiento progresivo de los mismos.

(*) Juez Integrante del Programa Social “Justicia en tu Comunidad” de la Corte de Lima (más…)