
A finales de la semana que pasó el caso Magaly Medina volvió a acaparar la atención de los medios de comunicación y de la opinión pública en general, a partir de las declaraciones del presidente Alan García a favor de la posible concesión del indulto a la polémica periodista, tras casi dos meses de internamiento en el Penal Santa Mónica.
"Magaly tiene algunos detractores pero veo que hay mucha presión social, creo que ya es suficiente los dos meses de reclusión, vamos a analizarlo con la ministra de Justicia", fueron las palabras que el Presidente Alan García dirigió a los manifestantes que, en el marco de la inauguración del nuevo penal de mujeres "Tarapacá", se apostaron a las afueras del recinto para expresar su apoyo a la citada periodista.
La ministra de Justicia, Rosario Fernández, sostuvo por su parte que los perdones de este tipo se dan a quienes ya tienen penas efectivas: "En el caso de Magaly Medina, la señora esta con una sentencia apelada por ella misma, de tal manera que no teniendo una condena efectiva, no le sería posible en este momento, aplicarle una gracia presidencial". Sin embargo, reconociendo que el presidente siempre tiene la facultad y la atribución constitucional de decidir el perdón o la gracia que concede a un ciudadano, independientemente de la situación particular de este, la Ministra dejó abierta esta posibilidad, en el caso de que la citada periodista presente una solicitud a la Comisión de Indultos, lo que por cierto entusiasmó a su poco acertado defensor.
Independientemente de las facultades constitucionales que correspondan al Presidente de la República para el otorgamiento de dicha gracia y de la situación legal de la periodista, cuya determinación definitiva aún se encuentra en manos del Poder Judicial, nos llama la atención (o debemos decir que ya no nos sorprende) la facilidad con la que el Presidente de la República, con fines enteramente populistas, personaliza el ejercicio del poder y olvida que uno de los principios básicos de todo Estado Democrático y Social de Derecho es la Separación de Poderes, el mismo que garantiza con arreglo al principio de corrección funcional,que los poderes constituidos ejerzan sus competencias sin interferir con las competencias de otros.
Como hemos indicado, el caso aún se encuentra en proceso ante el Poder Judical y corresponde a éste resolverlo de acuerdo a Derecho y no en atención a la presión de la opinión pública (esto con independencia de las simpatías o antipatías que pueda despertar la referida periodista).En efecto, para el 18 de diciembre se ha programado la vista de la causa de la apelación presentada por la defensa de Magaly Medina, y de ésta dependerá si se confirma o no la sentencia.
Aquí les dejo algunas notas relacionadas al tema:
* Magaly no quiere el indulto, adelantó su abogado
* El titular de Corte Superior aclara al presidente García indulto a Magaly Medina
"Magaly tiene algunos detractores pero veo que hay mucha presión social, creo que ya es suficiente los dos meses de reclusión, vamos a analizarlo con la ministra de Justicia", fueron las palabras que el Presidente Alan García dirigió a los manifestantes que, en el marco de la inauguración del nuevo penal de mujeres "Tarapacá", se apostaron a las afueras del recinto para expresar su apoyo a la citada periodista.
La ministra de Justicia, Rosario Fernández, sostuvo por su parte que los perdones de este tipo se dan a quienes ya tienen penas efectivas: "En el caso de Magaly Medina, la señora esta con una sentencia apelada por ella misma, de tal manera que no teniendo una condena efectiva, no le sería posible en este momento, aplicarle una gracia presidencial". Sin embargo, reconociendo que el presidente siempre tiene la facultad y la atribución constitucional de decidir el perdón o la gracia que concede a un ciudadano, independientemente de la situación particular de este, la Ministra dejó abierta esta posibilidad, en el caso de que la citada periodista presente una solicitud a la Comisión de Indultos, lo que por cierto entusiasmó a su poco acertado defensor.
Independientemente de las facultades constitucionales que correspondan al Presidente de la República para el otorgamiento de dicha gracia y de la situación legal de la periodista, cuya determinación definitiva aún se encuentra en manos del Poder Judicial, nos llama la atención (o debemos decir que ya no nos sorprende) la facilidad con la que el Presidente de la República, con fines enteramente populistas, personaliza el ejercicio del poder y olvida que uno de los principios básicos de todo Estado Democrático y Social de Derecho es la Separación de Poderes, el mismo que garantiza con arreglo al principio de corrección funcional,que los poderes constituidos ejerzan sus competencias sin interferir con las competencias de otros.
Como hemos indicado, el caso aún se encuentra en proceso ante el Poder Judical y corresponde a éste resolverlo de acuerdo a Derecho y no en atención a la presión de la opinión pública (esto con independencia de las simpatías o antipatías que pueda despertar la referida periodista).En efecto, para el 18 de diciembre se ha programado la vista de la causa de la apelación presentada por la defensa de Magaly Medina, y de ésta dependerá si se confirma o no la sentencia.
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* Magaly no quiere el indulto, adelantó su abogado
* El titular de Corte Superior aclara al presidente García indulto a Magaly Medina
Nota:
Foto de Magaly correpospondiente a MAGALYTEVE
Disponible en: http://www.magalyteve.com/bios.php






