
No podíamos dejar pasar la oportunidad de celebrar junto con todos los peruanos la sentencia histórica que dió fin el pasado martes 07 de abril, al llamado juicio del siglo en el Perú. Alberto Fujimori, presidente entre los años 1990 y 2000, fue sentenciado, por la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia, a 25 años de prisión en su condición de autor mediato de los delitos de homicidio calificado – asesinato bajo la circunstancia agravante de alevosía en agravio de las víctimas mortales de los casos Barrios Altos y La Cantuta, y lesiones graves en agravio de cuatro víctimas de Barrios Altos. Asimismo, el Tribunal halló culpable al ex mandatario por secuestro agravado, bajo la circunstancia agravante de trato cruel, en agravio del periodista Gustavo Gorriti y el empresario Samuel Dyer Ampudia.
Ciertamente, la sentencia aún no es firme- el acusado ha presentado un recurso de nulidad que deberá ser revisado por la Corte Suprema-; sin embargo, y como resaltamos inicialmente, es histórico y ejemplar, tanto por el valor jurídico que entraña en sí misma y que puede desprenderse de los fundamentos de hecho y derecho plasmados en sus 708 páginas , que prueban la comisión de dichos delitos, como por el valor ético que aporta a nuestra historia, al ser la primera vez que un presidente elegido democráticamente ha sido extraditado, procesado y condenado con la pena máxima posible, por la justicia de su país, por delitos que constituyen crímenes contra la humanidad.
Hace unos años, estando Fujimori asilado en el Japón, la justicia parecía inalcanzable y la impunidad el fin de esta historia; sin embargo hoy, hemos volteado la página y nuestro mensaje para los pasados y futuros gobernantes es que no toleraremos más los crímenes de Estado y menos aún la impunidad de los mismos.
A continuación algunos argumentos de la sentencia, esbozados concisa y claramente por Carlos Rivera Paz y Antonio Salazar García del Instituto de Defensa Legal (IDL), que como bien enfatizan, no deberían sino determinar que en los siguientes meses se emita una sentencia confirmatoria como efectivamente corresponde.
Ciertamente, la sentencia aún no es firme- el acusado ha presentado un recurso de nulidad que deberá ser revisado por la Corte Suprema-; sin embargo, y como resaltamos inicialmente, es histórico y ejemplar, tanto por el valor jurídico que entraña en sí misma y que puede desprenderse de los fundamentos de hecho y derecho plasmados en sus 708 páginas , que prueban la comisión de dichos delitos, como por el valor ético que aporta a nuestra historia, al ser la primera vez que un presidente elegido democráticamente ha sido extraditado, procesado y condenado con la pena máxima posible, por la justicia de su país, por delitos que constituyen crímenes contra la humanidad.
Hace unos años, estando Fujimori asilado en el Japón, la justicia parecía inalcanzable y la impunidad el fin de esta historia; sin embargo hoy, hemos volteado la página y nuestro mensaje para los pasados y futuros gobernantes es que no toleraremos más los crímenes de Estado y menos aún la impunidad de los mismos.
A continuación algunos argumentos de la sentencia, esbozados concisa y claramente por Carlos Rivera Paz y Antonio Salazar García del Instituto de Defensa Legal (IDL), que como bien enfatizan, no deberían sino determinar que en los siguientes meses se emita una sentencia confirmatoria como efectivamente corresponde.







