Día Internacional de las Naciones Unidas en Apoyo de las Víctimas de la Tortura

En el marco de esta fecha conmemorativa, comparto algunas reflexiones y referencias documentales relacionadas al apoyo de las víctimas de la tortura.

Existen diversas conductas que desde el ámbito jurídico y social, en una sociedad con un mínimo de conciencia, se identifican como reprochables y meritorias de toda condena. Dentro de estas encontramos a la “tortura”, acto por el cual se inflige sobre una persona dolores o sufrimientos intencionales de gravedad, que pueden presentarse en forma de menoscabo físico, psíquico y/o sexual, y que son ejercidos con una finalidad, vinculada a la condición de la persona agraviada o a alguien de su entorno, pudiendo desarrollarse principalmente por un servidor o funcionario público, pero también vinculada a particulares cuando se identifique que su actuar u omisión provoca los actos descritos.

Los actos señalados como tortura no sólo vulneran la integridad y salud física, psíquica y sexual de la víctima, sino que dañan su dignidad, su proyecto de vida personal y/o familiar, su bienestar y también producen secuelas en sus familiares, así como temor en otras potenciales víctimas.

La problemática identificada requiere de un apoyo tridimensional para las víctimas, sus familiares y para el resto de la sociedad. En cuanto a las víctimas se hace de necesidad que se les garantice acceder a mecanismos de justicia imparciales y oportunos, con un debido proceso, asimismo ellas y sus familiares tienen el derecho a acceder a una reparación e indemnización justa y adecuada, y a mecanismos idóneos para su rehabilitación. Finalmente, al resto de la sociedad, sobretodo a aquellos grupos con mayor vulnerabilidad frente a posibles actos de tortura, se les debe priorizar a fin que las acciones preventivas que se impartan desde el Estado, en el marco de sus compromisos asumidos, aporten en la reducción de dichas conductas.

 

  • Artículos 1° y 14° de la Convención Contra la Tortura de Naciones Unidas: Tipificación de la Tortura y sustento del derecho a acceder a una reparación e indemnización justa y adecuada.
  • Artículos 2° y 3° de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura: Tipificación Americana de la Tortura.
  • Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las Acciones y Políticas del Estado en los ámbitos de la Paz, la Reparación Colectiva y la Reconciliación Nacional – CMAN, para la paz nacional, reconciliación y reparación: https://cman.minjus.gob.pe/funciones/
  • Defensa Pública de Víctimas de Tortura en la Dirección de Asistencia Legal y Defensa de Víctimas del Ministerio de Justicia: https://www.minjus.gob.pe/defensapublica/interna.php?comando=1032
  • Acciones preventivas desde el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura de la Defensoría del Pueblo: http://www.defensoria.gob.pe/mecanismo-nacional-de-prevencion-de-la-tortura-y-otros-tratos-o-penas-crueles-inhumanos-o-degradantes/

 

Puntuación: 5 / Votos: 7

Acerca del autor

Ester Ady Crispín Hinojosa

Abogada. Máster en Derechos Humanos, Estado de Derecho y Democracia en Iberamérica por la Universidad de Alcalá (2018). Con estudios de Maestría en Derecho Constitucional (2013-2014) y especialización en Derechos Fundamentales por la Pontificia Universidad Católica del Perú (2012). Comisionada en la Defensoría del Pueblo, desde el año 2012 hasta la actualidad, con experiencia complementaria como consultora para la Unión Europea, orientada principalmente a la protección de los derechos a la dignidad humana, integridad y salud de las personas y al fortalecimiento del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura en el Perú.

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