HISTORIA DE LAS CONTRIBUCIONES EN MÉXICO

• MÉXICO PREHISPÁNICO
Los tributos que se pagaban en México prehispánico eran de dos tipos: los que pagaban
los pueblos sometidos y los que debían pagar los habitantes mexicanos o mexicas.
Al consolidarse México Tenochtitlan surge el periodo de expansión y dominio militar de los aztecas. A los pueblos que sometían, les imponían cargas tributarias en productos que debían entregar; mantas de algodón, plumas de aves, telas de varias fibras, cigarros, bolas de caucho para el juego de pelota y también metales preciosos, águilas, serpientes e incluso mancebos a los cuales se les arrancaba el corazón para ofrecerlo a sus dioses.
Durante este periodo, los tributos cobrados a los pueblos sometidos no eran utilizados para beneficio de las comunidades que los aportaban; en realidad se destinaban para las necesidades de los gobernantes y del pueblo dominante.
La sociedad azteca se encontraba profundamente estratificada: cada clase social tenía reglamentado el uso de las diversas calidades, colores y decorados de las prendas de su indumentaria. Sin embargo, “ser mexica” obligaba al soberano a una redistribución de los bienes en beneficio de los habitantes del Imperio, lo que se traducía en una importante obra pública que facilitaba el tránsito, el comercio y las artes.
Los primeros recaudadores
El cobro de tributos era tan importante para los aztecas que se organizaron para facilitar su recaudación y nombraron a los “calpixquis” primeros recaudadores. Esos personajes eran identificados por el pueblo porque llevaban una vara en una mano y un abanico en la otra. La recaudación requería que estos funcionarios realizaran un registro pormenorizado de los pueblos y ciudades tributarios, así como de la numeración y valuación de las riquezas recibidas.
Los registros de tributos se llamaban “tequiámatl” o matrícula de tributos; fueron un género de códices relacionados con la administración pública del Imperio Mexica.
Tributos aztecas
Había varios tipos de tributos que se daban según la ocasión: de guerra y religiosos, entre otros. Los tributos a que estaban obligados los pueblos sometidos a los aztecas eran de dos tipos: en especie o mercancías que variaban según la provincia, población, riqueza o
2industria; o en servicios especiales que estaban obligados a prestar los habitantes de los pueblos sometidos.

• LA COLONIA PERIODO VIRREINAL.
Las expediciones, que en muchas ocasiones fueron la búsqueda de aventuras y negocios, eran financiadas en gran medida por los capitanes. A cada uno de ellos se les asignó un grupo de soldados para “rescatar” las tierras en nombre del rey de España y cobrar su inversión. De las tierras, el oro y las especies que “rescataran” correspondía la quinta parte a la monarquía española. A esto se le llamó “el Quinto Real”.
Cortés, en sus Cartas de Relación describe sus hazañas y el gran número de pueblos que tributaban al emperador Moctezuma. Esto lo descubre en el libro de tributos de los aztecas, en el que obtuvo información para localizar y explotar los yacimientos de minerales. El oro y la plata le interesaban, pero también pensaba en el cobre como material necesario para preparar el bronce de sus cañones.
Estas Cartas de Relación son el primer documento fiscal en la historia de la Real Hacienda de la Nueva España.
Cortés cambió el pago de tributos del pueblo azteca de flores y animales, por alimentos, piedras y joyas. Después de la caída de México, se creó la Real Hacienda que se dedicó al cobro de impuestos. Estaba constituida por un tesorero, un contador que llevaba el registro de las contribuciones en libros, un factor que cobraba los impuestos, un veedor que veía o inspeccionaba, y oficiales de la Real Hacienda que eran una especie de judiciales fiscales.
El tesorero recibía las barras de oro, o plata o monedas y las guardaba en la Caja Real. Ésta se abría con tres llaves, que por seguridad estaban en manos de tres personas distintas: el tesorero, el contador y el gobernador. A su cargo estaba resguardar el Quinto Real.
El diezmo y la primicia eran otros impuestos solicitados por el clero a las provincias. Gracias a ellos la Iglesia acumuló grandes riquezas, con las que atendió obras de construcción, beneficencia, educación y arte. Para llevar a cabo estos trabajos contaba con haciendas, conventos, casas, templos, escuelas, hospitales, asilos y orfanatorios. Un ejemplo de la forma en que cobraban la primicia y el diezmo es el siguiente: si una vaca daba a luz, su primer crío pasaba al clero; del segundo, el dueño sólo aportaba el 10%.
Establecida la Colonia, los indígenas pagaban impuestos con trabajo en minas, haciendas y granjas. En 1573 se implantó la alcabala (tributo que se pagaba sobre el precio de una compra-venta) y después el peaje (derecho de paso). La principal fuente de riqueza para el conquistador fueron las minas y sus productos, por lo que fue este el ramo que más se atendió y para el que se creó un sistema jurídico fiscal con el objeto de obtener el máximo aprovechamiento de su riqueza para el Estado.
Las Leyes Indias hacen referencia a la administración de los bienes de la comunidad de los pueblos indígenas en América. En primer término establece las Cajas de Comunidad que estaban al cuidado de los oficiales reales, de los corregidores y caciques. Los fondos de estas Cajas se formaban con bienes comunales y aportaciones personales de los indígenas, y sólo podían ser utilizados en el auxilio de los indios necesitados y para ayudar a pagar la plata de los tributos preestablecidos. En realidad, cuando en 1704 por órdenes del rey se hacen averiguaciones sobre las Cajas de Comunidad, se encuentran con que los bienes eran mínimos y que por la suma pobreza de los tributarios, apenas podían costearse los tributos no pagados, las fiestas de obligación de los pueblos y demás gastos derivados de los cultos.
• MEXICO INDEPENDIENTE
Las ideas de libertad en Europa influyeron en el Reino de la Nueva España para preparar una revolución que terminaría con el régimen colonial.
En 1810, la Orden Real de la Nueva España dictó que los indios quedaban eximidos del pago de contribuciones.
Entre las proclamas de los insurgentes se observan las siguientes:
␣ Que todos los dueños de esclavos deberán darles libertad dentro del término de diez días, bajo pena de muerte si no se cumpliera.
␣ Que cese la contribución de tributos respecto a las castas que lo pagan y toda exacción que a los indios se les exija.
Que en todos los negocios judiciales, documentos, escrituras y actuaciones, se haga uso de papel común para dejar de pagar impuestos por el papel sellado.
En 1812 se organiza la Hacienda Pública, que indicó que en cada provincia debería existir una tesorería que recaudara los caudales o recursos del erario público.
En 1814, con Fernando VII, se complementó el sistema fiscal para las provincias, estructurándose la Hacienda. Se encargó a cada ayuntamiento la administración para distribución de las recaudaciones, convirtiéndose las diputaciones locales en autoridad suprema.
Al consumarse la Independencia en 1821, México tuvo que enfrentarse al doble problema de reparar los daños causados por la guerra y establecer las bases sobre las que debía operar el nuevo gobierno.
En 1821 se suprimen por decreto los siguientes impuestos: 1% de diezmo y real señoraje.
El derecho o tributo de 8 maravedíes (moneda española) por marco de plata, pago que se hacía por el proceso de afinación de las pastas de oro y plata. ␣ Se suprimen todos los derechos que gravaban las pastas (proceso de aleación) de oro y plata, así como a la moneda, y que les habían sido asignados durante la guerra de Independencia.
En 1822 se aplicaron nuevas disposiciones Hacendarias para tratar de arreglar la situación económica. Se modificaron los derechos sobre el vino y el aguardiente, aumentándose la tasa para los extranjeros. El Congreso otorgó la primera exención de impuestos en un caso particular: se permitió la introducción de cinco imprentas sin impuestos y derechos.
En 1824, cuando era presidente el General Guadalupe Victoria, se creó la Contaduría Mayor de Hacienda, integrada por Hacienda y por Crédito Público. La sección de Crédito Público debía comprobar el estado de la deuda nacional, las sumas autorizadas y los intereses cubiertos.
Se fundan también los principios jurídicos sobre los que se basó la Hacienda Pública. Éstos quedaron establecidos en el Acta Constitutiva. Asimismo, se sancionó el principio de que no podrá hacerse ningún pago o erogación que no esté comprendida en los presupuestos, excepto en el caso de que sea aprobado por el Congreso.
Fuente: 1 TOMADO DE “HISTORIA DE LAS CONTRIBUCIONES EN MÉXICO”, Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Servicio de Administración Tributaria de México

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