Jorge W. Peyrano
I.- Introducción
En algunas oportunidades, la adecuada ubicación teórica de ciertas cuestiones permite un mejor y mas afiatado funcionamiento de la maquinaria procesal. Fieles a nuestro ideario acerca de que las urgencias de la hora determinan que deba privilegiarse el estudio de los problemas operativos del Servicio de Justicia (1) y no tanto las disquisiciones academicistas, nos permitimos aquí una justificada licencia respecto de tal línea pragmática para dar cabida al tratamiento de la denominada “resolución inhibitoria”. Y si así procedemos, es porque estamos persuadidos de que la difusión de que sus alcances y características contribuirá a dar adecuada solución a interrogantes espinosos y propensos a generar decisiones equivocadas. Leer más